La Corte anuló la extradición a Perú de un hombre acusado de robo por violar el derecho de defensa

El máximo tribunal aplicó por primera vez el Código Procesal Penal Federal en un caso de este tipo y advirtió que el proceso no puede ser un “juego de sorpresas” para el acusado.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación anuló la extradición a Perú de un hombre acusado de robo, tras detectar que el juez de la causa violó su derecho de defensa. En un fallo inédito, el máximo tribunal advirtió que estos procesos no pueden ser un “juego de sorpresas” y ordenó aplicar estrictamente las reglas del nuevo Código Procesal Penal Federal.

El fallo, firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, pone el foco en la actuación del Juzgado Federal de San Ramón de la Nueva Orán, en Salta. Según la Corte, el magistrado de primera instancia incurrió en un “proceder anómalo” que transformó el trámite judicial en una situación de desprotección para el implicado, identificado como José Luis Aliaga Reyes.

Si bien la Corte ratificó que un proceso de extradición no es un juicio criminal convencional -ya que no se investiga la culpabilidad del sujeto, sino la viabilidad del pedido internacional-, subrayó que esto no justifica la falta de garantías. El tribunal aclaró que, aunque se trate de una herramienta de cooperación, deben respetarse las etapas procesales mínimas, algo que fue “desconocido de manera flagrante” en este expediente.

Uno de los puntos más destacados de la resolución es la aplicación -por primera vez- del Código Procesal Penal Federal. La Corte contradijo el criterio de la Cámara Federal de Salta y determinó que el caso debe regirse por las nuevas normas federales vigentes en la provincia. Bajo este marco, precisó que la decisión de extraditar exige un juicio en el sentido tradicional del término, que incluya el ofrecimiento de prueba y el control de la acusación.

A raíz de estas falencias, la Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia que concedía la extradición. Ahora, el juez de la causa deberá realizar todos los pasos procesales específicos previstos en el código, asegurando un procedimiento respetuoso del ejercicio de la defensa antes de dictar un nuevo pronunciamiento.

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