El Gobierno presentó un per saltum contra la cautelar que le impide a García Mansilla actuar como juez de la Corte

Plantea que la medida dictada por el juez federal Alejo Ramos Padilla “afecta instituciones básicas del sistema republicano y la independencia del Poder Judicial”.

El Gobierno Nacional presentó un per saltum contra la medida cautelar dictada por el Juzgado Federal Nº 2 de La Plata, a cargo del juez Alejo Ramos Padilla, que había prohibido la actuación de Manuel García Mansilla como juez “en comisión” de la Corte Suprema de Justicia.

La apelación, firmada por el Procurador del Tesoro Santiago Castro Videla, el Subprocurador Julio Pablo Comadira y el Director General de Asuntos Jurídicos Nicolás Olivari, plantea que la decisión judicial “afecta instituciones básicas del sistema republicano y la independencia del Poder Judicial”, y sostiene que se produjo una “invasión de facultades constitucionales del Poder Ejecutivo y de la Corte Suprema”.

Entre otras cosas señalan que están dados los requisitos del artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que habilita el recurso por salto de instancia (per saltum), cuando una resolución compromete directamente el orden institucional y el funcionamiento de los poderes del Estado.

Desde fines de febrero, García Mansilla comenzó a intervenir en causas como juez de la Corte Suprema.

En el escrito, el Gobierno destaca que la medida cautelar “ha comprometido gravemente el sistema de separación de poderes, a la vez que ha incurrido en un exceso de jurisdicción al privar de efectos un acto de esa Corte Suprema por el cual ya se pronunció sobre la designación de los jueces en comisión.

Desde fines de febrero, García Mansilla comenzó a intervenir en causas como juez del Máximo Tribunal, luego de su designación a través del Decreto N.º 137/2025. Su primer acuerdo lo firmó el 6 de marzo y, hasta ahora, ha intervenido en alrededor de 200 fallos.

La suspensión de sus funciones, dictada por Ramos Padilla, se dio apenas una semana después de que el Senado rechazara su pliego -junto al de Ariel Lijo-, invalidando en la práctica su designación formal.

En la resolución del jueves pasado, Ramos Padilla sostuvo que en los últimos 100 años ningún presidente elegido democráticamente por el voto popular ha realizado un nombramiento en comisión de jueces de la Corte que se haya materializado.

Además, indicó que su actuación como juez de la Corte está cuestionada en su legitimidad de origen porque eso “conduce a un riesgo de daño cierto y de suficiente envergadura” porque “podrían ser considerados ilegítimos, nulos o incluso inexistentes, dañando la seguridad jurídica”.

En definitiva -entendió Ramos Padilla- el dictado de sentencias que luego podrían ser declaradas inválidas podría resquebrajar el sistema judicial.

La medida cautelar -de vigencia por tres meses- también alcanzó al juez federal Ariel Lijo, quien no llegó a asumir su rol en la Corte luego de que el propio tribunal le negara la licencia necesaria para dejar su cargo al frente del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N.º 4.

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