La reforma del sistema de discapacidad llega al recinto del Senado

El texto ya cuenta con media sanción de Diputados y obtuvo dictamen de Comisiones en la Cámara alta. El proyecto modifica los requisitos para acceder a las pensiones no contributivas, permite compatibilizarlas con el empleo registrado y establece nuevos mecanismos de control.

El proyecto de ley que surgió como respuesta al recorte planteado por el Ejecutivo al sistema de discapacidad consiguió las firmas necesarias y quedó en condiciones de ser tratado en el recinto del Senado en la próxima sesión.

El texto apunta a reemplazar el esquema de emergencia vigente hasta fin de año por un régimen permanente que combine la protección de derechos con el control del gasto público. Además, la iniciativa que ya fue aprobada por Diputados incorpora mecanismos de financiamiento para garantizar la continuidad de las prestaciones y establece plazos para regularizar las deudas del Estado con las instituciones del sector.

La propuesta, que provocó cortocircuitos entre la principal espada parlamentaria de La Libertad Avanza, Paticia Bullrich, y el Poder Ejecutivo introduce cambios en uno de los sistemas de protección social más sensibles de cara a la mirada de la sociedad. La norma trabaja sobre la delgada línea de ratificar derechos y garantizar presupuesto.

En ese marco, el texto plantea nuevos requisitos para cobrar las pensiones. Una de las principales modificaciones aparece en el artículo 5°, que modifica la Ley 13.478 y redefine las condiciones para acceder a las pensiones no contributivas.

El proyecto exige contar con el Certificado Único de Discapacidad (CUD) y establece un límite de ingresos netos equivalente a dos salarios mínimos, vitales y móviles. Si bien es cierto que por decisión del Ejecutivo el Salario Mínimo Vital y Móvil se encuentra prácticamente congelado desde hace tres años, la norma en debate define que el cálculo deberá considerar los ingresos individuales del solicitante y no los del grupo familiar.

Por otra parte, el texto también incorpora requisitos de nacionalidad y residencia. En ese contexto el articulado expresa que los extranjeros deberán acreditar al menos cinco años de residencia legal y continuada en el país.

A su vez, los solicitantes tendrán que superar una evaluación socioeconómica y patrimonial. Quienes posean inmuebles deberán demostrar que se trata de su vivienda única familiar.

El monto de las pensiones por discapacidad y por invalidez laboral equivaldrá al 70% del haber mínimo jubilatorio y se actualizará según la normativa previsional vigente. El monto, en condiciones actuales, queda por debajo de la línea de pobreza. Sin embargo, el texto que ya no fue pensado como emergencia sino como norma con continuidad contiene en su espíritu que ante un cambio de política salarial para la clase pasiva impacte de lleno en el sector que buscan proteger los legisladores.

En tanto, más allá del monto de la pensión, el proyecto permite que las personas con discapacidad puedan trabajar en relación de dependencia o como monotributistas sin perder automáticamente su pensión. Sin embargo, para conservar el beneficio, sus ingresos laborales netos no podrán superar los dos salarios mínimos.

Como es lógico, en caso de despido, finalización del vínculo laboral o reducción de ingresos por debajo del límite, el beneficiario podrá solicitar la restitución inmediata de la pensión.

En ese marco, el proyecto despeja las dudas sobre el temor a perder una prestación permanente por aceptar un empleo que podría resultar transitorio.

Más allá de los beneficios, la norma fortalece los controles por parte del Estado. Por eso se establece un sistema obligatorio de auditorías periódicas a cargo de la Secretaría Nacional de Discapacidad.

Los controles incluirán cruces de información entre ANSES, ARCA, SINTyS, ReNaPer y la Secretaría de Trabajo para detectar incompatibilidades o incumplimientos de los requisitos legales.

Por otra parte, la reforma también intenta resolver los problemas presupuestarios del sistema. Los gastos se imputarán a programas específicos del Ministerio de Salud y, cuando los recursos resulten insuficientes, el Tesoro deberá cubrir la diferencia mediante compensaciones presupuestarias.

Además, el texto establece de manera taxativa que las futuras leyes de presupuesto tendrán que garantizar fondos suficientes y evitar que el ingreso individual por beneficiario pierda valor real respecto del ejercicio anterior.

El proyecto que será tratado en el recinto con enormes chances de ser aprobado por unanimidad ratifica la continuidad de las prestaciones médicas previstas en la ley actual y obliga a publicar periódicamente información sobre gastos, aranceles y montos de las pensiones.

En tanto, respecto de las deudas con prestadores, los legisladores plantean que la Secretaría de Discapacidad publique un cronograma de regularización dentro de los 30 días posteriores a la entrada en vigencia de la ley. La cancelación total de las obligaciones deberá concretarse en un plazo máximo de 90 días para quienes completen los trámites correspondientes.

Más allá del trabajo de los legisladores y el optimismo de la oposición sobre la posibilidad de sancionar la ley antes de que finalice el mes de noviembre, lo cierto es que este último punto está en la mira del oficialismo. En los pasillos del Senado advierten que más allá de la voluntad de los legisladores este punto podría ser vetado por el Ejecutivo a la hora de la reglamentación de la ley.

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