Continúan los avances para la reforma del Código Penal

Mariano Borinsky, camarista de la Casación Federal y vicepresidente de la Comisión encargada de elaborar el anteproyecto de Reforma del Código Penal, encabezó la reunión en la que se finalizó el estudio de la actual parte especial de la norma. Se definieron los tipos penales de lavado de activos, corrupción entre privados, los delitos contra la administración pública asociación ilícita y organización criminal. 

comisión encargada de reformar el Código Penal, encabezada por Mariano BorinskyEn el encuentro se concluyó con el estudio del Segundo libro del actual Código y se amplió el sujeto activo del delito de enriquecimiento ilícito a todas las personas obligadas por ley a presentar declaraciones juradas patrimoniales, como por ejemplo a los titulares de las obras sociales.

Además se determinó que el plazo en que los funcionarios públicos pueden cometer el delito se extienda desde la fecha de la elección popular, o asunción de su cargo, hasta tres años después del cese.

El juez Mariano Borinsky destacó los avances en la materia ya que “son exigencias internacionales fundamentales para lograr la inserción Argentina en el mundo, que dan seguridad jurídica al hacer previsible al sistema”.

El camarista detalló: “Tratamos y consideramos delitos fundamentales contra la administración pública como los delitos de cohecho, de tráfico de influencias, el enriquecimiento ilícito, que en el nuevo texto incluye a todas las personas obligadas por la ley,  delitos que se agravan en virtud de determinadas condiciones de los funcionarios públicos”.

Debido a las pautas establecidas por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y otros organismos, se incluyó la tipificación del delito de lavado de activos con pena de tres a diez años de prisión y un agravante que elevará la pena de cuatro años y seis meses a trece años y cuatro meses para todos los responsables, cuando haya un funcionario público involucrado.

Los integrantes de la Comisión dedicaron especial atención a la creación de un tipo penal autónomo de crimen organizado adaptado al contexto del Código Penal argentino y diferenciado de la histórica figura de la asociación ilícita.

En el caso de la asociación ilícita se penaliza principalmente la pertenencia a un grupo delictivo, en tanto que en el crimen organizado la figura delictiva se enfoca en la estructura, la jerarquía y la capacidad operativa de la organización, así como en la gravedad de los delitos cometidos.

Para incorporar esta nueva figura se tuvieron en cuenta elementos extraídos de convenciones y prácticas Internacionales, la legislación comparada y principios del derecho penal argentino.

Desde el cuerpo explicaron que se considerará organización criminal cuando, por ejemplo, se hubiere ejercido efectivo control sobre sectores de la economía con el fin de monopolizar actividades comerciales, desplazar a la competencia, influir en decisiones económicas o políticas, o facilitar la integración de capitales ilícitos al sistema financiero; o se hubiere tenido control de un territorio, o desplazado a las autoridades; o cuando se involucre la movilización transfronteriza de personas o transferencia de dinero, cosas, bienes o cualquier otra clase de activos, sea en el país o en el exterior.

En el encuentro, los juristas también endurecieron las sanciones para los delitos de evasión y quebrantamiento de pena, con el fin de garantizar un mayor cumplimiento de las condenas y evitar que los sentenciados eludan sus responsabilidades penales.

Además de Borinsky, el cuerpo está integrado por el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona; el presidente de la Comisión, Jorge Buompadre; la jueza María Eugenia Capuchetti; los jueces Ricardo Ángel Basílico y Julio César Báez; los juristas Carlos Alberto Manfroni, Horacio Jaime Romero Villanueva, Fernando Oscar Soto, Valeria Onetto y Mercedes Rodríguez Goyena.

El juez Basílico remarcó: “Se han agravado las penas para los delitos contra la administración pública, con especial énfasis en los casos de corrupción, donde se ha establecido que los condenados no podrán acceder a los beneficios de la excarcelación, ni a la libertad anticipada, reforzando así el compromiso con la transparencia y la integridad en la función pública”.

Como conclusión, el juez Báez indicó que están arribando al tramo final: “Hoy se ha avanzado en temas importantes, continuaremos con el libro tercero y así tratar, con la mayor brevedad posible, de cumplir con el mandato ministerial y dar una respuesta efectiva, con un instrumento de política criminal idóneo para la sociedad actual”.