Diez años de prisión por trasladar a una menor desde Bolivia para explotarla laboralmente en Pilar

La Justicia condenó a durísimas penas a tres acusados por trata de personas agravada. Captaron con falsas promesas a una adolescente vulnerable en la localidad boliviana de Potosí, la hicieron cruzar la frontera hacia Argentina por el río sin ningún tipo de control migratorio

La Justicia federal condenó a tres personas adultas y a un joven por haber captado, trasladado y explotado laboralmente a una adolescente boliviana en una verdulería ubicada en Pilar, provincia de Buenos Aires. La víctima, que tenía menos de 18 años, fue cruzada por un paso ilegal desde Bolivia en 2020 y forzada a trabajar bajo condiciones abusivas y sin salario. Un Tribunal de San Martín impuso penas de diez años de prisión a Oscar Orcko Miranda, David Félix Orcko Miranda y María Beatriz León Coronado.

La sentencia del juez de Cámara Matías Mancini acreditó que la joven fue “captada mediante engaño y abusando de su situación de vulnerabilidad” por los condenados, quienes conocían su edad y su situación de extrema pobreza. El objetivo: hacerla trabajar en la verdulería “El Peaje”, ubicada en el kilómetro 65,5 de la Colectora Panamericana, en Fátima, Pilar.

La causa se originó en una denuncia presentada por familiares de la víctima, quienes lograron rescatarla en julio de 2020 tras cuatro meses de explotación. La menor había sido abordada por Jhon Mirko Julián Chiri -también condenado- en la ciudad boliviana de Potosí. Chiri, con quien tenía una relación de confianza, le ofreció un trabajo en Argentina, asegurándole “buena paga y buenas condiciones laborales”. Días después, Chiri se presentó con los hermanos Orcko Miranda y la subieron a una camioneta Ford Ranger azul.

Cruce ilegal por la frontera

La adolescente, sin documentación propia, fue persuadida para cruzar la frontera por un paso ilegal en Villazón, acompañada por David Orcko Miranda. Caminaron más de cuarenta minutos por el cauce de un río, hasta que del lado argentino, en Jujuy, los esperaba Oscar Orcko Miranda. Allí retomaron el viaje hasta Pilar.

En el comercio donde fue alojada y explotada, las condiciones eran miserables: sin posibilidad de comunicarse con su familia, sin atención médica durante episodios de convulsiones, y bajo vigilancia constante. “Dormía en la cocina porque le asignaron un cuarto que debía compartir con cinco hombres, lo cual le generaba temor”, relató la fiscalía. La encargada del lugar, María León Coronado, organizaba las tareas, retenía su salario “como ahorro” y la manipulaba para evitar que se tomara días libres.

Los hechos constituyen trata de personas en la modalidad de captación, traslado y acogimiento con fines de explotación, agravada por el engaño, la intervención de más de tres personas, la minoridad de la víctima y la consumación de la explotación. También se sumó el delito de tráfico de personas agravado.

La investigación, impulsada por la Fiscalía Federal de Campana y luego por el fiscal Santiago Marquevich, contó con testimonios de la víctima, profesionales del Programa de Rescate de Víctimas de Trata y funcionarios que participaron del allanamiento en “El Peaje”. Allí encontraron a otros trabajadores en condiciones similares: sin contrato, sin salario efectivo y alojados en condiciones precarias. Algunos de ellos declararon que temían perder su único lugar de residencia si eran expulsados del puesto de trabajo.

“La joven fue sometida a un trabajo alejado de toda protección legal, en un contexto de extrema vulnerabilidad del que sus captores se aprovecharon”, sostuvo el juez. También subrayó que la adolescente fue coaccionada desde el inicio y que su negativa a realizar el viaje fue neutralizada por presión emocional y amenazas solapadas. “Menos mal que volviste, si no te íbamos a ir a buscar”, fue una de las frases registradas por el tribunal.

En el juicio oral, los imputados intentaron desvincularse de la responsabilidad. Algunos alegaron desconocer que la joven era menor de edad, otros argumentaron que ella “vino por voluntad propia”. Sin embargo, el tribunal desestimó esos argumentos y valoró el testimonio de la víctima como coherente, reforzado por las pruebas materiales -incluido el registro de la camioneta utilizada y la falta de ingreso migratorio legal de la joven.

Trata de personas: ataque a la dignidad humana

El juez Mancini advirtió que “la trata de personas constituye un ataque directo a la dignidad humana, convirtiendo a la persona en un instrumento intercambiable, despojado de sus atributos fundamentales”.

Además de las penas de prisión, se ordenó el decomiso de los bienes utilizados en la maniobra: dos camionetas -entre ellas la Ford Ranger azul- y dinero en efectivo hallado en el procedimiento. El tribunal dispuso que estos bienes sean destinados a una reparación económica para la víctima, en el marco de la Ley 26.364 de lucha contra la trata de personas.

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