El juez federal Daniel Rafecas resolvió declarar clausurada la instrucción y elevar a juicio oral la causa contra la diputada porteña Vanina Biasi, imputada por el delito de incitación a la discriminación. La decisión se apoya en una serie de publicaciones realizadas en la red social X (ex Twitter) que, según el magistrado, excedieron los márgenes de la libertad de expresión para configurarse como discursos de odio dirigidos contra la comunidad judía.
El origen del conflicto: ocho posteos bajo la lupa
La causa se inició a partir de una denuncia del fiscal Carlos Stornelli, motivada por manifestaciones de la actual legisladora porteña y ex diputada nacional Vanina Biasi vinculadas al conflicto en Medio Oriente y a los ataques del 7 de octubre de 2023. En total, se imputaron ocho publicaciones realizadas entre noviembre de 2023 y enero de 2024.
Entre los mensajes considerados más relevantes por la justicia se destacan:
- La afirmación de que la historia de la niña Emily Hand, secuestrada por Hamas, era una “construcción de la narrativa sionista”.
- La calificación del Estado de Israel y del sionismo como “nazi”, “genocida” y responsables de un “apartheid”.
- La comparación de la situación humanitaria en Gaza con los campos de concentración nazis, atribuyendo al “sionismo” prácticas de exterminio.
Los fundamentos del fallo: de la crítica política al antisemitismo
Al resolver la elevación a juicio, Rafecas sostuvo que las expresiones analizadas no constituyen meras críticas a políticas de un gobierno extranjero, sino que demonizan y deslegitiman al Estado de Israel y al movimiento sionista en su conjunto, proyectando esos juicios sobre un colectivo entero.
Para arribar a esa conclusión, el fallo se apoyó en estándares internacionales:
- Definición de la IHRA: Argentina adoptó la definición de antisemitismo de la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto, que considera antisemita comparar la política actual de Israel con la del régimen nazi.
- Test de las “3D”: el tribunal entendió que los mensajes incurren en demonización, deslegitimación y doble estándar respecto del Estado judío.
- Plan de Acción de Rabat: se ponderó la identidad de la oradora —dirigente política nacional—, el uso de una red social de alcance masivo y el contexto de extrema tensión social, concluyendo que las publicaciones tenían potencial para incitar al odio.
La defensa: “antisionismo no es antisemitismo”
La defensa de Biasi argumentó que sus dichos se encuentran amparados por el derecho a la libertad de expresión y que su posición es estrictamente política. Sostuvo que el sionismo es una corriente nacionalista susceptible de crítica sin que ello implique odio hacia el pueblo judío o su religión.
Incluso aportó informes de especialistas que señalaron que términos como “judeonazi” fueron utilizados en el pasado por intelectuales israelíes para cuestionar determinadas políticas estatales. Sin embargo, el juez rechazó el pedido de sobreseimiento y remarcó que la responsabilidad de una figura pública es mayor, especialmente cuando sus palabras interpelan a colectivos enteros como si fueran homogéneos y refuerzan estereotipos hostiles.
El camino hacia el juicio oral
La defensa también planteó la incompetencia del fuero federal y solicitó el traslado de la causa a la justicia de la Ciudad de Buenos Aires. No obstante, la Cámara Federal de Casación Penal ratificó la competencia federal, al considerar la gravedad de los hechos y la relevancia nacional de la imputada.
En su conclusión, el fallo subraya que solo un juicio oral y público permitirá el adecuado debate entre las posiciones enfrentadas y definirá si el discurso atribuido a Biasi debe ser sancionado penalmente conforme a la Ley 23.592 de Actos Discriminatorios.
En términos jurídicos, la resolución propone una línea clara: la libertad de expresión es un pilar de la democracia, pero no es un derecho absoluto. Cuando el discurso deja de proteger la diversidad de ideas y se convierte en una herramienta que lesiona la dignidad y la igualdad de un grupo determinado, el Estado -a través de la ley penal- interviene para preservar la convivencia democrática.
