La Justicia ratificó que un caballo es un “sujeto de derecho no humano”

De esta manera, un tribunal revisor de Chubut confirmó que el caballo René, rescatado en estado crítico tras meses de abandono, debe seguir bajo custodia de una organización proteccionista. El fallo rechaza el planteo de la defensa de su dueño y ratifica que el animal es un ser sintiente y sujeto de derecho no humano.

Cuando lo encontraron, el caballo René apenas podía sostenerse en pie. Tenía un cuadro de desnutrición severo. Estaba sin agua y sin comida. Tras su rescate y posterior traslado a una organización proteccionista, su dueño exigió judicialmente que le fuera devuelto. Alegó que era de su propiedad, pero su pedido no prosperó y todo terminó en los tribunales de Chubut. Allí se discutió si el animal debía ser tratado como un bien o como un sujeto con derechos propios.

¿Qué pasó? En las últimas horas, un tribunal revisor rechazó la apelación presentada por la defensa del propietario y confirmó la resolución de primera instancia que había otorgado la guarda preventiva del animal a Fauna Urbana, la organización que lo recibió en Esquel para su recuperación. Con esa decisión, los magistrados respaldaron el criterio impulsado por la Fiscalía: René no puede ser reducido a una simple cosa bajo el régimen de propiedad privada.

El rescate

El caso ocurrió en la localidad de Gualjaina, a partir de una denuncia vecinal que alertó sobre el crítico estado de un caballo que, según los testimonios, llevaba meses en condiciones extremas de abandono.

Ante la gravedad de la situación, el 23 de abril se concretó un allanamiento y el traslado urgente de René al predio de Fauna Urbana, en Esquel. Un día después, una constatación veterinaria oficial confirmó el cuadro de deterioro severo.

La Fiscalía sostuvo que la intervención estatal fue decisiva para evitar la muerte del animal. Según expusieron durante la audiencia de revisión la procuradora de fiscalía Cecilia Bagnato y la fiscal María Bottini, no se trató de una medida arbitraria sino de una respuesta urgente frente a una situación límite.

René, el caballo rescatado.

Solo se puede ser cruel con un sujeto que tiene capacidad de sufrimiento… el animal es el sujeto pasivo y víctima bajo la Ley 14.346”, argumentó Bagnato durante la audiencia.

Además, el Ministerio Público remarcó que el imputado había desatendido requerimientos previos de autoridades municipales para revertir el estado del equino.

El fallo

El eje del planteo defensivo fue estrictamente patrimonial: sostuvo que el juez de primera instancia había excedido sus facultades al reconocer derechos al animal y cuestionó que se hubiera privado al propietario de su caballo sin optar por una medida menos restrictiva.

La Fiscalía respondió con un enfoque opuesto. Argumentó que si la Ley 14.346, que sanciona el maltrato y la crueldad animal, castiga conductas lesivas contra animales, ello implica necesariamente reconocerlos como víctimas directas del delito y no como meros objetos.

Para sostener esa interpretación, invocó el artículo 41 de la Constitución Nacional, el artículo 109 de la Constitución de Chubut y principios científicos sobre conciencia animal, además del artículo 240 del Código Civil, que establece que el ejercicio de derechos individuales -incluido el de propiedad- no puede ser absoluto cuando afecta bienes colectivos o intereses protegidos por el ordenamiento jurídico.

El tribunal revisor hizo suyo ese razonamiento y concluyó que mantener a René bajo custodia de Fauna Urbana no constituye una expropiación definitiva, sino una medida cautelar necesaria para impedir la continuidad del maltrato y garantizar su recuperación.

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