La defensa de Cristina cuestionó la suspensión de la asignación vitalicia y la jueza ya corrió traslado a la ANSES

El abogado de la expresidenta acusó a la jueza federal Karina Alonso Candis de aplicar mal la Ley 24.018 y desconocer una sentencia firme. La magistrada, por su parte, dio traslado a la ANSES por cinco días y ordenó que, una vez contestado, el expediente sea elevado a la Cámara Federal de la Seguridad Social.

La defensa de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner busca revertir la suspensión de la asignación vitalicia por la Ley 24.018. Su abogado, Facundo Fernández Pastor, presentó el 20 de noviembre un memorial de agravios, es decir, el escrito de apelación en el que desarrolla por qué considera equivocada la resolución que rechazó la medida cautelar solicitada. El documento apunta directamente contra la jueza federal Karina Alonso Candis.

En su presentación, la defensa afirma que la magistrada aplicó de manera incorrecta la normativa, al confundir la asignación vitalicia con una “pensión” o una “jubilación”, figuras que —según sostiene— no aparecen en la Ley 24.018. También cuestiona que la magistrada haya basado su decisión en los argumentos de la ANSES sin analizar el contenido de la demanda y la acusa de desconocer la existencia de una sentencia firme que reconoció a la expresidenta como beneficiaria de la asignación vitalicia como cónyuge supérstite de Néstor Kirchner. Según el abogado, esa sentencia quedó consentida por la propia ANSES y, por lo tanto, tiene fuerza de cosa juzgada, lo que impediría modificarla mediante un acto administrativo.

El escrito también rebate el uso de artículos del Código Penal para justificar la suspensión del beneficio y sostiene que la Ley 24.018 sólo prevé como causal de pérdida el juicio político. En ese sentido, Fernández Pastor afirma que la negativa a la medida cautelar se dictó sin contemplar que existe verosimilitud del derecho por la sentencia previa y que la suspensión afecta un derecho alimentario, dado que las asignaciones vitalicias son incompatibles con jubilaciones o pensiones del régimen general y que la falta de pago deja a la exvicepresidenta sin otra vía previsional disponible.

Tras esa presentación del 20 de noviembre, este miércoles 3 de diciembre, la jueza Alonso Candis ordenó agregar el escrito de la defensa, dio traslado a la ANSES por cinco días y dispuso que, una vez contestado, el caso sea elevado al Superior, de acuerdo con lo previsto en el artículo 251 del Código Procesal Civil y Comercial. La prosecretaria administrativa Sofía Accattoli Vega dejó constancia de que la notificación se cumplió en la misma fecha.

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