El femicidio como agravante fue incorporado al Código Penal en diciembre de 2012. En nuestro país una mujer es asesinada cada 33 horas. En enero pasado el Gobierno anunció la idea de eliminar esta figura del Código Penal. Qué dicen los que están a favor y qué argumentan los que están en contra.
La propuesta del Gobierno de Javier Milei de eliminar la figura del femicidio despertó una fuerte polémica en la Justicia e instaló una nueva grieta con muchas voces críticas y otras tantas a favor.
El viernes 24 de enero el ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, anunció un proyecto para eliminar el agravante por femicidio del Código Penal. De esa manera encendió un intenso debate en la opinión pública que todavía no terminó.
“Esta administración defiende la igualdad ante la ley consagrada en nuestra Constitución Nacional. Ninguna vida vale más que otra”, explicó desde su cuenta de la red social X, en sintonía con el fuerte discurso que días antes había pronunciado el presidente en el Foro Económico Mundial de Davos.

En América Latina, con excepción de Cuba y Haití, existe el agravante por femicidio. Según un informe de ONU Mujeres, “Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela han aprobado leyes que penalizan el femicidio/feminicidio”.
“Siete de ellos sancionan el femicidio en esa misma ley (Bolivia, El Salvador, Guatemala, Nicaragua, Panamá, Paraguay y Venezuela), cuatro lo han hecho en una ley autónoma, posterior (Argentina y Colombia) o anterior (Perú y Uruguay) y México lo introduce en una ley que reforma varias leyes (la ley integral sobre violencia y el Código Penal, entre otras).Ecuador lo introdujo en la reforma general al Código Penal en forma previa a aprobar la ley integral”, detalla el informe.
Otros cinco países que no tienen ley integral sobre violencia hacia las mujeres pero incorporaron el femicidio son Brasil, Chile, Costa Rica, Honduras y República Dominicana. Tres de ellos (Brasil, Chile y Honduras) lo hicieron a través de leyes específicas; República Dominicana lo incluyó al reformar el Código Penal y Costa Rica lo introdujo en la ley de penalización de la violencia contra las mujeres.
Para la ONU los países que cuentan con este tipo penal “pero carecen de leyes integrales, enfrentan como dificultad que abordan únicamente un aspecto de la respuesta a esta violencia, la penalización, pero carecen de disposiciones para la prevención, protección, investigación y reparación de las víctimas”.
“Un error conceptual”
Para Ricardo Gil Lavedra, presidente del Colegio Público de la Abogacía de la Ciudad de Buenos Aires, eliminar el femicidio es “un retroceso” y un “error conceptual” cuando se habla de igualdad ante la ley.
“La Constitución no sigue ese concepto meramente formal de igualdad ante la ley, sino que también atiende situaciones donde se producen desigualdades estructurales. El Estado debe tomar alguna medida para proteger a determinados sectores más vulnerables, y esto es el texto explícito de la Constitución, que establece que el Congreso debe tomar medidas para proteger a estos sectores, obviamente dándoles más, y en particular niños, mujeres, ancianos y personas con discapacidad”, señaló.

“Por supuesto que la vida de la mujer vale lo mismo que la del hombre y que la muerte de cualquiera de ellos es un homicidio. Lo que hizo el legislador es castigar con mayor severidad cuando esto se produce en un contexto de violencia de género respecto de la mujer. Esto tiene que ver con la cantidad de hechos de violencia contra la mujer”, explicó.
Sobre este punto recordó que en Argentina ocurre un femicidio por día. “Y la mayor severidad es no solamente para castigar el hecho pasado, sino también para prevenir los hechos futuros, como cualquier sanción penal”, sumó.
Por su parte, el reconocido abogado constitucionalista, Daniel Sabsay, también entendió que eliminar la figura del femicidio “es muy grave” y destacó además que puede traer consecuencias por el “incumplimiento de convenciones internacionales”.
“Acá aparecen dos cosas importantes, que son el principio de progresividad y el principio de no regresividad, que está contemplado, entre otras convenciones, en la Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica. Y esto implica que, cuando en materia de protección de un derecho se ha llegado a un determinado punto, ya no se puede descender en esa protección. Se puede elevar más la protección, pero no descender”, apuntó.
Y agregó: “En estos casos no sólo hay anticonstitucionalidad, sino que también hay anti convencionalidad, es decir, se violan convenciones internacionales que, desde la reforma del ’94 tienen jerarquía constitucional. Esto es muy grave porque puede traer responsabilidad internacional del Estado argentino por el incumplimiento de esas convenciones”.
“Un proyecto regresivo”
En la misma línea, el constitucionalista Andrés Gil Domínguez entendió que la propuesta oficialista revela una “ignorancia jurídica del sistema constitucional argentino”. “Me parece que es un proyecto regresivo que desconoce en sí el orden constitucional y convencional argentino y que tiene un trasfondo discriminatorio. Y lo peor de todo es que el Derecho Constitucional y el derecho de los derechos humanos, después de la Segunda Guerra Mundial en adelante, fue utilizado para transformar el dolor en derecho, y lo que quiere hacer el Gobierno es utilizar el derecho para dar más dolor, otorgar más dolor o producir más dolor”, sostuvo.
Gil Domínguez aseguró que la reforma provocaría un dolor a sectores vulnearables y calificó la idea como “perversa”. “No es solamente una cuestión que encontraría nuestro sistema jurídico; no solamente es una decisión que va en contra de lo jurídico como un orden simbólico plural y diverso, sino que también es utilizar el derecho para generar dolor a sectores vulnerables, lo cual es sumamente perverso”, dijo.

En tanto, Jorge Luis Miquelarena, procurador General de la provincia de Chubut, entendió que eliminar la figura penal del femicidio puede llevar a cometer “errores tremendos”. “Hacer un análisis en función de un caso en particular conlleva a cometer errores tremendos. No puede ser que por un caso que una supuesta víctima hace una denuncia que luego resulta falsa y que pueda afectar al denunciado, vaya a echar por tierra una figura tan importante como el femicidio, haciendo tabla rasa a todo lo que tiene que ver con las cuestiones de género, las desigualdades, la violencia contra la mujer, etc.”, resaltó.
“Con ese criterio -agregó- se podría decir que porque alguien alguna vez denunció un abuso sexual y la denuncia era falsa, vamos a derogar el delito de violación. Me parece que no resiste el más mínimo análisis”.
El Procurador también resaltó el principio de igualdad ante la ley. “No se puede decir que un homicidio vale tanto como otro, con ese criterio debería haber una pena fija y deberían derogarse todos los agravantes y los atenuantes… me parece que eso va en contra de los principios más elementales”, indicó.
A favor
En discrepancia, el abogado constitucionalista y profesor de Derecho Constitucional en la Facultad de Derecho de la UBA, Félix Lonigro, se mostró a favor de la iniciativa del gobierno al entender que solo se trata de un “ajuste técnico” y no de una “postura ideológica”.
“Lo primero que hay que entender es qué es el femicidio, que es un homicidio. Se llama así cuando es cometido de un varón hacia una mujer. Cuando se castiga de una forma diferente al homicidio según quien lo comete es una falta de igualdad ante la ley”, explicó.
“Los homicidios agravados tienen la misma pena máxima: perpetua, ya sea que la víctima sea hombre o mujer. Lo importante es proteger a las personas, sin importar su género, y no duplicar figuras legales”, argumentó.
Para Lonigro “nadie está a favor de disminuir penas o desproteger a las mujeres”. “Se trata de un ajuste técnico en el Código Penal, no de una postura ideológica”, resaltó.
En el mismo tono, el vocero Manuel Adorni salió a defender públicamente el proyecto que impulsa el oficialismo. “Entendemos que todos los seres humanos somos iguales y tenemos que trabajar por eso: si matan a una mujer o a un hombre, que ese asesino se pudra en la cárcel”, dijo en una de sus habituales conferencias de prensa.

“Esto no va en sacarle un derecho a ninguna mujer sino todo lo contrario. Las palabras no hacen a la defensa de la mujer; lo que hace a su defensa es el estricto cumplimiento de la ley”, sumó para acallar las voces críticas.
Por su parte, la diputada libertaria Verónica Vallejos también se mostró a favor de la eliminación de la figura del femicidio como agravante al asegurar que “la Justicia no tiene género”.
“La vida es el derecho más fundamental y ninguna causa debería estar por encima de ella. Vivimos en una sociedad donde se habla constantemente de Justicia, de derechos y de igualdad, pero parece que estos principios se aplican de manera selectiva, según la conveniencia del momento”, enfatizó.
“Nos dicen que el femicidio es la única forma de violencia extrema contra la mujer, pero olvidan que a diario se comete otro acto de violencia aún más cruel y silenciado: el aborto”, sumó al debate.
Datos
A diferencia de lo que sucede con los hombres, los homicidios de mujeres son cometidos en su gran mayoría por el marido, novio o ex pareja y por cuestiones de género. Según datos de Naciones Unidas, cada diez minutos una mujer es asesinada en el mundo por violencia de género.
En Argentina, la figura de femicidio como agravante fue incluida en el Código Penal el 14 de diciembre de 2012, tras la sanción de la Ley 26.791 que penaliza con prisión perpetua a un hombre que mate a una mujer mediando violencia de género.
Las estadísticas más recientes indican que una mujer es asesinada cada 33 horas. Entre el 1 de enero y el 30 de diciembre de 2024, se registraron 267 femicidios, según datos del Observatorio “Ahora Que Sí Nos Ven”, que recopila información de medios gráficos y digitales de todo el país.
Según un informe de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), que depende del Ministerio Público Fiscal de Nación, “los actos femicidas están arraigados en un sistema que refuerza la discriminación y el desprecio contra las mujeres y sus vidas”.
El debate sobre la eliminación del agravante por femicidio sigue abierto y refleja posturas contrapuestas sobre la igualdad ante la ley y la necesidad de medidas específicas para combatir la violencia de género. La discusión ahora llegará al Congreso, donde se decidirá si revierte la medida o mantiene la protección diferencial para las mujeres.