La defensa del magistrado había objetado la resolución que confirmó su arresto domiciliario, pero el máximo tribunal penal consideró inadmisible la impugnación.
Lo que importa
La Cámara Federal de Casación Penal resolvió declarar inadmisible el recurso presentado por la defensa del juez Marcelo Martín Bailaque, quien enfrenta una prisión preventiva bajo la modalidad de arresto domiciliario. El fallo fue firmado por los jueces Carlos Mahiques, Juan Carlos Gemignani y Diego Barroetaveña, quienes coincidieron en que la impugnación no presentó fundamentos que habiliten su intervención como tribunal intermedio.
La decisión ratifica lo resuelto por la Cámara de Apelaciones de Rosario, que había confirmado la medida cautelar ordenada previamente, condicionada a que se haga efectiva sólo si el Consejo de la Magistratura resuelve el desafuero o la suspensión de Bailaque, debido a su inmunidad de arresto.
Contexto
Marcelo Martín Bailaque, juez federal, fue objeto de una prisión preventiva en el marco de una investigación penal. La Cámara de Apelaciones de Rosario había resuelto mantener dicha medida bajo la modalidad de arresto domiciliario, conforme al inciso J del artículo 210 del Código Procesal Penal Federal (CPPF). No obstante, su condición de magistrado impide que la medida se aplique sin una previa resolución del Consejo de la Magistratura.
La defensa del juez interpuso un recurso ante la Cámara Federal de Casación Penal con el objetivo de revertir esa decisión. Sin embargo, los tres jueces que integran el tribunal coincidieron en que la presentación carecía de los requisitos mínimos para ser considerada válida.
El juez Carlos Mahiques, quien presidió la sala, explicó que “por principio, decisiones como la impugnada no son susceptibles de revisión por parte de la casación”, conforme lo establecido por los artículos 53 y 54 del CPPF. Además, señaló que solo procede una revisión si se plantea una cuestión federal o un supuesto de arbitrariedad, extremos que “no concurrieron en el caso”.
En su voto, Mahiques agregó que la defensa se limitó a plantear diferencias interpretativas sin demostrar una afectación grave o un perjuicio actual. “El tribunal expuso adecuadamente las razones que determinaron su decisión, y no se verificó –ni el impugnante logró demostrar– la concurrencia de un supuesto de arbitrariedad”, afirmó.
El juez Juan Carlos Gemignani, en un voto concurrente, coincidió en que no existía ninguna causal válida que habilitara la intervención de la Casación. Subrayó que la medida cautelar impuesta estaba debidamente fundamentada y que “no se introdujo una cuestión federal” que justificara abrir la instancia.
Finalmente, el juez Diego Barroetaveña adhirió en lo sustancial a los fundamentos y conclusiones de sus colegas.
Cómo sigue
El rechazo del recurso no implica un pronunciamiento sobre el fondo de la causa, pero sí consolida el estado actual de la medida cautelar: Bailaque permanece bajo orden de arresto domiciliario, que no se hará efectiva mientras conserve su inmunidad de arresto como magistrado.
Según explicó Mahiques, la impugnación fue “formalmente improcedente y mal concedida”, lo que llevó a su desestimación sin entrar en la cuestión de fondo. A su entender, “el juicio de admisibilidad no tiene carácter definitivo, máxime cuando se encontraba satisfecha la garantía de doble conforme”.
La situación judicial de Marcelo Bailaque queda ahora atada a una definición del Consejo de la Magistratura, que deberá resolver si lo desafuera o suspende para permitir la ejecución de la medida cautelar. Por lo pronto, la Comisión de Acusación del Consejo fijó la audiencia para el martes 17 de junio. En ese marco, el magistrado deberá responder por tres cargos vinculados a relaciones personales y decisiones judiciales que podrían haber afectado su imparcialidad.
