Criptoactivos y financiamiento empresarial: hacia una regulación inteligente  

Por Sebastián Heredia Querro*

El desarrollo del sector financiero determina, en gran medida, los costos de financiamiento externo de las empresas. En Argentina, el crédito al sector privado representa apenas el 5,5% del PBI -siete veces menor que el promedio regional del 39%-, lo que obliga a las pymes a recurrir casi exclusivamente a capital propio. 

Frente a este escenario restrictivo, las tecnologías disruptivas, como las bases de datos distribuidas (DLT), emergen como herramientas innovadoras para democratizar el acceso a recursos financieros.  

En primer lugar, la Web3 y los criptoactivos -representaciones digitales de activos respaldadas por criptografía- permiten fraccionar y transaccionar activos tradicionalmente ilíquidos, desde propiedades inmobiliarias hasta licencias de software. Estos ecosistemas digitales, caracterizados por su seguridad y bajos costos, reducen asimetrías de información, riesgos de contraparte y dependencia de intermediarios. 

Según el FMI, la tokenización de activos podría alcanzar US$16 billones para 2030 (10% del PBI global), siempre que se aborden ineficiencias estructurales en los mercados de capitales, como fricciones operativas y externalidades derivadas de estructuras centralizadas.  

Por consiguiente, el potencial de las DLTs no se limita a la mera optimización de procesos. Estas tecnologías permiten, por ejemplo, programar derechos que se modifican automáticamente al cumplirse condiciones preestablecidas -como la extinción de un contrato tras un pago-, introduciendo flexibilidad y transparencia sin precedentes. No obstante, su adopción masiva exige un marco regulatorio claro, globalmente coordinado y adaptable. 

Una regulación tardía, localista o reactiva -como el fallido caso de $LIBRA- generaría incertidumbre jurídica, obstaculizando tanto la innovación local como oportunidades estratégicas, tales como la tokenización de presupuestos públicos para mejorar trazabilidad y control.  

Asimismo, es crucial destacar que las normas deben alinearse con estándares internacionales -UE, BRICS- para evitar fragmentación. Una regulación inteligente, basada en principios técnicos y colaboración interjurisdiccional, brindaría seguridad jurídica, incentivando inversiones en startups locales y atrayendo proyectos extranjeros. Cabe señalar que, si bien las DLTs reducen costos de intermediación, no eliminan por completo la necesidad de actores tradicionales; más bien, redefinen su rol hacia funciones de mayor valor agregado, como la auditoría de contratos inteligentes.  

En este contexto, Argentina -reconocida como Potencia Fintech en América Latina- enfrenta el desafío de equilibrar innovación y estabilidad. Por un lado, la demora regulatoria podría marginar al país de una revolución que redefine la interacción económica global. 

Por otro, una normativa rígida o desactualizada podría replicar fallas de sistemas centralizados, como concentración de poder o falta de transparencia. La experiencia internacional evidencia que la regulación ágil y técnicamente fundamentada es clave para capitalizar oportunidades, desde financiamiento inclusivo hasta optimización de mercados secundarios.  

Finalmente, resulta imperativo fomentar un diálogo multisectorial entre gobiernos, empresas y academia. Sólo mediante una visión colaborativa se podrá diseñar un marco normativo que promueva la experimentación responsable, mitigue riesgos sistémicos y posicione a Argentina como referente en la adopción de tecnologías financieras disruptivas. En síntesis, el camino hacia una regulación inteligente no sólo resolverá problemas históricos de acceso al capital, sino que sentará las bases para una economía más dinámica, transparente y globalmente integrada.  

* Abogado egresado de la Universidad Católica de Córdoba. Obtuvo el título de Magíster en Derecho Empresario por la Universidad Austral. Obtuvo el certificado Program for Management Development en ESADE Business & Law School (España), donde obtuvo también los títulos de Especialista en Corporate Finance & Law, de Magister en Finanzas con orientación Fintech, y se egresó de la Escuela de Business Angels. Es egresado de la primera cohorte de la Blockchain Summer School en la Universidad de Utrecht, Holanda. Fue Director de la Sala de Derecho y Tecnología del Colegio de Abogados de Córdoba. Es emprendedor tecnológico, co-fundador y CO-CEO de Wootic, una compañía de servicios de ingeniería LegalFinTech y de desarrollo de software enfocada en DLTs & Machine Learning. Es Co-Coordinador del Grupo de Trabajo Legal (GTL) Argentina de LACChain, la red híbrida de blockchain de BIDLab. Es autor de +90 publicaciones sobre temas de su especialidad incluyendo el primer Manual open-source de Latinoamérica sobre Web3, DLTs y blockchains: Smart Contracts: Qué Son, Para Qué Sirven y Para Qué No Servirán, que tiene, en su primera edición (2020, Cathedra Jurídica; IJ editores) +25k descargas entre los tres portales líderes Academia.edu, SSRN y ResearchGate. Libre descarga aquí. Es docente de grado y posgrado en Universidades argentinas y del extranjero.

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