El Gobierno diseñó un proyecto que promete modificar de raíz las condiciones de contratación, la negociación colectiva y el rol sindical. Durante la definición de los artículos finales, convivieron tensiones internas, presiones de Gobernadores y un objetivo explícito: crear un régimen más flexible para los nuevos empleos sin alterar los derechos adquiridos.
La reforma laboral preparada por el Gobierno nacional reavivó el fuego del oxidado debate por los derechos adquiridos, la litigiosidad, la jornada laboral y las vacaciones, entre otros puntos clave. La mesa chica del oficialismo considera que está ante la oportunidad política más relevante desde el inicio de la gestión: un cambio estructural que redefina las reglas del trabajo para el futuro.
En esa línea, el Poder Ejecutivo sostiene que el nuevo esquema será la llave para “blanquear trabajadores que hoy están contratados en la informalidad, generando así unos 3,6 millones de nuevos empleos en el sector formal”. Esa cifra, que figura en todos los borradores, es el motor discursivo del proyecto que a partir de diciembre el Gobierno intentará aprobar.
“Quienes hoy están empleados no perderán ningún derecho, pero se creará un régimen flexible para quienes creen puestos de trabajo”, adelantó el ministro Luis “Toto” Caputo, en una de las reuniones técnicas. Al mismo tiempo, el Gobierno quiere separar la discusión política del debate jurídico: presentar el texto como una modernización necesaria para bajar la litigiosidad, acelerar las contrataciones y achicar costos sin desarmar el andamiaje histórico de la Ley de Contrato de Trabajo para quienes ya están dentro del sistema.
Ese enfoque explica por qué la reforma incluye un capítulo específico para nuevos empleados, donde aparecen los trazos más fuertes del proyecto: contratos promocionales para el blanqueo, registración simplificada, libertad contractual y un nuevo ius variandi que habilitará ajustes en tareas y modalidades según necesidades productivas. La consigna que repiten en la mesa de trabajo es que Argentina debe pasar “de la cultura de la inflación hacia la cultura de la productividad”.
Tickets canasta, salarios por productividad y banco de horas
En paralelo avanza una batería de medidas que ya están redactadas y que generan resistencias en la CGT y en algunos bloques legislativos. El polémico regreso de los tickets canasta -con vales de comida sin carácter remunerativo ni aportes a la seguridad social- asoma como un guiño directo a las cámaras empresarias, y no a los asalariados. El proyecto también pretende instalar el concepto de “salarios por productividad”, donde los aumentos dependerán del mérito individual, la situación económica de cada empresa y del sector, con componentes variables del sueldo (aunque -aclaran- no será obligatorio).
La reforma incorpora un esquema de mayor flexibilidad en la jornada laboral, otro aspecto que genera ruido. La letra del borrador indica que la nueva ley permitirá extender horarios siempre que se garanticen doce horas de descanso entre turnos. En esa misma lógica, se habilita el “banco de horas”, que permitirá compensar días con más trabajo con otros de menor carga, siempre dentro del tope de 45 horas semanales.
El capítulo sobre vacaciones también se reescribe: podrán fraccionarse en tramos de al menos una semana y se exigirá que siete días sean otorgados en verano. A su vez, se evaluará modificar el período legal vigente. El espíritu de estos cambios es acompañar los ciclos productivos y permitir una administración más flexible, aunque desde el sindicalismo temen que se transforme en un mecanismo de presión para escalonar las vacaciones en función de los picos de trabajo.
Uno de los puntos más tensos de la iniciativa está en el fin de la ultraactividad sindical. El texto prevé que los convenios colectivos no se mantengan vigentes automáticamente y que sólo las normas de condiciones de trabajo continúen hasta que haya un nuevo acuerdo, mientras que todo lo demás requerirá prórroga o aceptación expresa. Al mismo tiempo, se establece que la negociación individual por empresa tendrá prioridad sobre los convenios por actividad y que deberán considerarse las particularidades regionales y productivas. Se trata, quizá, de uno de los puntos más criticados por las centrales obreras, que advierten sobre una fragmentación del poder de negociación.
En materia sindical, el Gobierno planea fijar una regla taxativa: “Los aportes sindicales sólo se harán con autorización expresa del trabajador”. Ese punto implica el fin de los descuentos automáticos en los sueldos y se complementa con la eliminación de las cuotas compulsivas, que solo se aplicarán a los afiliados. Para los no afiliados, se terminará la financiación indirecta de las estructuras gremiales. A su vez, se plantean límites a los delegados en empresas y restricciones a las asambleas internas, que quedarán prohibidas sin autorización previa.
El capítulo institucional suma un componente clave: el derecho a huelga con coberturas mínimas. En los servicios esenciales -salud, educación, transporte y telecomunicaciones- deberá garantizarse un 75% de actividad. Y en los considerados “de importancia trascendental”, como bancos, industria, alimentos o medios, el piso será del 50%.
Otro aspecto destacado es la digitalización. La reforma promete eliminar trámites presenciales y simplificar la contratación laboral. En la Casa Rosada repiten que “en 24 horas se podrá contratar un empleado”. También señalan que eliminarán la obligación de acudir a contadores o abogados para registrar una empresa. En esa misma línea, piensan terminar con la matrícula profesional obligatoria en distintos colegios para ejercer ciertas actividades.
La economía digital también tiene su capítulo importante: se creará un estatuto para distribuidores independientes de plataformas, un viejo reclamo de empresas como Rappi, Pedidos Ya y Mercado Libre. La idea es evitar que esos trabajadores queden atrapados entre la informalidad y la imposibilidad de ingresar a un régimen clásico.
El rediseño también trata el teletrabajo: se derogará la ley actual y se la reemplazará por un esquema más flexible pactado entre empleador y trabajador. El Gobierno sostiene que esa normativa quedó desfasada respecto de la dinámica actual.
La letra chica jurídica de la “modernización laboral”
Al mismo tiempo, los equipos técnicos discuten la arquitectura jurídica del proyecto de “modernización laboral”: contratos promocionales, reglas antifraude, un nuevo esquema de despidos con justa causa y un marco para daños dolosos en medidas de fuerza; una reformulación del artículo 245 de la LCT para despidos sin causa; la limitación de la tutela sindical y la redefinición de mandatos; y un sistema de representación que incorpore criterios de proporcionalidad.
La discusión técnica avanza al mismo tiempo que se ordenan algunas tensiones internas. Una fuente cercana a las negociaciones reconoce a Quorum que “la negociación está avanzando” y que actualmente cuentan con “la mitad de los Gobernadores que se necesitan”. También explica que, tras el recambio legislativo, habrá “traspasos del PRO” y deslizamientos de legisladores provinciales que “van a volcarse al partido oficialista”. Según entiende, un Parlamento con mayor equilibrio permitirá destrabar la reforma.
Sin embargo, confiesa que el principal ruido está adentro: “Acá el problema no son los borradores, el problema son las internas”. En esa línea, detalla una disputa entre la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, y el secretario de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, Julio Cordero, quienes representan una posición moderada, y Federico Sturzenegger, quien empuja una línea más dura. Según esa lectura, “Federico está en la posición de ‘pongámoslo en el máximo nivel de exigencia porque después nos van a pedir cosas’”, mientras que “Sandra y Julio hacen todo lo posible porque los derechos fundamentales del trabajador no se comprometan”, reconoce el vocero que integra la mesa de negociaciones. El argumento es simple: cualquier riesgo sobre esos derechos podría generar una resistencia social que exceda el conflicto sindical.
“Yo creo que los derechos fundamentales del trabajador no tienen nada que ver con la productividad en la Argentina”, admite la misma fuente. El razonamiento es que el desafío no pasa por recortar garantías históricas, sino por “poner las cosas en orden” y adaptar el sistema laboral a un país donde la tecnología y las nuevas modalidades de empleo avanzan más rápido que la legislación.
La moderación, según esas fuentes, está en línea con lo que piensa Javier Milei. “El Presidente está en una posición más moderada porque él sabe que la moderación les va a llevar al acuerdo con los gobernadores”. La contracara es Sturzenegger, quien “dice que con eso no se van a lograr los objetivos”.
El veredicto de los laboralistas: anacronismo, crecimiento y blanqueo
En ese escenario, abogados laboralistas consultados evaluaron los primeros borradores planteando dudas sobre el alcance real de algunas figuras nuevas, mientras la oposición prepara su propia iniciativa para el debate parlamentario.
“La reforma es imprescindible por el cambio que han impuesto las nuevas tecnologías porque la ley de contrato de trabajo tiene cincuenta años”, plantea Julián de Diego, especialista en derecho laboral y empresarial, y agrega: “Hablar de legislación laboral y decir que nuestra legislación sigue siendo la de la posguerra es de un anacronismo total”.
En esa línea, advierte que “cuando uno mira en detalle la ley del contrato de trabajo, se puede advertir con bastante facilidad, que el 70 por ciento no se aplica, por el anacronismo que hay entre los que la pensaron en su momento, que, cuando se hizo fue una revolución, pero que ahora ya está totalmente superada por los acontecimientos”.

Desde esa mirada, entiende que el eje no pasa sólo por una cuestión política sino por la vía jurídica. De Diego remarca que “hay que aprobar por ley, porque la Constitución nacional, en el artículo 75 inciso 12 estableció con muchísima claridad que la legislación laboral de fondo, o sea, la ley de contrato de trabajo, la ley de asociaciones sindicales, la de convenios colectivos, forma parte del código de trabajo, y la única autoridad para dictar las normas pertinentes es el congreso nacional”.
Por eso, insiste en que “no hay alternativa de hacer cambios tan importantes, si no es a través de una ley del parlamento”, incluso cuando el Gobierno proyecta sesiones extraordinarias y una negociación fina con los gobernadores.
Juan Manuel Martínez Chas, abogado laboralista y asesor de la Federación Marítima Portuaria, pone un paño frío al proyecto de reforma laboral. Dice que, a diferencia de las versiones que circulan, “no hay un proyecto para hablar seriamente de cuáles serían los puntos. “Sí, hay borradores que están dando vueltas por ahí, sin firma”, señala.
Según su lectura, “no se puede hablar antes de que haya un proyecto. Hay trascendidos y hay algunas voces autorizadas que hablan o ponen arriba la mesa algunos temas”, pero sin un texto consolidado que permita medir con precisión el alcance de cada reforma.
De Diego, por su parte, entiende que es una de las principales reformas que encarará el Gobierno en la segunda etapa de su mandato. “La sociedad va a apoyar porque, digamos, todo lo que viene depende de un solo factor, y el factor que está faltando es el crecimiento”, sostiene.
Sin esa condición -advierte-, “ninguna de estas reformas va a tener éxito ni va a tener ninguna posibilidad de que tenga una concreción efectiva”. Lo que está en juego, dice, es que “Argentina recupere la confianza que perdió después de 40 o 50 años de estar defraudando la confianza”.
De Diego intenta desarmar el temor al recorte o la pérdida de derechos con una lectura que ubica a los empleados formales en el centro de los beneficios potenciales: “Las tres cosas que da la reforma para el trabajador, si nos concentramos en él, es la empleabilidad. La empleabilidad es las capacidades, los conocimientos y la preparación que tiene el trabajador para enfrentar las nuevas tecnologías. Y esa preparación se la están dando las empresas”. Esa lógica se apoya en un mercado donde “el crecimiento hoy no se consigue dentro de la misma organización, sino que saltando de una a otra”, en un contexto en el que “la mayoría de nuestros trabajadores jóvenes no tienen más de dos años de antigüedad, promedio”.
El abogado destaca también el punto del blanqueo y la regularización de los trabajadores no registrados. “Uno de los grandes capítulos de esta reforma laboral es el blanqueo, que tiene una característica que va a ser nueva, insólita, y que puede ser que le dé el éxito oportunidades”, afirma. Y agrega que “el empleador que se quiera poner en blanco y el trabajador que quiera incorporarse a la registración no va a perder absolutamente ningún derecho y, al contrario, se le va a asegurar esa incorporación sin que tenga un costo adicional. Eso por un plazo, por supuesto, los primeros dos años”.
Para De Diego “el segundo gran capítulo para beneficio de la gente es el factor regularización, porque la regularización hoy representa nada más y nada menos que diez millones de personas”.
La industria del juicio
Juan José Etala, abogado asesor de empresas, director de la revista Derecho del Trabajo de la Ley y presidente del Departamento de Política Social de la UIA, advierte que la regularización puede tener límites estructurales cuando toda la actividad del empleador que tiene trabajadores no registrados opera en la informalidad. Desde su experiencia, marca que no resulta imaginable que una empresa regularice personal “si su actividad general no está registrada porque si tiene diez trabajadores y compro en negro y vendo en negro no va a registrar ya que no puede justificar el motivo por el cual tiene diez trabajadores si no tiene actividad: ¿Para qué va a blanquear?. En ese marco, quizás pueda regularizarse parte de los salarios o parte del personal, depende de lo que tenga, pero no va a regularizar una empresa si tiene el cien por ciento en negro”.
A la vez, Etala señala que una reforma puede ser una oportunidad concreta para atacar un fenómeno que se conoce como “la industria del juicio laboral». Para él fue algo descomunal lo que pasó en los últimos años, muchas veces con “la pasividad de algunos jueces que parecen no medir las consecuencias de esas sentencias”.

Para graficar el impacto de algunas sentencias, resume: “No se le puede pedir a una pyme que tenga que pagar una indemnización de 300 o 500 mil dólares porque sería llevarla a la quiebra”. Según su mirada, “han vuelto a trabajadores millonarios y abogados de actores multimillonarios», y allí ubica la necesidad de ordenar criterios indemnizatorios y conceptos remunerativos para bajar la litigiosidad.
Las multas de la Ley 24.013 fueron aplicadas en forma excesivamente amplia e indiscriminada y ahora que las derogaron a “algunos jueces parece no haberles gustado” y han empezado a aplicarlas de forma indirecta a través de los daños y perjuicios.
Asimismo consigna que hay aspectos de la ley de contrato de trabajo y de derecho colectivo de trabajo que también deberían adaptarse a la actual realidad y tornar posible “una negociación colectiva más ágil y permanente y no limitada solo a incrementos salariales”.
Desde la vereda sindical, Martínez Chas discute que la reforma, tal como está planteada, pueda presentarse como una herramienta contra la informalidad o a favor del empleo de calidad. “No hay nada que nosotros podamos decir que tenga que ver con una propuesta dirigida a la creación de empleo, igual con base a la informalidad laboral”, sostiene. Y recuerda que “hace poco más de un año y medio, hubo una reforma de la ley bases donde se eliminaron las multas por trabajo no registrado, y eso no trajo un correlato de mayor registración”. Por eso entiende que “lo que se intenta es bajar estándares en algunos institutos del derecho del trabajo”.
Otro eje de la reforma, según la lectura de De Diego, tiene que ver con la salida del esquema clásico de paritarias atravesadas por la inflación. “Y después hay un tercer capítulo, que es salir de la cultura de la inflación, de los convenios colectivos, y pasar al famoso salario dinámico, que es el salario por productividad”, explica el especialista en derecho laboral.
Ese “salario dinámico” se basa en que “cuando la realidad llegue a la inflación cero, los convenios colectivos ya no se pueden actualizar más, porque se actualizan por inflación. Y, entonces, hay que reemplazar la inflación por productividad”.
El secreto del salario dinámico “es premiar al trabajador que mejora su rendimiento, su productividad, que no tiene ausentismo, que tiene proactividad, que tiene iniciativa. Y eso se va a medir con mediciones aritméticas, no con evaluaciones discrecionales”.
Etala, por su parte, habla de la competitividad del aparato productivo y el contexto tributario que lo rodea. “El sistema productivo argentino necesita ser competitivo, porque hoy competís -plantea-. Y aunque “acá tenes varios problemas impositivos que deberían corregirse”, se detiene en uno en particular: “Para mí, el peor es ingresos brutos”, que es provincial y diferente entre cada provincia y actividad, por su efecto cascada en la cadena de valor. Ese diagnóstico se cruza también con el mapa desigual entre municipios donde “en algunos se paga el 0,7 de tasa de seguridad e higiene y en otros hasta el 7%. Entonces, el que puede hace lo posible para mudarse”..
De Diego también rescata que el borrador incorpora figuras específicas frente a fenómenos extendidos como el pluriempleo y la polivalencia, siempre sobre la base de límites de descanso. “La cláusula de pluriempleo dice que la persona, técnicamente hablando, aunque tenga dos o tres trabajos, no puede dejar de tener 12 horas de descanso entre el fin de una jornada y el comienzo de la siguiente”. En paralelo, destaca que “se incluyeron tres cláusulas muy detalladas de polivalencia funcional” para que el trabajador tenga más de un oficio y “mayor empleabilidad también”. Sin embargo, vuelve a atar cualquier promesa a la economía: “Ahora, es música para los oídos de cualquiera, siempre y cuando haya crecimiento. Si no hay crecimiento económico, todo esto no sirve para nada”.
Constitucionalidad y derecho de huelga
Martínez Chas, en cambio, observa con preocupación cuestiones relacionadas con los derechos de los trabajadores. Por ejemplo, el fondo de cese o fondo de desempleo, que habilita esquemas de capitalización previa para cubrir despidos. A su entender, “si vos establecés una suma determinada, un porcentaje del sueldo que debe pagar el empleador para después, en el momento que quiere disponer de tu puesto de trabajo, decirte, tomá, retirá tu fondo y está terminado el tema”, se produce “un problema constitucional grave”.
En ese punto, sostiene que “el objetivo es debilitar la legislación laboral en general”, porque “se va terminar pagando la indemnización” con recursos que, en los hechos, habrían salido del propio salario del trabajador.

Sobre ese mismo plano jurídico, responde Martínez Chas: “Desde mi punto de vista, es inconstitucional en varios aspectos y también, como dicen los abogados ahora, es inconvencional”. El eje de su crítica son las normas constitucionales e internacionales que protegen al trabajador, ya que “las convenciones internacionales de derechos humanos y sociales y los convenios de la OIT han quedado incorporados como plexo normativo a nuestra constitución, por vía del artículo 75, inciso 22”.
La discusión por el alcance del derecho de huelga y las restricciones a las medidas de fuerza también despierta lecturas cruzadas. Mientras el borrador oficial apunta a fijar pisos de prestación en “servicios esenciales”, Martínez Chas recuerda que “se vuelve a insistir con el criterio de esencialidad del derecho de huelga casi para todas las actividades”, aun cuando ya hubo decisiones judiciales que cuestionaron ese enfoque.
Para él, este es otro ejemplo de una orientación que “debilita la legislación laboral en general” y abre una nueva etapa de “vaivén por parte de los tribunales”, similar a la de los años noventa.
El rol del sindicalismo aparece como una variable clave en la implementación de cualquier reforma, tanto en el terreno de la negociación colectiva como en el de la conflictividad social. Etala advierte que “el sindicalismo te puede bancar reformas individuales del derecho individual, pero no te va a bancar derechos colectivos, sobre todos a los que la afectan económicamente”. Aun así, recuerda que, frente a la Ley Bases, “el sindicalismo se opuso» pero después terminaron aceptando.
De Diego insiste con una mirada más positiva, con una lógica más amplia de recomposición del salario y del mercado de trabajo. “Bueno, la recuperación del salario es automática con el crecimiento”, responde. “Cuando tenés crecimiento, tenés varias alternativas de trabajo, ¿no? Lo que se llama libre disponibilidad, y, cuando tenés dos o más alternativas de trabajo, automáticamente los salarios suben en el mercado”.
Ese juego de oferta y demanda se refleja en nichos como la industria petrolera, donde -grafica- “un cementador, que es un obrero está entre nueve y diez millones de pesos por mes de sueldo”, porque “en el mercado no hay disponibilidad, no hay gente que tenga disposición para estar en un yacimiento”.
De Diego asegura que “el sindicalismo no es representativo de las necesidades de la gente”, y que, por eso, “la gente ha hecho” de la calle un canal alternativo para reclamar. “Hoy hablás con cualquier dirigente sindical importante y te dice que tiene una distancia muy considerable respecto de las bases, y las bases dicen, mirá, mi secretario general, yo no lo veo ni en figuritas”.
El especialista indica que la caída en la afiliación es real: “Nosotros llegamos a tener índice de afiliación más alto de Latinoamérica, casi el 70 por ciento, y en este momento estamos en menos del 25”.
Frente a ese escenario, Martínez Chas vuelve sobre la naturaleza misma del derecho laboral y los límites de cualquier reforma. Recuerda que “el derecho del trabajo es un derecho que fue creado diferenciándose del derecho civil para tutelar al trabajador”, porque “en materia de derecho laboral, digamos, el trabajador y el empleador no están en igualdad de condiciones para negociar”. Si ese equilibrio se rompe, advierte, “si esto se desbalancea demasiado, el derecho del trabajo deja de ser derecho del trabajo. No tiene sentido hablar de un derecho protector”. De allí su insistencia en que “el diálogo social es la mejor herramienta para producir de formas más tranquilas, más dialogadas, y bueno, que después puedan tener sustentabilidad en el tiempo”.
Su diagnóstico de los principales aspectos de los borradores es terminante: “No veo ningún aspecto positivo. Inclusive, lo que podría haber sido un aspecto positivo, que es, por ejemplo, regular el tema del trabajo lo enmascaran con el tema de que eso va a generar formalidad y va a generar más empleo”. Y concluye: “En lo que está dando vuelta, la verdad que yo no le veo nada positivo. Trato de buscar, trato de ver, pero me parece que la orientación es mala y la verdad que no rescato nada. Me parece que probablemente sea un globo de ensayo que se haya tirado”.
Con el proyecto listo, el Gobierno promete presentar una reforma integral que llegue al Congreso con un mensaje claro. El objetivo no es menor: modificar estructuralmente el sistema de trabajo argentino sin provocar un estallido social incontrolable. Para eso, la clave será sostener la frase que el propio oficialismo repita como garantía: “Quienes hoy están empleados no perderán ningún derecho”. Veremos.
