El Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 rechazó planteos de incompetencia presentados por los condenados ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner y el empresario Lázaro Báez y confirmó que seguirá adelante con la ejecución del decomiso por 684.990 millones de pesos dispuesto en la causa Vialidad, por direccionamiento de la obra pública en Santa Cruz entre 2003 y 2015.
La sentencia condenatoria, que quedó firme en junio, había ordenado recuperar para el Estado los efectos del delito de corrupción.
Cristina Kirchner, junto a sus abogados Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, había sostenido que el tribunal confundía “el decomiso (art. 23 del Código Penal) con la reparación de perjuicios (art. 29)”, pidió que la ejecución se remitiera al fuero Civil y Comercial federal donde se lleva una causa por responsabilidad patrimonial por los mismos hechos.
La ex Presidenta cumple condena a seis años de prisión bajo arresto domiciliario con tobillera electrónica por administración fraudulenta.
Báez, por su parte, reclamó que el decomiso fuera remitido al Tribunal Oral Federal 4, que ya dictó una condena unificada en su contra por Vialidad y la «ruta del dinero K», en este último caso lavado de activos.

Los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso descartaron ambos planteos. Subrayaron que el decomiso “no es equiparable a la obligación de indemnizar” y que se trata de “una pena accesoria vinculada a la responsabilidad por el delito cometido”. Respecto de Báez, sostuvieron que su defensa incurrió en “una confusión conceptual entre la categoría dogmática de decomiso y la noción de objetos decomisables”.
El tribunal enfatizó que “en los delitos de corrupción (…) el decomiso cumple una función reparatoria del daño social causado, destinado a recuperar para la comunidad los activos obtenidos o utilizados en la comisión de delitos socialmente dañosos”.
“Corresponde mantener la competencia de este tribunal para ejecutar la pena de decomiso firme, en tanto sanción penal accesoria con efecto reparador a favor del Estado, sin que quepa supeditar su cumplimiento a eventuales acciones civiles”.
Con esta resolución, el TOF 2 dejó allanado el camino para ejecutar patrimonialmente la sentencia que fijó la obligación solidaria de los nueve condenados -entre ellos Fernández de Kirchner y Báez- para resarcir al Estado por la maniobra de defraudación en la obra pública.
Para los jueces “resulta indudable que la competencia de este tribunal para llevar adelante la ejecución de la sanción penal de decomiso que impuso, hoy firme, encuentra fundamento en el artículo 490 del Código Procesal Penal de la Nación, y que de dicha competencia no puede supeditarse ni al ejercicio, ni mucho menos al resultado, de una pretensión civil resarcitoria o de una acción civil restitutoria”, concluyeron.
Por último, delegaron en los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola la identificación de bienes que sean pausibles de ejecutar.
“El Ministerio Público Fiscal se encuentra investido de plenas y suficientes facultades para promover, en sede judicial, las medidas conducentes a la identificación exhaustiva de los bienes cuya titularidad corresponde a los condenados”, determinó la resolución.
Audiencia clave e inminente decisión
La Cámara Federal de Casación citó a audiencia para el próximo 11 de septiembre con el objetivo de revisar la decisión del Tribunal Oral Federal 2 que actualizó el monto del decomiso impuesto a Kirchner y los demás condenados en la causa Vialidad, tras quedar firme en junio y en condición de ejecutarse las penas impuestas a todos los acusados en un juicio oral en 2022.
El presidente de la Sala IV de Casación, Mariano Hernán Borinsky, junto a los jueces Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, convocó a las partes para que informen sobre la controversia en torno al cálculo.
La defensa de la expresidenta cuestiona el índice de actualización aplicado por el TOF 2 para llevar el monto inicial de 84.835.227.378,04 pesos -fijado en el veredicto condenatorio del 6 de diciembre de 2022– a la cifra actualizada de 684.990.350.139,86 pesos, equivalente a casi 600 millones de dólares.
El tribunal oral había establecido en la sentencia que el decomiso debía ajustarse mediante organismos técnicos al momento en que el fallo quedara firme. Esa condición se cumplió el pasado 17 de junio, cuando la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó y dejó firme la condena a seis años de prisión para Cristina Kirchner.
Tras la audiencia del 11 de septiembre, la Sala IV tendrá un plazo de cinco días hábiles para resolver el planteo que busca invalidar lo resuelto por el Tribunal que juzgó a Cristina Kirchner y los demás condenados, entre ellos el ex secretario de Obra Pública José López y el empresario Lázaro Báez.
Si Casación confirma lo decidido por el Tribunal, seguirá adelante el decomiso basándose en ese multimillonario importe calculado por peritos de la Corte Suprema de la Nación con base en el Índice de Precios al Consumidor. A la defensa le quedará intentar llegar a la Corte Suprema.
Mientras tanto, el Tribunal Oral resolvió sigue adelante con los pasos para iniciar la ejecución de bienes, vencido el plazo que dio a los condenados para depositar esa suma de manera solidaria en una cuenta bancaria, sin haber obtenido resultados.
