Confirmaron el procesamiento de Alberto Fernández por violencia de género contra Fabiola Yáñez

Con esta decisión de la Sala II de la Cámara Federal porteña, el ex Presidente quedó en condiciones de ser enviado a juicio oral en esta causa que prevé penas de prisión efectiva. Resolución completa.

La decisión fue por mayoría con los votos de los camaristas Martín Irurzun y Eduardo Farah y disidencia del tercer integrante de la sala del Tribunal Apelaciones, Roberto Boico, quien se inclinó en minoría por la falta de mérito.

La Cámara confirmó el procesamiento resuelto por el juez federal Julián Ercolini en la investigación delegada en la fiscalía de Ramiro González.

De esta manera el ex presidente quedó procesado por «lesiones leves y lesiones graves agravadas por haberse cometido en un contexto de violencia de género y por amenazas coactivas» con un embargo de diez millones de pesos, también confirmado.

Lo que importa

A lo largo de 82 carillas, los jueces transcribieron toda la prueba del caso, incluídas capturas de WhatsApp de mensajes del ex Presidente y Fabiola Yáñez, otros donde se ven fotos de la ex Primera Dama con moretones y dichos de testigos que desfilaron por la fiscalía ubicada en el quinto piso de Comodoro Py 2002.

En base a todo ello, concluyeron que los hechos «sucedieron en un ámbito muy especial (la quinta presidencial de Olivos), fuertemente custodiado por funcionarios federales bajo el mando de Fernández», advirtió en su voto el juez Irurzun.

«Forzada por la naturaleza de su relación, la víctima tuvo que practicar una suerte de reclusión en un espacio para huéspedes de la residencia. También, que tenía un alto grado de aislamiento -fue auxiliada por familiares directas que declararon en la causa-. Valorar en su justa dimensión este contexto es fundamental».

Resolución de la Cámara Federal de la ciudad de Buenos Aires

Fabiola Yáñez estaba «notoriamente» en una situación de «desigualdad de poder, al interior y exterior de la pareja, con relación a su victimario» y en ese marco y por «imperio del sentido común más básico» los jueces encontraron razonable presumir que sus acciones estuvieron guiadas por la finalidad de » pedir algún modo de auxilio sobre una situación que, efectivamente, había pasado, estaba pasando y, evidentemente, seguiría pasando», advirtió Irurzun.

En su voto, el juez Farah valoró que evaluar la prueba con perspectiva de género «no implica una alteración de los estándares probatorios ni la presunción automática de veracidad de ciertos testimonios. Responde a la necesidad de eliminación de sesgos discriminatorios que históricamente han influido en su apreciación.”

“Sólo de este modo se garantiza una investigación eficaz, completa, imparcial -para asegurar, de ese modo- tanto el derecho de las víctimas a una justicia libre de estereotipos como la garantía de imparcialidad y debido proceso de las personas acusadas”.

Por último, el juez Boico propuso en minoría dictar la falta de mérito ante «ausencia de corroboración, la fragmentación de la valoración probatoria, la selección deliberada de unos insumos por sobre otros sin explicación suficiente, la tenencia de material probatorio sin peritar, la omisión de peritar aspectos claves del caso, la omisión de convocar a las personas que pudieron apreciar con sus sentidos partes fundamentales de la trama histórica, y el sesgo en la construcción de la verdad procesal provisoria, confluyen/desembocan en una decisión carente de debida fundamentación en las constancias habidas en la causa».

Foto del expediente:


Contexto

La acusación sostiene que durante los años de convivencia, Fernández ejerció una violencia sistemática contra Yáñez, que incluyó maltrato físico, psicológico y un progresivo aislamiento en la residencia de Olivos. La denuncia tomó impulso a partir de conversaciones rescatadas del teléfono de María Cantero, ex secretaria privada del por entonces Presidente, que incluyeron fotos y mensajes enviados por la propia Yáñez.

En uno de esos intercambios, fechado en 2021, Yáñez le confiesa: “… con mucho llanto te digo esto… el sabe que yo podría estar embarazada e igual me golpeó”. Y luego añade: “Hoy me agarró del cuello… y sabiendo que puedo estar embarazada me pegó una patada en la panza”.

En otro mensaje directo a Fernández, Yáñez le reprocha: “Me pegaste otra vez… Me volvés a golpear… Estás loco”, a lo que el ex Presidente responde: “Me siento muy mal… Terminala”.

Estas comunicaciones, junto con los testimonios de la propia Yáñez, su madre, su hermana, personal de Olivos y médicos de la Unidad Médica Presidencial, configuran lo que el tribunal calificó como una dinámica sostenida de violencia de género.

El fallo destaca que Yáñez terminó confinada en la casa de huéspedes de la Quinta, separada físicamente del mandatario. El entonces intendente de Olivos confirmó que “desde agosto 2021 (…) Fabiola empezó a no estar más presente (…) quedó sola”.

A nivel médico, los informes psicológicos y psiquiátricos advierten sobre el impacto de esa violencia en su salud: “Profundiza esta situación de vulnerabilidad, la ausencia de redes vinculares producto del paulatino aislamiento (…) Se evidencia un marcado desgaste emocional”.

Cómo sigue

La causa avanza hacia la etapa de juicio oral, donde se discutirán en profundidad los hechos, la prueba reunida y la responsabilidad penal de Fernández. El tribunal dejó claro que las pruebas de cargo tienen mayor fuerza que los argumentos defensivos.

La defensa de Fernández negó los hechos. Atribuyó los hematomas a un tratamiento estético y al consumo de alcohol por parte de Yáñez. Incluso, alegó que fue víctima de extorsión: “Ella me pedía una suma de dinero para no iniciar una denuncia penal”. Pero la Cámara consideró estos argumentos como insuficientes y poco verosímiles.

El ex Presidente enfrenta un panorama judicial complicado. A la causa por violencia de género se suma su situación en la investigación del caso Seguros, en el marco de la cual ya fue indagado, sus bienes están inhibidos y debe definirse su situación procesal.

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