Fabián Rossi, el ex marido de la vedete Iliana Calabró, intentó salir de la cárcel y obtener arresto domiciliario condenado a cuatro años y seis meses de prisión en la “ruta del dinero K” pero los argumentos no conmovieron al juez del Tribunal Oral Federal 4, Néstor Costabel y se le van agotando las instancias judiciales.
¿Por qué le negaron el beneficio?
En la resolución, el juez concluyó que “las patologías que actualmente padece Fabián Rossi pueden ser atendidas en la prisión donde está alojado” y que “no existe ninguna constancia de que su estado de salud hubiera empeorado a raíz de esa detención”.
La defensa de Rossi solicitó el arresto domiciliario, amparándose en el artículo 10 del Código Penal y el artículo 32 de la Ley 24.660, invocando una extensa serie de problemas de salud físicos y psicológicos. A ello se sumó diagnósticos de trastornos de ansiedad, depresión moderada-severa y ataques de pánico, que según su defensa fueron agravados por el “derrotero mediático” del proceso judicial.
También se destacó que Rossi tiene 61 años, lo que -según su defensa- debería encuadrarlo dentro de la categoría de “persona mayor” protegida por la Convención Interamericana sobre los Derechos Humanos de las Personas Mayores.
No obstante, el Tribunal desestimó los planteos.
En primer lugar, el juez Costabel subrayó que, según el informe del Cuerpo Médico Forense, Rossi “se encuentra en buen estado general y no presenta evidencias de estar cursando una enfermedad aguda”. También detalló que “las patologías que presenta no encuadran en alguno de los supuestos del art. 10 del Código Penal y 32 de la ley 24.660”. El informe también señaló que Rossi “debe continuar con controles clínicos periódicos”, que pueden realizarse dentro del penal.
Respecto a la salud mental de Rossi, la pericia oficial fue igualmente taxativa: “No presenta sintomatología compatible con un cuadro de descompensación psicótica ni alteraciones del pensamiento. No hay riesgo cierto e inminente para sí o para terceros”. El informe concluyó que el cuadro emocional observado era “reactivo y acorde a su situación procesal y privación de libertad” y recomendó tratamiento psicoterapéutico, también posible en el contexto penitenciario.
“No se encuentra acreditado médicamente que Rossi padezca una dolencia de magnitud suficiente que impida su tratamiento intramuros”, remarcó el juez.
Pena natural y presión mediática
El fallo también abordó el argumento de la defensa vinculado a la supuesta “pena natural” sufrida por Rossi durante los 12 años de proceso judicial. La Justicia consideró que esa figura no aplica al caso, ya que no se verificaron padecimientos actuales derivados directamente de los hechos por los que fue condenado, ni un agravamiento extraordinario de su situación por la presión mediática.
Asimismo, el juez desestimó que Rossi encuadre dentro de los supuestos previstos para la prisión domiciliaria por edad. Señaló que, aunque la Convención Interamericana fija la categoría de “persona mayor” desde los 60 años, la ley argentina mantiene como límite los 70 años para acceder a dicho beneficio, salvo en casos de salud grave o discapacidad que no se verifican aquí.
Rossi fue detenido el pasado 2 de junio, tras la confirmación de su condena por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que consideró inadmisible el último recurso interpuesto.
Desde entonces se encuentra alojado en el penal de Marcos Paz, donde cumple su condena firme por su participación en una maniobra de lavado de más de 55 millones de dólares junto a Lázaro Báez y otros implicados. Su rol fue clave: era apoderado de la financiera SGI, utilizada para transferir el dinero al exterior, y fue identificado como gestor de cuentas bancarias en el extranjero.
¿Qué caminos le quedan a Rossi?
Fabián Rossi aún dispone de dos recursos procesales claves que su defensa ya anticipó en el expediente: en lo inmediato recurrir a la Cámara Federal de Casación y si esto no prospera, como única vía le queda la Corte Suprema de Justicia.
