Sobreseimiento por incapacidad: la situación de Pescarmona y la continuidad del debate en la Causa Cuadernos

El juicio oral por el caso Cuadernos seguirá de ahora en más con 86 acusados, entre ellos la ex presidenta Cristina Kirchner, porque el Tribunal sobreseyó por incapacidad para afrontar el debate al empresario Enrique Pescarmona, uno de los arrepentidos.

Sin embargo, sus declaraciones podrían tener validez si son incorporadas al debate por lectura, como pidieron la fiscal Fabiana León y la querella de la Unidad de Información Financiera y el Tribunal dispuso tramitar.

Se trata del primer empresario desde el inicio del juicio que logra quedar fuera del debate por motivos médicos.

En su resolución, los jueces Fernando Canero, Germán Castelli y Enrique Méndez Signori dispusieron el sobreseimiento frente a una incapacidad mental sobreviniente crónica e irreversible, por lo cual Pescarmona no será juzgado.

El Tribunal había dado intervención antes de decidir al Cuerpo Médico Forense, que el 3 de noviembre examinó a Pescarmona junto con los peritos propuestos por la defensa, en su casa.

El informe final describió que el empresario de 84 años no está en condiciones de afrontar un juicio oral.

Pescarmona nunca se conectó a las audiencias que comenzaron el 6 de noviembre porque su abogado Marcelo Nardi pidió que se lo exima hasta que se resuelva su situación.

Acuerdo de todas las partes

Con esos elementos, la fiscalía sostuvo que debía “declararse configurada una incapacidad mental sobreviniente” y consideró acreditado un “cuadro clínico crónico e irreversible que impide su comparecencia o intervención válida en este debate”.

La UIF acompañó el criterio y pidió -igual que la fiscalía- que se incorporaran por lectura la indagatoria y los descargos del empresario.

En su voto, el juez Méndez Signori afirmó que “el tenor y la contundencia de las conclusiones arribadas en el informe médico (…) inclinan la decisión en el sentido propuesto por las partes acusadoras”.

Señaló además que la acreditación del cuadro irreversible “impide su comparecencia o intervención válida en este debate” y que la solución del artículo 336 inciso 5 evita “suspender el trámite y realizar un nuevo examen”, permitiendo concluir el proceso con criterios de “celeridad y economía procesal”. Agregó que el caso se alinea con precedentes de la Corte Suprema como “Tarifeño” y “Mostaccio”. Los jueces Canero y Castelli adhirieron a ese voto.

El Tribunal resolvió sobreseer a Pescarmona y dispuso que en el incidente correspondiente se provea la incorporación por lectura de su declaración indagatoria y descargos, como solicitaron la fiscalía y la UIF.

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