El juez federal con competencia electoral en la provincia de Buenos Aires, Alejo Ramos Padilla, rechazó el pedido de La Libertad Avanza para ubicar a Diego Santilli en el primer lugar de la lista de candidatos a diputados nacionales, tras la renuncia de José Luis Espert.
Además, el juez declaró inconstitucional la aplicación del artículo 7 del Decreto 171/2019, norma reglamentaria que el oficialismo había invocado para justificar el cambio. Esta norma prevé que el reemplazo ante una renuncia sea del candidato del mismo sexo que sigue en la lista, en este caso, Diego Santilli.
La resolución establece que la lista debe mantenerse con un corrimiento natural y, en consecuencia, la candidata Karina Celia Vázquez (conocida como Karen Reichardt) será quien encabece la nómina bonaerense en las elecciones generales del 26 de octubre si queda firme lo resuelto por el juez de primera instancia.
La decisión podrá ser apelada ante la Cámara Nacional Electoral.
Los motivos del juez
Ramos Padilla concluyó que en este caso específico vinculado a reemplazar a Espert “corresponde declarar la inconstitucionalidad” del artículo 7 del Decreto 171/2019.
El pedido había sido presentado por los apoderados de La Libertad Avanza -Alejandro Carrancio, Juan Esteban Osaba y Luciano Gómez Alvariño-, quienes reclamaron que Santilli reemplazara a Espert invocando el artículo 7 del decreto 171/2019, que ordena reemplazar a un candidato renunciante por “la persona del mismo género que le sigue en la lista”.
Pero el juez consideró que esa norma no puede aplicarse para quien encabeza una lista, porque excede las facultades del Poder Ejecutivo y contradice el sentido de la ley de paridad de género.
“La reglamentación no sólo regula una situación por fuera de las previsiones legales, sino que, además, genera un efecto contrario al espíritu de las normas legales y constitucionales que debería reglamentar”, escribió el magistrado.
El fallo también reparó en las circunstancias en que se presentaron las renuncias: además de Espert, la alianza acompañó las de Lucía Benardoni y María Gabriela Gobea, ambas con textos “idénticos”. Para el juez, se buscó alterar la composición de género y forzar la posibilidad de que un varón encabezara la nómina.
“La intempestiva renuncia de dos candidatas mujeres fuerza una situación en la que, de no realizarse el reemplazo de Santilli por Espert, quedarían dos varones juntos al final de la lista (…), produciéndose artificialmente una aparente inconstitucionalidad similar a la declarada por la C.S.J.N.”, sostuvo Ramos Padilla.
En esa línea, citó el dictamen de la fiscal María Laura Roteta, quien advirtió que hacer lugar al planteo implicaría “tolerar que el remedio (la paridad) se vuelva en contra del propio colectivo protegido”.
Fundamentos y antecedentes
El magistrado recordó que tanto la Corte Suprema de Justicia como la Cámara Nacional Electoral ya habían declarado inconstitucional ese mismo decreto en el precedente “Juntos por el Cambio s/ oficialización de candidaturas” (2019), al resolver un caso similar sobre la lista de senadores por Neuquén.
“La función reglamentaria no autoriza el establecimiento de criterios propios del Poder Ejecutivo en cuestiones sustanciales que son competencia del legislador; máxime en materia electoral”, citó Ramos Padilla, retomando el criterio del Máximo Tribunal.
Sostuvo, además, que la vacancia de quien encabeza una lista no afecta la paridad de género y, por lo tanto, no puede ser excusa para reconfigurar toda la nómina.
“La vacancia de quien encabeza una lista de diputados no afecta la intercalación de género (…). Por lo tanto, la reglamentación del decreto, en ese caso, resulta arbitraria y totalmente desvinculada de la previsión legal”, concluyó.
La nueva lista bonaerense
De quedar firme la decisión judicial, la lista de La Libertad Avanza en la provincia de Buenos Aires deberá mantenerse casi igual que la originalmente oficializada. Tras el corrimiento natural, los primeros lugares quedarán así:
- Karina Celia Vázquez
- Diego César Santilli
- Gladys Noemí Humenuk
- Sebastián Miguel Pareja
- Johanna Sabrina Longo
El juez subrayó que este esquema respeta el espíritu de la ley de paridad y los mandatos constitucionales sobre igualdad real de oportunidades.
“Una conclusión contraria implicaría agrandar la brecha que la ley de paridad de género pretendió achicar”, remarcó.
Qué puede hacer ahora La Libertad Avanza
Tras el revés judicial, la alianza que lidera Javier Milei podrá apelar el fallo ante la Cámara Nacional Electoral, que es la instancia superior en materia electoral y podría revisar la decisión de Ramos Padilla.
Si la Cámara confirmara el criterio de Ramos Padilla, La Libertad Avanza deberá competir con la lista encabezada por Karina Vázquez, sin posibilidad de reordenar los nombres en caso de que prospere una reimpresión de las boletas de cara al 26 de octubre.