Desde agosto, quejarse ante la Corte será más caro: cómo impactan las nuevas tarifas para acceder al máximo tribunal

La Corte Suprema elevó a 3,2 millones de pesos el mínimo para que una sentencia sea apelable y a 1,4 millones de pesos el depósito obligatorio para presentar una queja por denegación del recurso extraordinario.

Las acordadas 20 y 21/2025 actualizan los requisitos económicos para que los ciudadanos puedan acceder al máximo tribunal del país.

¿Desde cuándo se paga el aumento?

A partir del 1° de agosto, quien busque apelar una sentencia deberá afrontar dos filtros de orden estrictamente económicos: que el valor de lo reclamado supere los 3.200.000 pesos y que, en caso de que se rechace el recurso extraordinario, se abone un depósito de 1.400.000 pesos para poder presentar la queja.

Se trata de las Acordadas 20 y 21/2025, firmadas por los ministros de la Corte Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

En los fundamentos se hizo referencia a “una apreciación atenta de la realidad” que justifica la actualización periódica.

 La decisión se basa en el tiempo transcurrido desde la última actualización y se toma “sobre la base de una apreciación atenta de la realidad”. 

Sentencias y valores para apelar

El artículo 242 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación establece que las sentencias en causas cuyo monto sea inferior a un cierto valor son “inapelables”. Este umbral, históricamente bajo, se fue ajustando en años anteriores: en 2022 estaba en 1.300.000 pesos, en 2024 se fijó en 2.100.000 pesos y ahora trepa un 52% hasta 3.200.000 pesos. El argumento: preservar la racionalidad del sistema de apelaciones.

Por su parte, el artículo 286 del mismo código exige un depósito económico para habilitar la queja ante la Corte, si antes se deniega el recurso extraordinario. El nuevo monto 1.400.000 pesos, frente a los 900.000 pesos vigentes hasta ahora, implica una suba del 55%. La queja se usa típicamente como último recurso por parte de litigantes que consideran que sus derechos constitucionales fueron vulnerados.

La Corte eleva así el umbral de entrada a sus estrados, reduciendo el universo de causas que puede revisar.

La decisión de alcance nacional se informará a las distintas cámaras nacionales y federales, y por su intermedio a los tribunales que de ellas dependen, y a los tribunales orales con asiento en las provincias.

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