Vialidad: Casación deja abierta la puerta para el decomiso de los bienes de Máximo y Florencia Kirchner

Por unanimidad, la Sala IV de la Cámara de Casación permitió avanzar sobre los bienes de los hijos de Cristina Kirchner y las empresas Los Sauces y Hotesur, para cubrir los 658 mil millones de pesos que la Justicia calculó como perjuicio al Estado en la causa “Vialidad”. Aunque ellos no hayan sido condenados en ese proceso, la Justicia resolvió que sus bienes tienen un origen ilícito y por lo tanto pueden ser decomisados.

Los camaristas Diego Barroetaveña, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky analizaron los recursos contra una decisión del Tribunal Oral Criminal Federal 2, que el mes pasado había rechazado los planteos de las defensas tendientes a impedir las ejecuciones de bienes y postergaba la participación de Los Sauces y Hotesur en el expediente.

El abogado de los hermanos Kirchner, Luis Goldin, apeló la decisión del TOCF 2 bajo el argumento de que se postergó la suspensión del incidente de ejecución de bienes y las medidas cautelares vigentes mientras aún está sin resolver un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la procedencia del decomiso.

El abogado explicó que seguir adelante con las ejecuciones patrimoniales sin esperar a la decisión de la Corte perjudicaría a los hijos de la ex presidente, en caso de recibir un fallo favorable. Además, pese a las decisiones judiciales al respecto, volvió a fustigar que se afectaran los bienes de personas que no fueron siquiera imputadas en la causa “Vialidad”.

Los Sauces y Hotesur reclamaron por sus propiedades

El director de ambas empresas, de las que los hermanos Kirchner son accionistas mayoritarios, también recurrió la decisión del TOCF 2, para defender los 13 inmuebles sujetos a embargo en el expediente y en reclamo de su derecho a participar de la causa, porque las medidas cautelares, aseguró, de hecho paralizan su giro comercial y afectan a las propiedades más valiosas de ambas compañías.

Sebastián Sánchez insistió en que Los Sauces y Hotesur tienen una personería jurídica y un patrimonio distinto del de sus accionistas, entre ellos Máximo y Florencia Kirchner, y que por lo tanto, no se les pueden afectar sus bienes sin participar de una causa en la que se les permita defenderse para evitar los decomisos.

Casación dijo no

El juez Gustavo Hornos manifestó que la decisión recurrida “no reviste la calidad de sentencia definitiva” ni equiparable a una, no hace imposible que las actuaciones continúen y tampoco niega la extinción, la conmutación o la suspensión de la pena.

Gustavo Hornos, integrante de la Sala IV de la Cámara de Casación.

El camarista puso el acento en que las cuestiones “no han sido definitivamente resueltas” y podrán plantearse de nuevo en la oportunidad procesal correspondiente. Sobre las medidas cautelares, entre ellas los embargos cuestionados por las sociedades, dijo que conservan “un carácter precautorio, sin alterar la titularidad de los bienes afectados ni anticipar una decisión definitiva acerca de su destino”.

La Cámara subrayó que el TOCF 2 no desestimó de manera definitiva las pretensiones de las partes, sino que las difirió y, por lo tanto, no existe un perjuicio de imposible reparación posterior; en cuanto a los embargos, se trata de medidas meramente preventivas, que no modifican la titularidad registral ni preanuncian las decisiones posteriores.

Mariano Borinsky.

Para que Casación pudiera intervenir pese a no tratarse de una sentencia definitiva, los recurrentes deberían demostrar un agravio actual de tardía o imposible reparación, según el criterio de la Corte, cosa que Hornos concluyó que no hicieron. Observó además que sus planteos se limitaron a reproducir su postura “sin confrontar concretamente con las razones expuestas por el tribunal”, lo que constituye “una mera discrepancia con lo resuelto”.

Borinsky coincidió en que la resolución del TOCF 2 no era una sentencia definitiva y en que los recurrentes no habían fundado un agravio federal de imposible o tardía reparación. Recordó que la Sala había convalidado por unanimidad los parámetros fijados para el trámite de ejecución del decomiso, que delegó en el Ministerio Público Fiscal la identificación de los bienes y la propuesta de medidas para satisfacer esa pena pecuniaria.

Diego Barroetaveña.

También se ocupó de distinguir este caso de otro reciente: el 18 de septiembre, en la causa caratulada “Fernández de Kirchner, Cristina y otros”, él había propiciado que se admitiera el recurso. Explicó que aquí la situación es distinta porque lo resuelto por el tribunal oral “no versa sobre una actividad concreta de ejecución sobre bienes determinados”.

Barroetaveña, por su parte, adhirió al voto de Hornos y Borinsky, por coincidir “en lo sustancial” con sus consideraciones.

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