La Cámara Federal porteña resolvió, por mayoría, otorgar la prisión domiciliaria a M. A. C., imputado por arrojar un objeto contundente contra una vecina en una agresión antisemita.
En primera instancia, se había rechazado su excarcelación, pero los camaristas modificaron la modalidad de detención y ordenaron su cumplimiento en un domicilio distinto al del hecho, bajo monitoreo electrónico y supervisión policial diaria.
El fallo fue firmado por los jueces Roberto Boico y Martín Irurzun, mientras que Eduardo Farah votó en disidencia.
La decisión se enmarca en una causa que investiga un presunto ataque motivado por la condición religiosa de la víctima, lo que agrava la acusación por connotación discriminatoria.
El ataque y la indagatoria
El acusado arrojó un objeto contundente contra su vecina Michelle Schmukler por su condición de judía. La víctima estaba en el patio de su casa con su bebé cuando desde arriba y al grito de «judía, judía» se produjo la agresión.
El episodio motivó una denuncia por agresión con connotación antisemita y derivó en la detención del vecino. En su declaración indagatoria, el acusado reconoció el hecho pero negó intención de causar daño grave y sostuvo que no volvió al domicilio de la víctima.

Durante la audiencia, su defensa planteó que C. carece de antecedentes penales, no evidenció riesgos de fuga ni intentos de entorpecer la investigación, y que se mantiene bajo tratamiento médico y contención familiar.
El fallo de la Cámara
Los jueces Boico e Irurzun evaluaron que, pese a no haberse definido aún la situación procesal del imputado, existen elementos que permiten morigerar la detención sin comprometer los fines del proceso.
En el voto mayoritario destacaron la ausencia de antecedentes, la colaboración del acusado y el hecho de que permanece alejado del domicilio donde ocurrieron los hechos.
Sin embargo, el tribunal reconoció “la naturaleza de la acción reprochada y el razonable temor expresado por los querellantes”, M. T. S. e I. S. B. de S., representados por el abogado Gabriel Camiser. Por eso, mantuvo la detención pero modificó su modalidad, imponiendo estrictas condiciones de control.
La resolución establece que C. deberá cumplir la prisión domiciliaria en una vivienda distinta, bajo monitoreo con tobillera electrónica, inspecciones policiales diarias y control judicial de los informes médicos.
En disidencia, el juez Eduardo Farah consideró “ajustado a derecho mantener la detención cautelar ordenada, hasta tanto se pueda reevaluar la cuestión con el panorama más completo propio de la inminente decisión de mérito”.
De esta manera, por mayoría, la Cámara Federal porteña confirmó la negativa a la excarcelación pero dispuso que M. A. C. cumpla prisión domiciliaria, con un régimen de seguimiento y control reforzado.
