La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso extraordinario presentado por la defensa de la dirigente del Partido Obrero y legisladora porteña electa, Vanina Biasi, en su intento por llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación contra su procesamiento por presunta incitación a la discriminación.
El caso originado por posteos de la ex diputada nacional Vanina Biasi en la red social X ya tiene pedido fiscal para ser enviado a juicio oral.
¿Qué recursos quedan?
Ante esta decisión, a la defensa de Biasi, sólo le queda ir en queja directa ante el máximo tribunal del país.
Los jueces de Casación Carlos Mahiques, Juan Carlos Gemignani y Diego Barroetaveña de la Sala III, declararon inadmisible el recurso extraordinario para revisar el procesamiento por no dirigirse “contra una sentencia definitiva ni equiparable a tal por sus efectos”, requisito previsto en el artículo 14 de la Ley 48 para acceder a la Corte Suprema.
Casación también descartó que existiera una “cuestión federal suficiente” y consideró que la defensa no logró demostrar vulneración de derechos constitucionales ni “gravedad institucional” que justificara la apertura de la instancia extraordinaria.
“La causal de gravedad institucional no puede prosperar si no fue objeto de un serio y concreto razonamiento que demuestre de manera indudable su configuración”, recordaron los jueces, citando jurisprudencia del máximo tribunal.
Procesamiento firme
La resolución deja firme la decisión de la Sala I de la Cámara Federal porteña, que había confirmado el procesamiento sin prisión preventiva de Biasi, y coincide con el dictamen del Ministerio Público Fiscal y el pedido de la DAIA, que actúa como parte querellante en la causa iniciada por sus posteos considerados discriminatorias.
El delito está previsto en el artículo 45 del Código Penal y el artículo 3 de la Ley 23.592, que penaliza la discriminación.
El caso
El caso se inició a raíz de una denuncia presentada por el fiscal Carlos Stornelli, quien consideró que los posteos de Biasi contenían expresiones que “alentaban o incitaban a la persecución o al odio contra un grupo de personas a causa de su religión, nacionalidad o ideas políticas”, en violación del artículo 3° de la Ley 23.592, que sanciona penalmente los actos discriminatorios.
Esta norma prevé condenas de un mes a tres años de prisión a quienes “alentaren o incitaren a la persecución o al odio contra una persona o grupos de personas por motivos raciales o religiosos”.
Entre los mensajes cuestionados se encuentran frases como:
- “El Estado sionista es nazi por sus prácticas y su ideología”,
- “Sionismo es genocidio. Sionismo es apartheid”,
- “Los nazis sionistas necesitan destruir la ayuda humanitaria de la UNRWA”.
En total, se analizaron ocho publicaciones realizadas entre el 27 de noviembre de 2023 y el 29 de enero de 2024, todas desde la cuenta verificada de la diputada: @vaninabiasi.
Libertad de expresión o discriminación
En su defensa, Biasi argumentó que sus mensajes se enmarcan en el derecho a la libertad de expresión, y que sus críticas se dirigían exclusivamente al Estado de Israel y a sus políticas, no al pueblo judío ni a la religión. Rechazó la acusación de antisemitismo y remarcó su posición antisionista, aportando incluso informes de académicos como Gerardo Leibner y Silvina Rabinovich, así como un amicus curiae presentado por diversas organizaciones de derechos humanos.
No obstante, al confirmar el procesamiento resuelto por el juez federal Daniel Rafecas, la Cámara Federal entendió que el alcance de los mensajes publicados en redes sociales -especialmente en el contexto de un conflicto bélico, y tratándose de una figura pública como una diputada nacional- excedía los márgenes de una crítica política y podía interpretarse como un mensaje discriminatorio hacia la comunidad judía.
“Las publicaciones efectuadas por Vanina Natalia Biasi han excedido los márgenes legalmente permitidos para el ejercicio de la libertad de expresión, configurando así una conducta que encuadra, prima facie, en el tipo penal que se le atribuye”, afirmaron en esa resolución los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi.
A su vez, el camarista Mariano Llorens aportó una reflexión más amplia sobre el impacto del discurso público en redes sociales: “En el ecosistema digital que rodea nuestra vida actual, los mensajes difundidos a través de redes sociales adquieren una lógica propia que puede transformar su sentido original. […] La distinción entre semitismo y sionismo […] pierde definición cuando ingresa al juego anárquico de las redes sociales”.
También confirmaron el embargo de diez millones de pesos dispuesto en primera instancia.
Al dictar el procesamiento en primera instancia el juez Rafecas valoró un dictamen del Centro Simón Wiesenthal, el testimonio de Alejandro Finocciaro en su carácter de embajador argentino ante la Alianza Internacional para la Memoria del Holocausto ( IHRA), un informe producido por Juan Travieso, director del Observatorio por la Lucha contra el Antisemitismo de la UBA, el testimonio de María Fabiana Loguzzo, representante Especial ante la Alianza para la Memoria del Holocausto y la presentación efectuada por el Museo del Holocausto de Buenos Aires.
Rumbo al juicio oral
El fiscal federal Eduardo Taiano ya pidió la elevación a juicio oral del expediente.
En el dictamen al que tuvo acceso Quorum, Taiano sostuvo que entre noviembre de 2023 y enero de 2024, Valentina Biasi “publicó diversos mensajes en su cuenta de la red social X (@vaninabiasi) dirigidos a incitar y alentar el odio contra la comunidad judía”.
Para la fiscalía, esas expresiones constituyeron “actos discriminatorios antisemitas, de acuerdo con la definición adoptada por la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto (IHRA) y los términos de la Ley 23.592”
Taiano remarcó que los mensajes tuvieron “virtualidad suficiente para incitar el odio contra la comunidad judía” y advirtió que “la actitud de Biasi tiene una particular gravedad, atendiendo a que es una persona que ejerce la política, y como tal posee un grado de influencia y responsabilidad en sus palabras superior a la de un ciudadano común”.
El fiscal mencionó además que durante la investigación distintos especialistas, entre ellos referentes del Museo del Holocausto, coincidieron en que los mensajes publicados por Biasi “configuran actos discriminatorios antisemitas, de acuerdo a las convenciones
y estándares internacionales aplicables”.
El dictamen se presentó ante Rafecas, quien comenzó los trámites para el envío del caso a juicio oral.