El máximo tribunal penal federal del país condenó a Julio De Vido a cuatro años de prisión por el delito de «administración fraudulenta» en la causa por la tragedia del tren de Once, luego que la Corte Suprema anuló una pena de 5 años y 8 meses que se le había impuesto en un juicio oral.
La defensa del ex funcionario logró así una reducción de casi dos años de condena, en relación a la impuesta originalmente por el choque de la formación del ex ferrocarril Sarmiento que causó la muerte de 51 pasajeros el 22 de febrero de 2012.
La decisión se tomó por mayoría luego de una audiencia de conocimiento realizada este miércoles por los jueces de la Sala III del máximo tribunal penal federal del país, Carlos Mahiques, Diego Barroetaveña y Gustavo Hornos, como anticipó Quórum el lunes último.
Casación resolvió condenar a De Vido como partícipe necesario de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, a la pena de cuatro años de prisión, inhabilitación especial perpetua, accesorias legales y costas.
Lo que importa
El máximo tribunal penal federal del país tomó esa decisión luego de un pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que dejó firme la condena pero hizo lugar a un recurso de la defensa del ex funcionario para que se revise el monto de la pena.
De Vido había sido condenado a cinco años y ocho meses de prisión en un juicio por el Tribunal Oral Federal 4 por el delito de administración fraudulenta a raíz de omitir el deber de controlar el uso de los subsidios que se daban a la ex concesionaria del tren Sarmiento, TBA.
Este veredicto se conoció el 10 de diciembre de 2018 y fue apelado hasta que llegó a la Corte. Es que el ex funcionario había sido condenado por administración fraudulenta pero absuelto por otro delito, estrago culposo, de relación directa a lo ocurrido el día del choque del tren. Ante esto su defensa planteó que la pena debía recalcularse porque se asemejaba a los años de prisión impuestos a quienes resultaron culpables por ambos delitos.
Voto del juez Carlos Mahiques
«La pena a imponer a De Vido, debe reflejar, entonces, la totalidad del injusto en las conductas desarrolladas, en particular, a la circunstancia del conocimiento que tenía respecto de la falta de mantenimiento del material rodante, la mala calidad del servicio prestado, y a su pertinacia en omitir o relativizar las innumerables advertencias dadas por la AGN y la CNRT, en donde solicitaban medidas urgentes para remediar la situación de deterioro e inseguridad que se constataba en las formaciones.»
«Debe considerarse como agravante de la pena a imponer, el carácter fundacional y constitutivo con el cual intervino en los hechos reprochados y la prolongada extensión de su gestión como Ministro, permitiendo y consolidando desde dicha posición, el evidente y comprobado deterioro del material rodante y, con ello, el daño causado al patrimonio estatal.»
Como atenuantes el magistrado consideró el estado de salud del ex funcionario evidenciado en la audiencia de conocimiento que se mantuvo hoy y su edad.
«Por lo expuesto, entiendo que corresponde hacer lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa particular, sin costas, casar el punto dispositivo II. de la sentencia impugnada y condenar a Julio Miguel De Vido como partícipe necesario de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, a la pena de cuatro (4) años de prisión, inhabilitación especial perpetua, accesorias legales y costas.»
El juez Barroetaveña adhirió a este voto.
Voto del juez Gustavo M. Hornos
«El imputado De Vido en contradicción con aquellas funciones que le eran inherentes a su función –esto es: el fiscalizar, controlar y aplicar las penalidades correspondientes– y a sabiendas de las numerosas, graves y persistentes deficiencias del servicio, incumplió groseramente sus obligaciones, consintió la operatoria que se desarrollaba».
«Permitió que se renovara la maniobra con el otorgamiento de nuevos emprendimientos, y que se continuara una y otra vez premiando con fondos estatales a la concesionaria».
«Todo lo cual llevó a que esta asociación entre el parasitario concesionario y la alevosa desidia de los funcionarios estatales generara un resultado devastador que, aunque no pueda ser jurídicamente vinculado a De Vido en el plano del estrago, sí debe ser considerado en la comprensión institucional de su conducta».
«La decisión jurisdiccional que ahora reclama el caso se encuentra bien acotada en sus límites a lo ordenado previamente por la Corte Suprema de Justicia de la Nación al anular el monto de pena impuesto anteriormente al causante».
«Sin embargo y dentro de esos parámetros, el art. 41 del Código Penal permitiría fijar una condenación mayor a la que ya ha quedado impuesta, atendiendo a las pautas que allí se establecen en relación a los fines de la pena, los cuales guardan correlato con los fines del Derecho Penal y estos, a su vez, con los del Derecho, que es uno solo; asegurar la vida en convivencia social en un contexto de paz y libertad».
Contexto
¿Qué argumentaron los abogados de De Vido?
La defensa de De Vido a cargo de los abogados Gabriel Palmeiro y Maximiliano Rusconi intentó que se deje sin efecto esta audiencia mientras se tramita un planteo de «excepción de falta de acción por prescripción de la acción penal» ante el Tribunal Oral Federal 4 que llevó adelante el juicio.
Sostuvo que el tratamiento de una cuestión de prescripción es de orden público, de previo y especial pronunciamiento, por lo que debía ser resuelta incluso antes del trámite de cualquier otra cuestión de fondo.
Casación rechazó el planteo y avanzó con la audiencia y ahora con su resolución en la causa..
La tragedia de Once fue uno de los accidentes ferroviarios más graves de la historia argentina. Ocurrió el 22 de febrero de 2012, cuando un tren de la línea Sarmiento, operado por la concesionaria TBA (Trenes de Buenos Aires), no logró frenar al llegar a la estación de Once, en la Ciudad de Buenos Aires. El impacto dejó 51 muertos y más de 700 heridos. Marcó un punto de quiebre en el debate sobre la corrupción y la crisis del transporte público en Argentina.
Por la tragedia del tren de Once sólo queda detenido por ahora el ex secretario de Transporte Ricardo Jaime, porque su condena a seis años de prisión quedó firme en la Corte Suprema en octubre de 2024.
