La Corte Suprema de Justicia de la Nación firmó una acordada que define un protocolo específico para garantizar la resolución de causas cuando no se logra la mayoría legal requerida. El 29 de diciembre, su cuarto integrante Juan Carlos Maqueda deja el cargo por cumplir 75 años.
Lo importante
El protocolo define un mecanismo para designar con agilidad conjueces ya sea por recusaciones, excusaciones, licencias, vacancias o divergencias de criterio entre los miembros. Este procedimiento está establecido en el marco del artículo 22 del decreto-ley 1285/58 y normas complementarias como la Ley 26.183.
Se resolvió «a fin de dotar de mayor celeridad al
procedimiento de designación de conjueces en el marco de las
causas judiciales que tramitan» ante el máximo tribunal.
El mecanismo se activa cuando, al finalizar la circulación de un expediente, el secretario interviniente detecta la falta de mayoría legal.
Según lo dispuesto, se debe informar a los jueces de esta situación por escrito, sin interrumpir el trámite normal de la causa. Una vez transcurridos quince días hábiles desde el aviso, y si no hay instrucciones en contrario de la mayoría de los jueces habilitados, el secretario dicta una providencia que dispone la integración del Tribunal.
La acordada fue firmada por los ministros Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz.
Contexto
Según la acordada se convocará convoca a las partes a una audiencia donde se realizará el sorteo de conjueces, conforme al procedimiento del artículo 22 del decreto-ley 1285/58. En ella se especifica la fecha y hora de la audiencia, y se solicita a las partes que informen en un plazo de 72 horas los datos personales de los asistentes.
En los casos análogos, se establece que un mismo conjuez será designado por sorteo para todas las causas relacionadas. Para ello, se notifica a todas las partes involucradas de las distintas causas sobre la providencia de convocatoria, garantizando transparencia en el proceso.
El vencimiento de los plazos y la notificación al Ejecutivo
Además, la Corte Suprema ha decidido poner en conocimiento del Poder Ejecutivo Nacional y del Honorable Senado de la Nación que los plazos legales de las designaciones de conjueces, realizados bajo el artículo 22 del decreto-ley mencionado, se encuentran vencidos. Este señalamiento es crucial para garantizar que se mantenga la lista de conjueces actualizada y operativa, evitando la parálisis judicial ante casos complejos.
Disidencia de Lorenzetti
El cuarto integrante del máximo tribunal Ricardo Lorenzetti votó en disidencia y remarcó que la acordada resuelta por sus pares afecta «la seguridad jurídica».
«Cuando no hay mayorías, los jueces de la Corte deciden en ese caso designar un conjuez entre los presidentes de las Cámaras Nacionales. Esta es la regla histórica. Lo que está en discusión en esta acordada es algo diferente: establecer como regla general una suerte de sustitución de los jueces por conjueces, lo que afecta los precedentes, porque cambiarán
permanentemente, afectando la seguridad jurídica»
Cómo sigue
Con la salida de Maqueda del máximo tribunal del país por alcanzar la edad prevista legalmente para jubilarse y sin definiciones aún sobre los nombramientos del juez federal Ariel Lijo y de Manuel García Mansilla propuestos desde el gobierno de Javier Milei, el cuerpo funcionará con tres miembros en los inicios del 2025.
Se trata de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.