La Sala II de la Cámara Apelaciones en lo Civil y Comercial de Morón prohibió a los adultos involucrados en un conflicto familiar realizar publicaciones en redes sociales que mencionen al niño o al expediente, bajo apercibimiento de aplicar una multa por cada día que los posteos permanezcan visibles.
La Justicia ordenó a las partes involucradas en una causa por violencia familiar abstenerse de realizar cualquier publicación en redes sociales vinculada al hijo menor en común o a los hechos tratados en el expediente. Lo curioso es que la resolución, dispuesta por la Sala II de la Cámara Apelaciones en lo Civil y Comercial de Morón, fija una sanción económica de 100 mil pesos diarios en caso de incumplimiento, que se aplicará mientras permanezcan visibles los posteos.
La medida alcanza tanto a la madre del niño, a su padre como a la abuela paterna, así como a sus representantes legales. Para los jueces Laura Andrea Moro y Gabriel Hernan Quadri, la sobreexposición del conflicto en el ámbito digital no solo afecta la privacidad del menor, sino que también contribuye a escalar la disputa entre los adultos. En consecuencia, se resolvió que cualquier referencia directa o indirecta al niño o a las causas conexas en redes sociales implicará una infracción grave que dará lugar a la multa establecida.
El caso tiene su origen en medidas de protección que fueron dictadas el año pasado, que incluyeron restricciones perimetrales y el uso de tobillera electrónica para el padre. Sin embargo, al revisar la situación, los jueces advirtieron que la aplicación del dispositivo generaba dificultades para garantizar el contacto del niño con ambos padres, derecho ya reconocido en acuerdos homologados. Por eso, se resolvió dar de baja el monitoreo electrónico y ampliar la distancia de restricción a 700 metros, priorizando el interés superior del menor.
No obstante, la cámara mantuvo otras disposiciones vigentes y fue categórica al establecer que la utilización de redes sociales para difundir cuestiones privadas sobre el niño no podía tolerarse. Para reforzar esa prohibición, impuso la multa de 100 mil pesos diarios, una cifra que busca tener efecto disuasivo inmediato.
La sentencia también ordena al juzgado de origen controlar el cumplimiento de la medida y recibir denuncias ante eventuales incumplimientos.
Finalmente, se dispuso que el equipo técnico del tribunal realice una evaluación de riesgo actualizada en la conflictiva familiar, que se requieran informes de las terapias que siguen los adultos y que se analice la necesidad de que el niño cuente con acompañamiento psicológico.
