Juan Carlos Villafañe, ex director de la Administración General de Vialidad de Santa Cruz, acaba de intentar sin éxito obtener el beneficio de prisión domiciliaria que sí se concedió a la ex presidenta Cristina Kirchner en la causa Vialidad, donde ambos están condenados por administración fraudulenta.
En su caso, el ex funcionario seguirá preso en cárcel común para cumplir la condena a cinco años de prisión que se le impuso. Cristina Kirchner está con arresto domiciliario y tobillera electrónica, cumpliendo su pena de seis años de cárcel por el mismo delito.
Por qué le dijeron no a Villafañe
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 rechazó el pedido de la defensa del ex funcionario con base en que los informes médicos concluyeron que puede ser tratado dentro del sistema penitenciario y no presenta patologías graves.
Villafañe continuará cumpliendo su condena en una dependencia del Servicio Penitenciario Federal. Tiene 67 años y quedó detenido el 18 de junio pasado, luego de que la Corte Suprema dejara firme la sentencia.
La defensa había planteado que el estado de salud del condenado -particularmente ciertas dolencias físicas y un cuadro depresivo- justificaban el cumplimiento de la pena en su domicilio. “El encierro común sólo tenderá a agravar más sus padecimientos físicos, situación esta que escapa a toda finalidad de la ejecución de una pena”, había sostenido el defensor Miguel Ángel Arceo Aggeo, quien además acompañó la historia clínica y propuso como domicilio de cumplimiento una vivienda en la ciudad de Río Gallegos, Santa Cruz.
El pedido se basó en el artículo 502 del Código Procesal Penal de la Nación, que habilita el beneficio de la detención domiciliaria en casos de enfermedad incurable o edad avanzada, y en el artículo 10, inciso a del Código Penal, que prevé el mismo régimen para aquellos cuya permanencia en prisión implique un menoscabo grave a su integridad.
Sin embargo, luego de una serie de peritajes médicos, psicológicos y sociales, el juez Jorge Gorini concluyó que no se cumplían los requisitos para hacer lugar a una medida excepcional como la solicitada.
Evaluación médica y psicológica
Los exámenes médicos concluyeron que “el detenido Villafañe se encuentra en buen estado de salud general”, sin patologías agudas descompensadas, y con dolencias que “pueden ser tratadas por los médicos del lugar donde se encuentre alojado”, o bien, mediante derivaciones a hospitales públicos en caso de necesidad.
En cuanto a su salud mental, una junta interdisciplinaria conformada por peritos forenses y del Ministerio Público Fiscal concluyó que “las facultades mentales de Juan Carlos Villafañe se encuentran compensadas” y que su cuadro -compatible con un trastorno del estado de ánimo- estaba “en remisión del complejo sintomatológico”. Además, los expertos señalaron que podía ser tratado adecuadamente dentro del sistema penitenciario y “no presenta indicadores de riesgo cierto e inminente de daño para sí y/o para terceras personas”.
Argumentos del tribunal
Al momento de resolver, el juez Gorini recordó que la prisión domiciliaria no es un derecho automático, sino una facultad judicial contemplada en la ley 24.660 y el Código Penal. “La previsión no reviste carácter imperativo […], mientras que el código sustantivo señala: ‘Podrán, a criterio del juez competente, cumplir la pena de reclusión o prisión en detención domiciliaria’”, enfatizó.
Con respecto al caso particular, consideró que los exámenes clínicos y psiquiátricos realizados no demostraban ninguna condición crítica que justificara una morigeración de la pena. “Resulta claro con la evidencia producida que su estado de salud física y mental no constituye un impedimento actual para la ejecución intramuros de la condena”, sostuvo.
El fallo también hizo referencia a la “ausencia de pruebas que permitan cuestionar las conclusiones arribadas por los profesionales de la salud” y señaló que los padecimientos del condenado “no revisten actualidad ni la gravedad alegada”.
En ese sentido, remarcó que “el cuadro agudo que en forma genérica se invocó para fundar la petición, no logró acreditarse con ninguno de los exámenes practicados sobre Villafañe”.
El pedido de la defensa también fue impugnado por los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola, quienes solicitaron expresamente su rechazo. En su dictamen, afirmaron que “no surgían fundamentos que permitieran inferir que la ejecución de la pena debiera realizarse bajo la modalidad excepcional propuesta” y que “las contundentes conclusiones aportadas por los expertos […] permiten desvirtuar los presupuestos sobre los cuales la defensa ha introducido su petición”.
Las diferencias con Cristina Kirchner
Hasta el momento han obtenido prisión domiciliaria en la causa Vialidad la ex presidenta Cristina Kirchner, quien directamente quedó presa en su departamento del barrio de Constitución y el ex titular de Vialidad Nacional, Nelson Periotti.
En el caso de Cristina, los jueces aclararon que la decisión no se tomó por el argumento de la defensa vinculado a la condición de ex Presidenta de la condenada, ni por su salud o por su edad, 72 años. Se tuvo en cuenta el tema de su seguridad personal ante el atentado que sufrió en septiembre de 2022.
“La combinación del riesgo para la vida e integridad física de la condenada a raíz del atentado del que fue víctima, junto con la dificultad de garantizar su seguridad en un establecimiento penitenciario sin incurrir en prácticas discordantes para el derecho constitucional y convencional -aislamiento-, nos conducen a la decisión en favor de la concesión de la prisión domiciliaria como única vía hoy compatible con el respeto de los derechos fundamentales de la persona y los fines resocializadores de la pena”, sostuvo en su momento el Tribunal.
Periotti cumplirá 80 años en octubre y sí tuvo que pasar varios días preso antes de conseguir el beneficio por “razones humanitarias” vinculadas a su salud. Al igual que la ex Presidenta, está condenado a seis años de prisión que cumplirá en su casa de San Isidro.