La Corte ratificó la restitución internacional de una niña en un caso de divorcio conflictivo

El máximo tribunal volvió a rechazar un planteo de la madre y confirmó la ejecución de la restitución de la menor a Finlandia, donde residió desde sus primeros días de vida. La Justicia argentina dispuso medidas de protección para garantizar un retorno seguro y evitar la separación entre madre e hija.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó este jueves un nuevo recurso extraordinario presentado por Gladys Roxana Quiroga Sollinger, quien buscaba frenar la restitución internacional de su hija menor de edad ordenada por el propio tribunal en 2024. Con esta decisión, el máximo tribunal ratificó la ejecución del retorno de la niña a Finlandia, país en el que vivió desde los 22 días de nacida hasta el año y medio.

El caso se inició formalmente en 2022, aunque su historia se remonta a 2015, cuando Quiroga inició una relación con Venkatesh Sourirajan, de nacionalidad india. Tras un año juntos, se mudaron a Helsinki, donde ambos trabajaron en CapGemini Finland. En 2018 se casaron, adquirieron un departamento y comenzaron un tratamiento de fertilidad. La niña nació en Argentina en junio de 2020, en plena pandemia, y, con apenas 22 días, regresó con su madre a Finlandia. Allí permaneció hasta que, según relató Quiroga, una situación de violencia de género la llevó a refugiarse en casas de acogida y, finalmente, a regresar a la Argentina sin consentimiento del padre.

La Justicia argentina y la aplicación del Convenio de La Haya

En febrero de 2023, la Cámara Civil determinó que la residencia habitual de la niña era Finlandia y que su traslado a la Argentina fue ilícito por falta de consentimiento paterno, en los términos del Convenio de La Haya. Según el tribunal, la madre no pudo acreditar que el padre hubiera autorizado la mudanza, ni que existiera un riesgo grave para la niña que justificara la excepción a la restitución. Tanto la supuesta violencia familiar como un presunto abuso denunciado carecían de pruebas suficientes para configurar una situación de peligro cierto, sostuvo la Cámara.

El expediente también destacó que la mujer había recibido asistencia en refugios especializados en Finlandia y que estaba vigente una prohibición de acercamiento contra el progenitor, lo cual demostraba -según el fallo- la existencia de dispositivos estatales capaces de proteger a la mujer y a la niña sin impedir la restitución.

Medidas de protección y orden de retorno seguro

Aun así, en marzo de 2023 la jueza de primera instancia advirtió que el caso presentaba indicios de violencia de género y subrayó la necesidad de adoptar medidas de protección que garantizaran la integridad de madre e hija durante la ejecución del fallo y hasta que las autoridades finlandesas resolvieran el fondo del asunto.

Se dispuso así exhortar a las partes a acordar un retorno voluntario y, en ausencia de consenso, definir judicialmente las condiciones del “retorno seguro”: acompañamiento profesional de la niña, medidas espejo en Finlandia, nueva prohibición de acercamiento entre el padre y ambas mujeres, alojamiento adecuado, acceso a servicios sociales y atención sanitaria.

La jueza también remarcó que la niña no debía ser separada de su madre bajo ningún concepto hasta contar con una preparación psicológica adecuada y una orden expresa de los tribunales finlandeses.

Apelaciones sucesivas y la confirmación final de la Corte

Pese a estas garantías, la mujer continuó apelando las resoluciones. La Cámara Civil, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires y luego la propia Corte Suprema -en septiembre de 2024- rechazaron sus planteos y dejaron firme la restitución.

Al iniciarse el proceso de ejecución, la demandante volvió a alegar que su retorno a Finlandia implicaba un riesgo para su vida y libertad personal. La jueza solicitó nueva información a Finlandia, que llegó al expediente, y reforzó las medidas de protección ya previstas. Ordenó además que el padre debía proveer los pasajes de avión y detallar el lugar de alojamiento para madre e hija.

Nuevas apelaciones de la mujer fueron desestimadas en primera y segunda instancia. Finalmente, el recurso extraordinario que presentó en queja llegó otra vez a la Corte Suprema. En su resolución de este jueves, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti declararon inadmisible el planteo y confirmaron, una vez más, la devolución inmediata de la menor a Finlandia en los términos ya previstos.

Tampoco prosperó el intento de suspender la ejecución a la espera de una decisión pendiente del Tribunal Superior de Justicia de CABA.

Con este nuevo rechazo, la Corte cerró definitivamente la vía recursiva y consolidó la orden de restitución internacional, en un expediente atravesado por acusaciones cruzadas, denuncias de violencia, debates sobre el alcance del Convenio de La Haya y múltiples intervenciones de la Justicia argentina y finlandesa para garantizar la protección integral de la niña.

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