Los seis integrantes del Tribunal de Apelaciones se reunieron este miércoles de manera urgente y concedieron la licencia que pidió el magistrado Ariel Lijo, designado en comisión en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Lo que importa
Los jueces de las dos salas de la Cámara con sede en el segundo piso de Comodoro Py fueron convocados por el presidente del Tribunal Mariano Llorens y desde las 11 hasta poco antes del mediodía analizaron la solicitud formal de licencia extraordinaria presentada por el juez federal Ariel Lijo a media mañana.
Los camaristas Mariano Llorens, Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi, Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico decidieron por unanimidad conceder licencia extraordinaria a Lijo como titular del juzgado federal 4 de Comodoro Py 2002.
Los magistrados firmaron una acordada, la número 1 de 2025, donde resolvieron «hacer lugar a la petición de la referencia en los términos en los que fue realizada»
Lijo solicitó a la Cámara «la concesión de licencia extraordinaria sin goce de haberes para asumir como Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en virtud de la designación en los términos del artículo 99, incisos 4 y 19 de la Constitución Nacional, efectuada por decreto del Poder Ejecutivo Nacional N 137/2025 del 25/2/2025»
Se trata de una licencia sin goce de sueldo en el juzgado al que llegó por concurso dos décadas atrás
Los camaristas remitieron copia de su decisión a la Corte Suprema de Justicia y la comunicaron al Consejo de la Magistratura.
Contexto
El presidente Javier Milei firmó el decreto simple donde designó en comisión hasta fines de noviembre próximo al juez federal Ariel Lijo y al abogado y catedrático Manuel García Mansilla en la Corte Suprema de Justicia, para completarla y llevar a cinco a sus integrantes.
El decreto 137/2025, publicado en el Boletín Oficial, oficializa estas designaciones en comisión hasta el final del próximo período legislativo.
Durante este período, el Gobierno continuará buscando la aprobación definitiva de los pliegos por parte de la Cámara alta.
La Constitución Nacional, en su artículo 99, inciso 19, faculta al Presidente a realizar nombramientos en comisión durante el receso del Senado.
Cómo sigue
Al haberse concedido la licencia, Lijo quedó en condiciones de prestar juramento como ministro de la Corte en reemplazo de la vacante generada por renuncia de Elena Highton de Nolasco
