Desestiman denuncia contra los jueces de la Corte tras el fallo que confirmó la condena a Cristina Kirchner

La fiscal Alejandra Mángano concluyó que la presentación carecía de sustento legal y se basaba en suposiciones políticas. La acusación apuntaba a Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti por la supuesta “premura” con la que resolvieron el recurso extraordinario en la causa Vialidad.

La Justicia federal cerró sin abrir investigación una denuncia que apuntaba a los tres jueces de la Corte Suprema por presunto prevaricato. El eje de la acusación era el fallo del pasado 10 de junio, que dejó firme la condena contra Cristina Fernández de Kirchner en la causa Vialidad.

La fiscal Alejandra Mángano, interinamente a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 12, solicitó la desestimación de la causa promovida contra los ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

La fiscal señaló que “la presentación estudiada está dirigida a cuestionar, con base en apreciaciones subjetivas, el momento en el que la Corte Suprema de la Nación se pronunció en el marco del incidente de recurso extraordinario formado en la causa conocida públicamente como ‘Vialidad’ en el que: ‘se desestima las quejas promovidas por los allí impugnantes’ otorgando firmeza a la condena que el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Federal nro. 2 impuso -entre otros- a la expresidenta Cristina E. Fernández de Kirchner”.

La fiscal Alejandra Mángano.

Mángano resaltó que “los denunciantes no logran puntualizar cuál sería la normativa incumplida o inobservada en la intervención de los miembros del máximo tribunal de justicia en el trámite del recurso extraordinario cuestionado”. En tal sentido, agregó que “resulta público y notorio que la Corte Suprema fue llamada a resolver como instancia recursiva a instancias de las defensas de los acusados de aquel caso, con lo cual una solución ágil de esas pretensiones no puede ser adjudicada sin más a una intencionalidad contraria a los intereses de las partes, más allá del devenir del resultado jurídico del caso”. 

Asimismo, sostuvo que los denunciantes “pretenden construir el relato de un hecho delictivo a partir de una interpretación de ‘estadísticas’ sobre la duración del trámite de distintos casos judiciales a lo largo del tiempo, cuyo sesgo y falta de objetividad se desprende de la sola lectura del escrito”. 

La fiscal manifestó, además, que “no puede iniciarse una investigación penal en base a suposiciones, percepciones o elucubraciones motivadas en cuestiones sociales, políticas o ideológicas” y, por tanto, pidió su desestimación. 

La causa caratulada “Denunciado: Rosenkrantz, Carlos Fernando y otros s/ Prevaricato y Infraccion Art 256 Bis – 1º Párrafo – Denunciante: Fernandez Camilo, Ignacio y otros” (FLP 24285/25 (Coirón 117547/2025) del registro de la Secretaría N° 8 del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°4, se inició con motivo de una denuncia remitida por correo electrónico a la Oficina de Asignación de Causas de la Cámara Federal de Apelaciones de la Ciudad de la Plata, provincia de Buenos Aires. 

Esa denuncia fue presentada por los abogados Ignacio Fernández Camillo, Adrián Rodríguez Antinao, Andrés Emanuel Noetzly y José Francisco Sánchez Peralta contra los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación tras el dictado de la sentencia del 10 de junio de 2025, en el marco de causa “Fernández de Kirchner, Cristina Elisabet y otros s/ incidente de recurso extraordinario”, con la que se desestimaron las quejas promovidas por los impugnantes.

En su denuncia, los abogados señalaron que “el máximo tribunal del país no tenía plazos para expedirse, y decidió resolver el caso con asombrosa premura, días después de que la Dra. Cristina Fernández de Kirchner lanzara oficial y públicamente su candidatura para competir en las elecciones bonaerenses de este año”.

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