Casación niega la domiciliaria a Lázaro Báez a la espera de más estudios médicos

Lázaro Báez recibió por ahora una nueva negativa, esta vez desde la Cámara Federal de Casación Penal, a un nuevo intento por salir de la cárcel común para cumplir con arresto domiciliario, la condena a prisión por la “ruta del dinero” y “Vialidad”. Qué dijeron los jueces.

Dos de los camaristas Gustavo Hornos y Javier Carbajo rechazaron el recurso a la espera de nuevos estudios médicos mientras que el tercer integrante de la sala IV Mariano Borinsky votó en minoría por conceder arresto domiciliario con tobillera electrónica.

El análisis de Casación

La Sala IV del máximo tribunal penal federal del país consideró que la decisión del Tribunal Oral Federal 4 que juzgó y condenó a Lázaro Báez en la “ruta del dinero” por lavado de activos de ordenar la detención inmediata resulta ajustada a derecho.

Los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Javier Carbajo recordaron que, una vez firme la condena, los tribunales de juicio tienen el deber de asegurar su cumplimiento efectivo y que la ejecución de la pena privativa de la libertad no puede quedar supeditada a planteos accesorios.

Respecto de los planteos de salud y condiciones de detención, por mayoría con los votos de Hornos y Carbajo, se resolvió rechazar el recurso para otorgarle la domiciliaria y estar al resultado de estudios médicos pendientes que deberán ser evaluados primero por el Tribunal Oral Federal 4 y en caso de no concederse el beneficio, podrá recurrirse nuevamente a Casación

«A partir de la información que arrojen los informes requeridos al Servicio Penitenciario Federal y al Cuerpo Médico Forense, el Tribunal contará con mayores elementos objetivos acerca del estado general del encausado y de las condiciones concretas de su alojamiento, lo que permitirá, en su caso, reevaluar la modalidad de cumplimiento de la pena conforme a las previsiones del art. 10 del Código Penal y art. 32 de la Ley 24.660, garantizando de ese modo un control judicial efectivo y compatible con la dignidad humana».

El juez Borinsky, por su parte, votó en minoría por conceder la prisión domiciliaria a Báez.

«Se encuentran reunidas las condiciones clínicas que justifican la prisión domiciliaria y, por lo tanto, luce prudente y necesario aplicar una medida morigeradora del encierro -prisión domiciliaria con monitoreo electrónico-, que permita garantizar los fines de la pena a la vez que se brinde el debido resguardo de la salud de Lázaro Antonio Báez», analizó el magistrado.

La condena

Báez fue condenado por el delito de lavado de activos agravado. En febrero de 2023, la propia Sala IV había confirmado la pena de 10 años de prisión, además de una multa equivalente a seis veces el monto de la operación investigada, las accesorias legales y el pago de costas. La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó en mayo de este año el recurso de queja presentado por su defensa, con lo cual la condena quedó firme y habilitó la ejecución inmediata de la sanción

Luego se sumó la condena firme a seis años de cárcel en la causa Vialidad y la pena quedó unificada en 15 años de prisión.

En consecuencia, el 11 de junio pasado, el TOF 4 ordenó la detención de Báez y su traslado a una unidad penitenciaria. El empresario, que hasta entonces se encontraba en arresto domiciliario en el marco de otra causa penal, fue alojado en la Unidad 15 del Servicio Penitenciario Federal en Río Gallegos, Santa Cruz.

Los planteos de la defensa

La defensa encabezada por los abogados Juan Martín Villanueva y Yanina Nicoletti, cuestionó la decisión de enviarlo a prisión común. Argumentó que el empresario ya había cumplido más de nueve años y cuatro meses de detención ininterrumpida y que el tribunal omitió computar debidamente los períodos de encierro correspondientes a distintos tramos del proceso. En ese marco, reclamó la aplicación del principio de equidad y la posibilidad de acceder a la libertad condicional.

Subsidiariamente, pidió que se mantuviera el arresto domiciliario por razones humanitarias. Báez, de 69 años, padece diabetes, hipertensión y asma, enfermedades acreditadas con diversos informes médicos. Además, su pareja atraviesa una enfermedad terminal y él se encuentra a cargo de su cuidado y del de sus hijos. Según los abogados, el cambio de modalidad de detención afectaba tanto su derecho a la salud como su vida familiar

Otro de los puntos centrales del recurso fue la denuncia sobre las condiciones de detención. La defensa describió que Báez permanece alojado en un “buzón” o celda de tránsito, sin ventilación adecuada, con humedad, filtraciones y régimen de aislamiento casi absoluto. Señaló, además, que recibe la comida en mal estado y a destiempo, lo que agrava su situación médica. Para los letrados, esas circunstancias configuran un trato indigno e inhumano, contrario a las Reglas Mandela y a la Ley 24.660 de Ejecución Penal

El empresario santacruceño deberá seguir cumpliendo su condena en la cárcel de Río Gallegos, aunque su defensa mantiene abierta la posibilidad de presentar nuevos pedidos de prisión domiciliaria o morigeración de condiciones, que deberán ser resueltos por el TOF 4 y eventualmente revisados nuevamente por Casación.

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