El Tribunal Oral Federal 4 dio a conocer los motivos por los cuales en agosto pasado condenó a Lázaro Báez y ordenó decomisar 15 millones de dólares por compraventa de un campo y un terreno baldío en Uruguay en 2011. Alusiones al GAFI, días antes de que Argentina evite quedar en su lista gris.
El 22 de octubre último, dos días antes de que Argentina lograra quedar fuera de la lista gris del GAFI en materia de prevención de lavado de activos, el Tribunal Oral Federal 4 de la ciudad de Buenos Aires reveló los fundamentos en base a los cuales condenó al detenido empresario Lázaro Báez por delitos en la compraventa de propiedades en Uruguay.
A lo largo de 696 carillas a las que tuvo acceso Quórum el Tribunal explicó por qué decomisó poco más de 15 millones de dólares producto de delitos que dio por probados en el veredicto leído en agosto pasado.
Decomiso
El decomiso de activos se remarca como uno de los puntos centrales a la hora de la lucha internacional contra el lavado, en base a estándares del GAFI, remarcaron los jueces.
“No debe soslayarse que, en líneas generales, el lavado de dinero es un delito organizado, transnacional y complejo; destacándose que dichos calificativos no son ajenos a la realidad de los hechos dilucidados en el presente proceso”, manifestaron.
Los magistrados Néstor Costabel, Jorge Gorini y María Gabriela López Iñiguez condenaron a Báez a cuatro años y seis meses de prisión y al pago de una multa de “tres veces” el monto de las operaciones juzgadas por lavado de activos en la compra del campo El Entrevero y de un terreno baldío en El Faro de José Ignacio -Maldonado- entre 2010 y 2011.
Pero también decomisaron poco más de 15 millones de dólares, algo que se concretará cuando el veredicto quede firme tras las instancias de apelación. Mientras tanto, dejaron en pie todos los embargos dispuestos en el caso que investigaron el juez federal Sebastián Casanello y el fiscal Guillermo Marijuán.
Recomendaciones del GAFI
Decomisos y recupero de bienes “forman parte de las recomendaciones esgrimidas por el G.A.F.I. –Grupo de Acción Financiera Internacional-, del cual nuestra Nación forma parte”, advirtió el Tribunal Oral.
Los jueces aludieron a 40 recomendaciones del GAFI que “aparecen como los estándares principales en la materia para prevenir y reprimir el delito de lavado de activos, con autoimposición de los Estados firmantes para investigar, analizar e intercambiar a nivel internacional las distintas tipologías”.
En Argentina, el artículo 305 del Código Penal es la norma aplicable al caso porque dispone “el decomiso de los bienes que sean instrumentos, producto, provecho o efectos relacionados con los delitos de lavado de activos, cuando se hubiere podido comprobar (razonablemente) la ilicitud de su origen o el hecho material al que estuvieren vinculados”
Los jueces tienen “obligación” de decomisar lo que ha servido para cometer el delito como así también las ganancias obtenidas de manera ilegal.
La condena
El Tribunal entendió probado que Báez y otros condenados en el juicio pusieron en circulación dinero de origen ilícito con la compra de inmuebles en Uruguay, desde fines de 2010.
“Resulta evidente y palmaria la responsabilidad principal de Báez, la cual se sustenta primordialmente a partir de las actividades ilícitas acreditadas como generadora de los fondos aplicados”, fundamentó el veredicto.
Para el Tribunal “no existe ni la menor duda” sobre que el dueño de “Austral Construcciones” y amigo del fallecido ex presidente Néstor Kirchner “es el principal responsable de la maniobra de lavado de activos ejecutada”
Báez aportó los fondos ilícitos y “designó a personas de su confianza para la ejecución de las gestiones tendientes a materializar las inversiones efectuadas” en Uruguay
En la compraventa del Entrevero “se canalizaron catorce millones de dólares espurios provistos por Lázaro Antonio Báez, quien permaneció oculto a través de las sociedades interpuestas Traline, Jumey y, detrás de ésta última, Helvetic Service Group”
En cuanto al baldío en el Faro de José Ignacio se compró de manera paralela al Entrevero con las mismas sociedades interpuestas el 4 de marzo de 2011 por 320.000 dólares.
Cómo sigue
Báez ya tiene condena firme a diez años de prisión en la llamada “ruta del dinero k” por otros hechos de lavado de activos.
También recibió seis años de cárcel en la conocida causa “Vialidad”, sobre la cual se sabrá el 13 de noviembre próximo si la Cámara Federal de Casación confirma o no esa decisión, en el caso en el cual es consorte de causa de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner, condenada a la misma pena.
En el caso del lavado de activos con compraventas en Uruguay el camino de las apelaciones acaba de iniciarse con la difusión de los fundamentos del veredicto y el próximo paso será la presentación de los escritos que llegarán a la Cámara Federal de Casación
Fundamentos completos del Tribunal Oral Federal 4