Andrea del Boca: por qué fue absuelta en el juicio Mamá Corazón

El Tribunal que llevó adelante el juicio oral por la financiación estatal de Mamá Corazón en el kirchnerismo absolvió a todos los acusados, entre ellos Andrea del Boca y Julio De Vido, en septiembre pasado. Ahora dio a conocer los motivos: el principal eje de la decisión fue dar por probado que la telenovela se realizó.

Los jueces Germán Castelli, Enrique Méndez Signori y Fernando Canero concluyeron además que no hubo perjuicio económico para el Estado Nacional. La fiscal federal de juicio, Fabiana León, había pedido condenas y desde ahora se abre el plazo para posibles apelaciones ante la Cámara Federal de Casación Penal.

Andrea del Boca

En los fundamentos del veredicto, el Tribunal concluyó que la obra audiovisual se realizó efectivamente, que no existió perjuicio económico para el Estado, que la contratación entre la UNSAM y la productora de Del Boca se ajustó a la normativa y que no se acreditó la existencia de ninguna maniobra fraudulenta ni la intervención personal del entonces Ministerio de Planificación Federal.

Los magistrados marcaron un punto de partida que resultó decisivo: la novela estaba hecha. Lejos de la hipótesis de un proyecto inexistente o abandonado, el tribunal enumeró una vasta cantidad de evidencia audiovisual, documental y testimonial que acredita la realización de la obra.

“La realización de la novela Mamá Corazón no sólo no ha sido controvertida durante el debate, sino que además se encuentra probada tanto administrativa como materialmente”, escribieron los jueces en los fundamentos.

A lo largo del proceso se exhibieron y se incorporaron los capítulos 1 al 16, almacenados en discos rígidos y DVD, junto con 2.560 planos sin editar correspondientes a los capítulos 16 al 26. Ese material, sumado a contratos, facturas, recibos de pago, constancias gremiales y documentación laboral, permitió reconstruir con precisión que la producción avanzó de manera sustancial y que la actividad artística y técnica se desarrolló sin irregularidades.

Los testigos coincidieron en que los actores trabajaron y cobraron honorarios.

El Tribunal destacó que en el expediente constaban “copias de los contratos, recibos de sueldo y planillas de liquidación de los actores que participaron en Mamá Corazón, (…) la documentación aportada por la Asociación Argentina de Actores y las constancias de SATSAID”

Sobre la situación de Andrea del Boca, los jueces concluyeron que la productora y actriz no había participado de ninguna maniobra ilícita, que su rol estuvo limitado a la firma del contrato con la Universidad Nacional de San Martín y a la ejecución de las tareas propias de la productora.

“La prueba demostró que Andrea del Boca no tuvo participación en maniobra alguna, ni vínculo funcional con el Ministerio de Planificación, limitándose su intervención a la suscripción de un contrato con la Universidad Nacional de San Martín”.

Para los magistrados, la acusación fiscal no logró demostrar ni el supuesto perjuicio al Estado ni la existencia de una administración fraudulenta, motivo por el cual correspondió dictar su absolución.

Julio De Vido

En cuanto a Julio De Vido, el tribunal consideró que no existía ningún elemento que acreditara una intervención personal o irregular en el proceso de contratación.

El Ministerio de Planificación, bajo su órbita, apenas había aprobado el convenio marco que la propia legislación habilitaba, y los controles sobre los desembolsos se realizaron dentro del circuito administrativo previsto.

“Dichos contratos eran actos jurídicos plenamente válidos y ajustados a derecho, celebrados por la UNSAM conforme a la normativa vigente, sin que se verificara perjuicio alguno al erario público”, señala la sentencia.

Los jueces remarcaron que la acusación sobre una eventual evasión de los procedimientos de selección se apoyaba en una lectura equivocada del régimen de contrataciones públicas.

“La acusación incurrió en una errada valoración al afirmar que la contratación habría eludido los procedimientos de selección, pues la modalidad empleada se encontraba expresamente prevista en el régimen de contrataciones y se sustentaba en la especialidad del objeto”, consideraron.

La absolución alcanzó también a los funcionarios de la UNSAM y del Ministerio de Planificación involucrados en la causa. Los jueces valoraron especialmente que la universidad contaba con facultades legales para contratar a la productora de Andrea del Boca y que los pagos se efectuaron de acuerdo con el avance acreditado de la obra.

“El desarrollo de la producción (…) ha sido controlado por las autoridades de la UNSAM y del MINPLAN, cuya fiscalización permitió el desembolso de las cuotas”, afirmaron.

La sentencia concluye con la absolución total de todos los acusados.

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