El máximo tribunal penal declaró inadmisible un planteo de la UIF y avaló que el Tribunal Oral Federal 4 avance con el proceso de ejecución tras quedar firmes las condenas por lavado de activos.
Con las condenas ya firmes, la causa conocida como la “ruta del dinero K” entró en su etapa final. Es que la Cámara Federal de Casación Penal habilitó el avance del proceso de ejecución de los decomisos impuestos a los empresarios Lázaro Báez y a su hijo Martín, por un monto superior a los 50 millones de dólares.
La decisión fue adoptada por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos, que declaró inadmisible el recurso extraordinario presentado por la Unidad de Información Financiera (UIF). Ese planteo había sido dirigido contra el rechazo de una queja vinculada a un decreto de la presidencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 4, que dispuso poner en marcha el proceso para ejecutar los decomisos ordenados por sentencia condenatoria firme.
De esta manera, el máximo tribunal penal del país avaló el criterio del tribunal oral, que sostuvo que la ejecución de la sentencia debía continuar conforme a los procedimientos previstos en el artículo 23 del Código Penal y el artículo 522 del Código Procesal Penal de la Nación.

Lázaro y Martín Báez habían sido condenados por el Tribunal Oral Federal N° 4 el 26 de abril de 2021. Esa decisión fue revisada y confirmada por la Cámara Federal de Casación Penal el 28 de febrero de 2023 y, recientemente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena por lavado de activos, lo que habilitó el inicio de la etapa de ejecución.
El planteo de la UIF cuestionaba el destino de los fondos decomisados y, según los argumentos de sus letrados, impactaba en la política de Estado contra el crimen organizado. La unidad sostuvo que la asignación de los fondos a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en lugar de a la propia UIF, contravenía el mecanismo de autofinanciamiento y la autonomía operativa del organismo, en los términos de los artículos 5° y 27 de la Ley 25.246.
Con el rechazo del recurso extraordinario, la ejecución de los decomisos seguirá su curso en el tribunal oral, en uno de los tramos finales de una de las causas más emblemáticas por lavado de dinero tramitadas en la Justicia federal.
