La Corte Suprema de Justicia rechazó los planteos de tres acusados que buscaban frenar la causa por el incendio del depósito de Iron Mountain en el que murieron ocho bomberos y dos rescatistas de Defensa Civil. Con esta decisión, el juicio oral y público continúa para los 18 imputados.
En la mañana del 5 de febrero de 2014 se inició el fuego en el depósito que la empresa Iron Mountain tenía en Azara 1245, donde guardaba documentación de distintas compañías. Sonó la alarma, tres empleados intentaron apagar las llamasy una hora después, mientras bomberos y personal de Defensa Civil combatían el fuego, se derrumbó una de las paredes.
Murieron aplastados Leonardo Day, Anahí Garnica, Eduardo Conesa, Damián Véliz, Maximiliano Martínez, Juan Monticelli, José Luis Méndez Araujo, Sebastián Campos, Pedro Báricola y Franco Ambrosi.
Recién en diciembre de 2022, la Cámara del Crimen confirmó el procesamiento de los 18 imputados por incendio culposo seguido de muerte y lesiones culposas. Según ese fallo, hubo falencias del Estado en el control del funcionamiento del depósito y es por eso que entre los acusados hay directivos de la empresa y ex funcionarios de la Dirección General de Fiscalización y Control del gobierno porteño.

El camino hasta la Corte
Con la causa ya en etapa de juicio, el Tribunal Oral en lo Criminal 18 rechazó el 28 de abril de 2025 los pedidos de las defensas: tanto los que planteaban la extinción de la acción penal por prescripción como los que alegaban que la acción penal había dejado de subsistir por la violación del plazo razonable. En junio de ese año, la Sala de Turno de la Cámara de Casación ratificó lo resuelto.
Las defensas presentaron entonces recursos extraordinarios que, al ser denegados, llegaron en queja a la Corte. El máximo tribunal, con los votos coincidentes de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rozenkrantz y Ricardo Lorenzetti, desestimó las presentaciones de las defensas de Eduardo Alfredo Sueyras Parra, Guillermo Lockhart y Matías Marquina, que pedían que se declarara la prescripción y se reconociera la violación de garantía de plazo razonable. El rechazo fue por cuestiones formales: las presentaciones no cumplían con la acordada que regula este tipo de recursos.
