Crimen de Gastón Duffau: quedan firmes las condenas a perpetua para los policías que lo mataron

La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó los planteos y, con ello, quedaron firmes las condenas a prisión perpetua impuestas a un grupo de policías por el homicidio de Gastón Duffau, ocurrido el 23 de febrero de 2008 en Ramos Mejía, provincia de Buenos Aires.

El joven de 34 años fue detenido en una supuesta pelea y subido por la fuerza a un móvil policial, donde apareció esposado y muerto horas después con signos de tortura.

La víctima tenía 34 años cuando lo detuvieron por una supuesta pelea dentro de una casa de comidas. Lo subieron por la fuerza a una camioneta policial y un par de horas después, su cuerpo apareció boca abajo en la caja del mismo vehículo. Estaba semidesnudo, con los pies atados y un doble juego de esposas en sus manos. Tenía signos de haber sido torturado.

La Corte Suprema de Justicia rechazó el último recurso de la defensa de los policías condenados y quedaron firmes las penas a prisión perpetua, con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

Un largo derrotero judicial

El 6 de mayo de 2009 el Tribunal en lo Criminal 5 del departamento judicial de La Matanza, provincia de Buenos Aires, absolvió a Mauro Adrián Ponti, Luis Alberto Acuña, Rubén Dario Steingruber, Natalio Hernán De Nardis y Leonardo Ezequiel Brandan por el delito de tortura seguida de muerte por el cual habían sido juzgados.

Tanto la Fiscalía como la querella apelaron esa decisión. La Sala II del Tribunal de Casación Penal anuló la sentencia absolutoria y dispuso el reenvío de las actuaciones para que un nuevo tribunal realizase un nuevo juicio.

En esas condiciones, el 21 de mayo de 2013, luego de celebrarse el nuevo juicio, el Tribunal en lo Criminal 4 de La Matanza los volvió a absolver. Contra esa decisión, nuevamente, la querella y la Fiscalía presentaron sendos recursos de casación.

El 14 de julio de 2016, la Sala VI del Tribunal de Casación hizo lugar parcialmente al planteo y condenó a Ponti, Acuña y Steingruber, como coautores penalmente responsables del delito de tortura seguida de muerte, imponiéndoles la pena de prisión perpetua e inhabilitación absoluta y perpetua. En tanto, De Nardis y Brandan fueron condenados a la misma pena en calidad de partícipes necesarios.

Esa decisión fue apelada por las defensas y sus planteos fueron rechazados tanto por el Tribunal de Casación como por la Corte bonaerense.

El caso llega a la Corte Suprema

Finalmente, tras la presentación de los respectivos recursos de queja, el caso llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El 28 de junio de 2023, la Corte intimó a los recurrentes para que, dentro del quinto día de notificados cumplieran con la acordada 13/90 –último domicilio real y documento de identidad–. Ello, bajo apercibimiento de tener por no presentado el recurso de queja.

En esas condiciones, el defensor de Acuña, Ponti y Steingruber informó los documentos de identidad de sus asistidos y precisó que ellos tendrían sus domicilios reales en el lugar en que se encuentran detenidos (Comisaría Distrital Oeste 3ra. de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, sita en Garibaldi 2388, Villa Luzuriaga, provincia de Buenos Aires).

Tras ello, el 3 de agosto de 2023 el Tribunal resolvió tener por no presentado el recurso de queja, sobre la base de que los recurrentes no dieron debido cumplimiento a la intimación que le formuló la Corte.

Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de revocatoria. Con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, la Corte desestimó los planteos porque sus decisiones no son, en principio, susceptibles de recurso alguno.

De esta manera, las condenas a prisión perpetua quedaron firmes.

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