Alejandro Cabral: “Lo que hay que perder es el miedo. Todos los jueces saben Derecho”

Desde su experiencia en Neuquén, una de las provincias pioneras, el juez federal Alejandro Cabral destaca los beneficios del nuevo modelo acusatorio: audiencias orales, lenguaje claro, celeridad procesal y una justicia más accesible. “No se puede aplicar una sanción cuando la vida de la persona ya cambió por completo. Una pena tardía no es una pena”, resaltó en diálogo con Quorum.

Nació en la ciudad de Buenos Aires y se recibió de abogado en 1993, con una formación inicial volcada al Derecho Civil y Administrativo. Sin embargo, la vida judicial de Alejandro Cabral dio un giro inesperado a comienzos de los años ‘90, cuando decidió inscribirse en varios concursos para ingresar a la Justicia: postuló en Mendoza, en Posadas, incluso en su ciudad natal. Pero fue Neuquén la que le abrió la puerta. 

Lo convocaron para cubrir interinamente un cargo como Secretario Penal. Su primera respuesta fue de honestidad: “Pero yo, Derecho Penal, no…”. La jueza que lo entrevistaba no se desanimó: “¿Estás dispuesto a aprender?”. Él dijo que sí y así comenzó su carrera en Derecho Penal.

¿Aprendiste rápido?

Aprendí muy rápido. Porque el Derecho Penal es mucho más fácil que el Derecho Civil, esa es la realidad. Para mí, además, si no sabés Derecho Civil, no podés saber Derecho Penal, porque todos los principios surgen del Derecho Civil. Si no conocés lo que es el derecho de propiedad, no podés entender cómo funciona el robo, el hurto, la defraudación…

O sea que tu experiencia previa te dio una muy buena base para poder afrontar un cargo de esas características.

Sí. Y bueno, después hice toda la carrera judicial: fui Secretario en el fuero federal, después me pasé a la provincia, fui Secretario de Instrucción durante cinco años, Fiscal Adjunto, luego Fiscal titular durante nueve años, después Juez Correccional otros nueve años, y luego camarista de todos los fueros… Después pasé al Tribunal de Impugnación de la provincia de Neuquén, que viene a ser como la Casación de la provincia, y luego accedí al fuero federal.

¿Cómo está trabajando la jurisdicción con el sistema acusatorio?

Bien. Creo que tuvimos mucha facilidad porque en general el problema que más se presenta es que las Cámaras de Apelaciones son las que organizan la aplicación del sistema y distribuyen los cargos. En el caso de la jurisdicción de General Roca, que es donde pertenece Neuquén, la Cámara dio mucha participación a todos los jueces y se discutió bastante entre todos qué era lo más conveniente. Eso permitió cerrar buenos acuerdos y aprobar un buen reglamento, porque cada jurisdicción establece cómo va a aplicar este código.

¿Cuáles considerás que son las virtudes del Código Procesal Penal Federal?

Las principales virtudes son la simplicidad y la desformalización. Se pasa de un sistema absolutamente formal, donde las formas eran fundamentales, a uno completamente desformalizado, con un lenguaje mucho más claro y accesible para la ciudadanía. Todo se realiza de manera oral, en audiencias públicas, con transparencia, y el juez debe resolver en el momento. Esto vuelve el proceso mucho más ágil, permitiendo que todos los planteos se concentren en una misma audiencia. Ya no es necesario haberlos formulado previamente, ni presentar extensas citas jurisprudenciales o doctrinarias. Se resuelve lo que corresponde resolver para el caso concreto, con justicia y conforme al ordenamiento vigente. Otro aspecto central de este sistema es la clara diferenciación y separación de funciones. El fiscal es quien investiga, impulsa la acción penal y asume plena responsabilidad sobre la causa. Los jueces no conocen el expediente ni los antecedentes del caso: deben escuchar a las partes y solo intervenir si hay una controversia. Si no hay conflicto, el juez no tiene nada que resolver. Justamente, su rol es resolver un conflicto, y si éste no existe, su intervención no es necesaria. Hay un artículo clave en el nuevo Código Procesal Penal Federal: el artículo 22. Establece que tanto el Ministerio Público Fiscal como los jueces deben priorizar el restablecimiento de la armonía entre los protagonistas del conflicto y contribuir a la paz social. Este principio desplaza el enfoque en la aplicación estricta de la ley para dar lugar a soluciones alternativas que busquen reconstruir el tejido social.

Eso les permite ser más creativos…

Totalmente. Aunque los principios de oportunidad están regulados -por ejemplo, cuándo el fiscal puede prescindir de la acción penal, o aplicar conciliación, suspensión del juicio a prueba, reparación económica- se trata de buscar nuevas formas de solución de conflictos.

Hasta ahora son todos puntos a favor del cambio de sistema. ¿Hay alguna desventaja?

Para mí, ninguna. Soy un defensor absoluto. Vengo de Neuquén, donde se implementó en 2014 y para mí es la provincia donde mejor funciona el sistema acusatorio. Neuquén nunca desvirtuó el modelo. No permite volver a lo escrito. Todo se resuelve en audiencia. 

¿Y se utiliza el Zoom?

Se permite, pero no para todo. Los juicios son presenciales. Sólo en casos excepcionales se autoriza testigos por Zoom. Hay cosas que ameritan la presencialidad. No es lo mismo una cámara que estar ahí, captar corporalidades, gestos. 

¿Tengo entendido que plantearon falta de jueces?

Sí. Actualmente estamos funcionando con el 50%: hay siete jueces, tendría que haber 14.

¿Así y todo está funcionando bien?

Sí, porque este sistema lo permite. Con el anterior hubiera sido mucho más complejo. La mayor dificultad está en los juicios colegiados, donde hay que coordinar tres jueces, con tres agendas distintas. Por ejemplo, yo acá estoy solo, y en Roca hay dos jueces. De seis, hay tres. Y no es que automáticamente yo subrogo allá y ellos acá. He tenido subrogantes de Mendoza, de Roca, de Bahía, de Tierra del Fuego…

¿Y los unipersonales?

Se pueden hacer siempre que la pena no supere los seis años, o que la defensa acepte que lo juzgue un solo juez, mientras la pena en abstracto no supere los 15.

¿Cómo es actualmente el vínculo con el Ministerio de Justicia?

Excelente, muy bueno. Realmente tenemos un diálogo muy fluido con el Ministerio de Justicia. Nos consultan permanentemente sobre nuestras necesidades. Tal vez lo que más necesitamos en este momento son jueces, pero eso está trabado por cuestiones más bien políticas que técnicas. Aun así, reconozco que desde el Ministerio nos han facilitado todo lo necesario. De hecho, fue esta jurisdicción la que planteó, en su momento, la necesidad de implementar el sistema acusatorio, teniendo en cuenta que tanto la provincia de Río Negro como la de Neuquén ya lo tenían en funcionamiento, y que los abogados locales estaban familiarizados con su dinámica. En ese momento, el ministro no tenía previsto aplicarlo en esta zona, pero modificó el cronograma precisamente para que pudiera instrumentarse aquí. Es decir, hemos recibido una muy buena respuesta y escucha por parte del Ministerio de Justicia ante todos los planteos que hemos hecho. También nos han provisto equipos y recursos para acondicionar las salas.

Me imagino que valoraste de forma positiva la decisión política de avanzar en todo el país…

Totalmente. Justamente por eso esta jurisdicción solicitó que se implementara el sistema acusatorio. Viendo el perfil del Ministerio de Justicia, que tenía la voluntad de avanzar con su aplicación, me pareció fundamental que todo el país se encamine hacia ese modelo. Porque, seamos sinceros, el otro sistema está absolutamente obsoleto. Sus plazos son de 1939: el código mixto fue creado por Alfredo Vélez Mariconde en Córdoba ese año, en un contexto completamente distinto. Hoy, con un teléfono celular, en dos minutos se pueden obtener todos los datos necesarios. Entonces, no tiene sentido que la justicia tarde 15, 10, ni siquiera cinco años en dictar una sentencia. Estos nuevos códigos, incluido el Código Procesal Penal Federal, establecen plazos concretos: un máximo de tres años para la tramitación de todas las instancias, salvo la Corte Suprema, que no tiene plazos para resolver. Eso representa un cambio sustancial en la dinámica del proceso penal. No podemos seguir juzgando con la lógica de hace casi un siglo. Es profundamente injusto para las personas: nadie debería estar sometido durante 10 o 15 años a un proceso, con restricciones para salir del país, teniendo que presentarse constantemente, y sin una resolución que ponga fin a esa situación. Además, esto tiene un efecto desocializador. Es como con los chicos: no se puede aplicar una sanción seis meses después del hecho, cuando el contexto cambió por completo. Si alguien cometió un delito a los 20 años, y recibe una condena recién a los 35, probablemente ya haya formado una familia, tenga hijos, haya reorganizado su vida. En vez de resocializar, el sistema lo vuelve a marginar. Una pena tardía deja de ser una pena efectiva. Es como decirle a un chico de diez años, seis meses después de una travesura: “Hoy no vas con tus amigos porque hace medio año te portaste mal”. El chico no va a entender nada, y con razón.

¿Tienen datos sobre cuánto tardan ahora las causas?

Sí. Hay causas que ya se resolvieron bajo el nuevo sistema. Algunas en dos meses. Una diferencia abismal con los 10 años de antes.

¿Por qué creés que hay tanta resistencia en Comodoro Py?

Creo que hay miedo a los plazos cortos y falta de conocimiento del sistema. También hay cuestiones políticas.

¿Y la falta de recursos? ¿Es real o excusa?

Se necesitan recursos, sí. Pero también se pone como excusa. En Neuquén, el cambio se hizo de un día para el otro. Después se fueron acomodando los recursos. No todo está el primer día.

También hay que reorganizar los recursos humanos…

Sí, porque en Nación el Ministerio Público es independiente del Poder Judicial, no como en Neuquén, donde está dentro. Eso facilita todo.

¿Qué cambiaría para la Justicia si se implementara en todo el país?

Creo que son muchas las virtudes del nuevo sistema: la simplicidad, la desformalización, el respeto por los plazos, la clara definición de funciones -con un juez imparcial y las partes bien diferenciadas-, el uso de un lenguaje claro, la transparencia, la participación ciudadana y el foco en la resolución de los conflictos. Para mí, es un sistema mucho más transparente, ágil y comprensible.

Y también me imagino que la capacitación es clave, ¿no? Estamos hablando de un lenguaje diferente.

Sí, pero hay que decirlo: todos los jueces saben Derecho. Lo que hay que perder es el miedo a hablar ese Derecho en un lenguaje distinto, más claro. Y una vez que uno se anima, la adaptación llega rápido. El obstáculo principal no es técnico, sino emocional: hay que superar los temores.

Claro, es más una cuestión de actitud que de conocimiento.

Exactamente. El Derecho lo manejamos todos los jueces. Lo demás es simplemente adaptarse a una nueva dinámica. Siempre hay resistencia cuando nos cambian las reglas. Es natural. Todos sabemos que hay miedo al cambio, pero esto es, en esencia, un verdadero cambio cultural.

En 2023 tomaste una decisión llamativa: declaraste extinguida una condena por plazo penal excesivo.

Sí. No podés, 12 años después, decirle a una persona que rehizo su vida que va a ir presa. Eso no es justicia. Ya estar sometido al proceso por 15 años es una pena en sí misma.

Entiendo que eso generó reacciones…

Sí. Yo toda la vida dije lo que pienso. Y eso genera adhesiones y rechazos.

Noticias relacionadas

Suscribite a nuestro newsletter

Para estar actualizado de las últimas noticias, informes especiales y recibir las ediciones digitales antes que nadie!

Noticias de última hora