La consejera Jimena de la Torre reclamó la suspensión inmediata de los procesos de selección ante la inminente transferencia de competencias a la Ciudad. Alertó sobre la incertidumbre para postulantes y el uso de recursos públicos en un esquema judicial en plena reconfiguración, mientras el Congreso redefine las reglas laborales.
“La administración de justicia exige reglas claras, planificación y responsabilidad”. Con esta contundente premisa, la consejera Jimena de la Torre, vicepresidenta de la Comisión de Selección y Escuela Judicial del Consejo de la Magistratura, presentó el pasado miércoles una nota formal para exigir la suspensión inmediata de todos los trámites de concursos destinados a cubrir cargos en la Justicia Nacional del Trabajo.
En su escrito, la representante del estamento de la abogacía advirtió que seguir adelante con estos procesos de selección en un fuero próximo a desaparecer implica “exponer a postulantes a incertidumbre, comprometer recursos públicos y debilitar la previsibilidad institucional”. Para evitar un colapso del sistema y garantizar el orden, De la Torre propuso la conformación de una amplia “mesa de trabajo interinstitucional”. El objetivo de este espacio -que convocaría a la Corte Suprema, la Cámara del Trabajo, gremios, el Gobierno nacional y el porteño, entre otros- es gestionar de manera transparente y participativa la progresiva disolución del fuero laboral nacional y resguardar la continuidad del servicio, los expedientes y los derechos de los trabajadores judiciales.
El histórico traspaso a la ciudad de Buenos Aires
El reclamo de la consejera responde a un cambio estructural inminente: la largamente postergada transferencia de competencias jurisdiccionales a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, un mandato constitucional vigente desde 1994. Tras décadas de inmovilismo y reiterados exhortos de la Corte Suprema, el 10 de febrero de 2026 el Gobierno Nacional y la CABA firmaron el “Acuerdo de Transferencia de la Función Judicial en Materia Laboral”.
El impacto de este convenio es inmediato y profundo:
• Se dispone el cierre automático de 30 juzgados laborales nacionales vacantes y de la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
• Las causas iniciadas tras la vigencia del acuerdo tramitarán exclusivamente en la nueva justicia laboral porteña.
• Las causas previas seguirán en la órbita nacional hasta agotar la doble instancia.
• La Ciudad cuenta con un plazo máximo de 180 días para seleccionar a los jueces del nuevo fuero y garantizar la infraestructura.
Este rediseño institucional ya cuenta prácticamente con aval legislativo, dado que si bien el Senado de la Nación debe volver a debatir la reforma laboral ambas cámaras estuvieron de acuerdo con el convenio de transferencia que se integró en el artículo 91 del proyecto general.
La Reforma Laboral: luces, sombras y un regreso obligado al Senado
Mientras el escenario judicial se transforma desde sus cimientos, el Congreso debate las nuevas reglas de fondo que regirán el empleo en el país. En una sesión maratónica y de fuerte tensión, atravesada por un paro general de la CGT, la Cámara de Diputados aprobó la reforma laboral con 135 votos a favor y 115 en contra.
Sin embargo, el proyecto no logró convertirse en ley y deberá regresar al Senado. El motivo central de este revés fue la eliminación del polémico artículo 44, que modificaba el régimen de licencias por enfermedad. La versión original, impulsada por la Cámara alta, reducía el cobro del salario a un porcentaje de entre el 50% y el 75% durante la convalecencia. Al ser suprimido este punto por los diputados, seguirá vigente la actual Ley de Contrato de Trabajo, garantizando el cobro íntegro del sueldo.
A pesar de esta concesión, la reforma introduce transformaciones profundas en el ecosistema laboral:
1. Reestructuración de indemnizaciones y “Fondos de cese”: Aunque se mantiene la base de un mes de sueldo por cada año trabajado, la nueva normativa excluye del cálculo el aguinaldo y los premios extraordinarios. De manera complementaria, habilita a que los convenios colectivos implementen sistemas alternativos, como los “fondos de cese laboral” financiados por los empleadores, para reemplazar las indemnizaciones tradicionales.
2. Juicios en cuotas: En los casos de sentencias judiciales, se permitirá el pago de las indemnizaciones en cuotas ajustadas por inflación e interés. El esquema autoriza un máximo de seis pagos mensuales para las grandes empresas y hasta doce cuotas para las pymes.
3. Flexibilización de la jornada (“Banco de horas”): Se habilita un mecanismo para compensar las horas extras con descansos o reducciones de jornada en otros días, requiriendo únicamente el acuerdo formal entre las partes.
4. Vacaciones a la carta: Los trabajadores podrán fraccionar su descanso anual en tramos no menores a una semana. Además, la ley garantizará el acceso a una licencia durante la temporada de verano al menos una vez cada tres años.
Con estas modificaciones, el oficialismo confía en que la reforma laboral logrará su sanción definitiva en los próximos días en la Cámara de Senadores. Entre la disolución de los juzgados nacionales y la flexibilización de los contratos, el mundo del trabajo en Argentina se asoma a un cambio de paradigma total.
