Casación Penal fijó el valor de las multas en casos de narcotráfico: qué cambia y por qué importa

En un fallo plenario, la Cámara Federal de Casación Penal estableció que las multas en delitos de narcotráfico se calcularán según el valor vigente al momento de la intimación al pago, buscando preservar su efectividad frente a la inflación.

Se trata de las multas que se imponen junto a la pena de prisión y con esa decisión el máximo tribunal penal federal del país fijó doctrina.

Lo que importa

En un fallo plenario, la Cámara Federal de Casación Penal determinó que las multas impuestas en casos de narcotráfico deben calcularse en base al valor del formulario de inscripción en el Registro Nacional de Precursores Químicos vigente al momento de la intimación al pago. Esta decisión busca evitar que la inflación erosione el efecto disuasorio de las sanciones económicas.

La decisión se tomó por mayoría integrada por los jueces Daniel Antonio Petrone (Presidente), Diego Barroetaveña, Guillermo Yacobucci, Mariano Borinsky, Javier Carbajo, Juan Carlos Gemignani y Gustavo Hornos.

De esta forma, el máximo tribunal penal federal del país dispuso como doctrina plenaria que el momento que define el valor del formulario de inscripción de operadores en el Registro Nacional de Precursores Químicos que debe tomarse como parámetro para determinar el importe nominal en pesos que representa la pena de multa impuesta en unidades fijas, según el art. 45 de la ley 23.737, es el de la intimación al pago.

Conforme esa doctrina, por ejemplo, para la tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, además de una pena de 4 a 15 años de prisión, se impondrá una pena de multa de 4.680.000 (cuatro millones seiscientos ochenta mil pesos) de mínimo a 93.600.000 (noventa y tres millones seiscientos mil pesos) de máximo.

El criterio general adoptado por el máximo tribunal penal federal resulta obligatorio para todos los jueces que lo conforman, así como también para los juzgados, Tribunales Orales y Cámaras Federales del país.

Los magistrados que integraron la mayoría, en lo sustancial, sostuvieron que a fin de mantener actualizado el valor de la multa en el tiempo, el monto a tomar debía ser actualizado hasta el momento de su intimación al pago, postura sostenida por el fiscal general ante la Cámara Federal de Casación Penal, Raúl Pleé.

Los magistrados destacaron que la Cámara Federal de Casación Penal tiene el deber institucional de establecer un criterio de interpretación general a seguir que brinde certeza y claridad en tiempo útil al justiciable y a todos los tribunales subordinados a ella.

Además, el fallo imprimirá mayor celeridad a los procesos por narcotráfico, al establecer una doctrina obligatoria que los tribunales deberán aplicar en estos casos.

La reunión del Pleno del máximo tribunal penal federal del país se originó en un recurso formulado por el Ministerio Público Fiscal contra una decisión de la Sala II de la Cámara.

Contexto

La Ley 23.737 establece penas de prisión y multas en unidades fijas para delitos relacionados con estupefacientes. La Ley 27.302 actualizó el valor de estas unidades, equiparándolas al costo del formulario de inscripción en el Registro Nacional de Precursores Químicos. Sin embargo, existían discrepancias sobre el momento en que debía fijarse este valor: al momento del hecho, de la sentencia o de la intimación al pago.

El fallo plenario N° 17 de la Cámara Federal de Casación Penal, con mayoría de siete jueces, resolvió que el valor aplicable es el vigente al momento de la intimación al pago. Esta postura, también sostenida por el fiscal Pleé, busca mantener la eficacia de las multas frente a la depreciación monetaria.

Se trata del segundo fallo plenario dictado este año, el primero fue Tobar Coca sobre beneficios en el régimen de ejecución de la pena en delitos vinculados al narcotráfico.

Cómo sigue

A partir de este fallo, todos los tribunales federales del país deberán aplicar este criterio al imponer multas en casos de narcotráfico.

Esta unificación de criterios busca brindar certeza jurídica y acelerar los procesos judiciales, al establecer una doctrina obligatoria para todos los tribunales subordinados a la Cámara Federal de Casación Penal.

La decisión tiene especial trascendencia pública por la materia que aborda y vuelve a reafirmar la función de la Cámara Federal de Casación Penal como unificadora de jurisprudencia para brindar seguridad jurídica y garantizar paridad de criterios ante casos análogos.

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