Un hombre con prohibición de acercarse a su madre volvió a su casa, la amenazó y le reclamó dinero. Días después de que le colocaran una tobillera de geoposicionamiento, la rompió y regresó al domicilio, donde lo detuvo un policía de consigna fija. Terminó condenado a tres años de prisión efectiva.
La Justicia porteña acordó tres años de cumplimiento efectivo para un hombre que desoyó una restricción de acercamiento y contacto, volvió a la casa de su madre para amenazarla tras destruir la tobillera de geoposicionamiento que le habían colocado para controlarlo. La pena se fijó mediante un juicio abreviado impulsado por la Fiscalía Penal, Contravencional y de Faltas 31, a cargo de Rosario Selvatici.
La investigación comenzó con un llamado al 911 de la propia madre del imputado: su hijo se había presentado en su domicilio pese a la medida dispuesta por un juzgado civil, que ella misma había pedido, alarmada por las consecuencias del consumo problemático de sustancias del joven.
La advertencia judicial no fue suficiente: el hombre regresó con amenazas y reclamos de dinero, y la mujer lo denunció otra vez. Entonces, la Fiscalía le impuso una tobillera de geoposicionamiento. A los pocos días, el imputado la rompió, la descartó, y volvió a la casa de su madre.
Esta vez la fiscalía ya había previsto ese riesgo. Desde que se detectó la rotura del dispositivo, había dispuesto una consigna fija en el domicilio, y fue un oficial de la Policía de la Ciudad que cumplía esa función quien lo detuvo.
Tras la detención intervino la Unidad de Flagrancia Sur, que, a instancias de la auxiliar fiscal Paula Cevasco, pidió la prisión preventiva que concedió la jueza a cargo del Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas 21, Paula Núñez Gelvez.
El el curso del expediente se verificó que el acusado cargaba con una pena en suspenso por desobediencia, amenazas coactivas y lesiones leves, dictada por un Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional.
Por eso, el acuerdo alcanzado fue de pena unificada de tres años, que comprende resistencia y desobediencia a la autoridad en concurso ideal con amenazas simples; desobediencia a la autoridad en concurso real con evasión en grado de tentativa; y desobediencia a la autoridad en concurso real con violación de domicilio y daño agravado.
