Un fallo dictado de oficio, sin pedido de parte, encendió el debate sobre los límites de la actuación judicial y la vigencia de la norma que protege la remuneración de abogados y procuradores.
La Comisión de Disciplina del Consejo de la Magistratura de la Nación celebró este miércoles una nueva reunión ordinaria para avanzar en el análisis de denuncias y expedientes en trámite. La sesión estuvo presidida por el consejero César Grau y contó con la presencia de la secretaria de la Comisión, Laura González.
En la apertura, la Secretaría dio lectura a las medidas de prueba solicitadas por los integrantes del cuerpo, orientadas a profundizar las investigaciones en curso. Luego se abordó un extenso temario que incluyó denuncias, proyectos de dictamen y propuestas de desestimación. Las resoluciones serán remitidas al Plenario para su tratamiento final.
El caso que generó tensión
Uno de los puntos que concentró mayor atención fue el pedido de citación al juez Carlos Goggi, quien deberá explicar su reiterada decisión de declarar, de oficio, la inconstitucionalidad de la Ley de Honorarios Profesionales N° 27.423. Según señalaron desde la Comisión, estos pronunciamientos contradicen resoluciones previas de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y afectan el marco legal vigente en materia de remuneración letrada.
El expediente que originó el debate fue iniciado por la consejera Jimena de la Torre, a instancias de una presentación del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF) manifestando su preocupación frente al accionar del juez. El tema fue incluido en el temario por Grau, quien consideró que era pertinente citar al magistrado en el marco del artículo 11.
El consejero Alberto Lugones pidió la postergación por considerar que los jueces pueden plantear la inconstitucionalidad de las normas, aún sin pedido de partes.
De la Torre defendió la necesidad de garantizar la aplicación de la ley y la dignidad del trabajo profesional:
“Defender la correcta aplicación de la ley, el respeto por la abogacía y la dignidad del trabajo letrado es esencial para fortalecer el sistema de justicia. Seguiremos trabajando para garantizar que los honorarios profesionales sean protegidos y valorados como corresponde”.
En su intervención, advirtió que el problema central no radica en el contenido del fallo, sino en que fue dictado sin que ninguna de las partes lo solicitara:
“No hubo petición de parte y ahí está el problema. Sin que nadie impulsara nada, el juez decidió declarar de oficio una inconstitucionalidad que ninguna parte había alegado. Y cuando se tocan los honorarios de los abogados, vamos a reaccionar como cualquiera si le tocan el sueldo. Hay una ley que debe respetarse. Si a él no le gusta que los abogados cobremos honorarios, es un problema suyo; a mí tampoco me gustan los sueldos altos de los jueces y no por eso digo nada”.
Las posturas en la comisión fueron divididas, pese a que el consejero Alberto Maques también consideró oportuno citar a Goggi. La votación fue de cinco votos a favor (Grau, Hugo Galderise, Inés Pilatti Vergara, Mariano Recalde y Eduardo Vischi), cuatro negativos (Lugones, Diego Barroetaveña, Agustina Díaz Cordero y Luis Juez) y una abstención de la consejera Alejandra Provítola.
El fallo que desató la controversia
El caso más representativo de la postura del magistrado es el dictado el 16 de mayo de 2025 en la causa “González, Hernando Ariel c/ Riva, Ricardo Hernán s/ cumplimiento de contrato”. Allí, Goggi declaró inconstitucional la Ley 27.423 para el caso concreto, fundamentando su decisión en dos ejes centrales:
- Desproporcionada desigualdad y afectación al derecho de propiedad: señaló la coexistencia de parámetros diferentes para regular honorarios de abogados y peritos, lo que -a su criterio- genera una inequidad que vulnera el derecho a la justa retribución.
- Crítica a la Unidad de Medida Arancelaria (UMA): cuestionó que su valor esté atado al salario de un juez federal de primera instancia, considerando que esta base de cálculo es “aleatoria” y “notoriamente inequitativa” en contextos de alta inflación y juicios prolongados.
Esta línea argumental supone un control de constitucionalidad que no se limita a aspectos formales, sino que evalúa la “justicia” de la norma, algo que -para sus críticos- invade competencias propias del Poder Legislativo.
Choque de criterios con la Cámara y la Corte
La postura de Goggi se enfrenta abiertamente con la doctrina de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, que ha revocado fallos similares y aplica de forma sistemática la ley y el valor de la UMA. En algunos casos, incluso la ha extendido por analogía a situaciones no contempladas expresamente.
Por su parte, la Corte Suprema de Justicia de la Nación no se pronunció sobre la constitucionalidad integral de la ley, aunque en precedentes como “Kechiyan” y “Establecimiento Las Marías” estableció que el nuevo régimen no puede aplicarse retroactivamente a trabajos realizados bajo la ley anterior, para evitar vulnerar el derecho de propiedad.
La visión de la abogacía organizada
Los colegios profesionales comparten críticas técnicas a la ley, pero no reclaman su nulidad. El CPACF y la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA) han enfocado sus reclamos en mejorar su aplicación.
Entre sus logros, consiguieron que la Corte Suprema dispusiera la actualización automática de la UMA cada vez que se incrementen los salarios judiciales (Acordada N° 30/23). También han cuestionado la falta de incentivos a la conciliación y las demoras en la actualización arancelaria, pero siempre dentro de una estrategia institucional, sin acudir a la declaración de inconstitucionalidad.
Próximos pasos
De ser aprobada por el plenario, la citación al juez Goggi podría concretarse en las próximas semanas y promete abrir un nuevo capítulo en el debate sobre la independencia judicial, los límites de la actuación de oficio y la vigencia de un régimen que, para gran parte del foro, es una herramienta clave para proteger la dignidad de la profesión.
