La judicialización del poder: Estados Unidos y el caso venezolano

A lo largo de más de una década, la crisis venezolana fue desplazándose del terreno diplomático al judicial. Sanciones, litigios civiles, acusaciones penales y decisiones de tribunales extranjeros configuraron un proceso de intervención jurídica progresiva que culminó con el enjuiciamiento de un Jefe de Estado y plantea interrogantes estructurales sobre soberanía, inmunidad y jurisdicción extraterritorial.

Por más de una década, la relación entre Estados Unidos y Venezuela dejó de dirimirse en la diplomacia clásica para trasladarse, de manera creciente, a los tribunales. Sanciones administrativas, causas penales federales, litigios civiles por activos soberanos y, finalmente, una operación militar con fundamento judicial conformaron un itinerario inédito en el derecho internacional contemporáneo. La captura y el enjuiciamiento de Nicolás Maduro en enero de 2026 cristalizó ese recorrido: la transformación de una crisis política en un caso judicial sistémico, sostenido por la expansión de la jurisdicción extraterritorial estadounidense.

Este proceso no fue lineal ni improvisado. Se apoyó en instrumentos legislativos del Congreso, órdenes ejecutivas de emergencia nacional, decisiones del Departamento del Tesoro a través de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), acusaciones del Departamento de Justicia en distritos estratégicos como Nueva York y Florida, y sentencias civiles que permitieron avanzar sobre activos estatales venezolanos en el exterior. A continuación, una reconstrucción cronológica -y jurídica- de esa intervención.

Los cimientos: sanciones individuales y “emergencia nacional” (2014–2016)

La primera fase se caracterizó por la creación de un andamiaje legal que habilitó la acción del Ejecutivo estadounidense sin recurrir a una declaración de guerra. El foco estuvo puesto en individuos señalados por violaciones a los derechos humanos y corrupción.

La ley de 2014 y la responsabilidad personal

En diciembre de 2014, el Congreso aprobó la Ley de Defensa de los Derechos Humanos y la Sociedad Civil de Venezuela, que otorgó mandato expreso para sancionar a funcionarios responsables de la represión de protestas. La novedad jurídica fue la extensión de las consecuencias a familiares directos, reforzando la noción de responsabilidad personal en el ejercicio del poder público.

La Orden Ejecutiva 13692

El punto de inflexión llegó el 9 de marzo de 2015, cuando Barack Obama firmó la Orden Ejecutiva 13692, declarando a Venezuela una “amenaza inusual y extraordinaria” para la seguridad nacional de Estados Unidos. La fórmula, lejos de ser retórica, activó la Ley de Poderes Económicos en Casos de Emergencia Internacional (IEEPA) y permitió el congelamiento de activos y la prohibición de transacciones financieras.

Washington sancionó a altos mandos del aparato de seguridad venezolano y a funcionarios judiciales, mientras Caracas respondió con ascensos y reacomodamientos internos. Para la Casa Blanca, esas decisiones confirmaban el “desacato institucional” y justificaban una ampliación futura de las medidas.

De los individuos a los sectores: la asfixia financiera (2017–2018)

Con la llegada de Donald Trump a la Casa Blanca, la estrategia se endureció. Las sanciones dejaron de ser selectivas para abarcar sectores completos de la economía venezolana.

La deuda soberana y PDVSA

La Orden Ejecutiva 13808 (agosto de 2017) prohibió transacciones sobre nueva deuda del Estado venezolano y de PDVSA, impidiendo el refinanciamiento y acelerando el default. Además, bloqueó el giro de dividendos desde Citgo Petroleum Corporation hacia Caracas, iniciando la desconexión operativa entre la petrolera y su activo más valioso en el exterior.

Corrupción transnacional en los tribunales penales

En paralelo, el Departamento de Justicia impulsó causas por lavado de dinero contra exfuncionarios venezolanos. El caso de Alejandro Andrade, ex tesorero nacional, sentenciado en 2018 tras admitir sobornos millonarios, sentó un precedente clave: los tribunales estadounidenses podían confiscar bienes derivados de la corrupción pública venezolana aun cuando los delitos se hubieran gestado fuera de su territorio.

2019: dos presidentes, una sola voz judicial

El reconocimiento de Juan Guaidó como “presidente interino” abrió una etapa sin precedentes. Bajo la doctrina de “una sola voz”, los tribunales estadounidenses se alinearon con la posición del Ejecutivo y reconocieron únicamente a los representantes designados por la Asamblea Nacional de 2015.

PDVSA bajo sanción total

La Orden Ejecutiva 13850 bloqueó todos los activos de PDVSA en jurisdicción estadounidense, pero autorizó a la junta ad hoc de Guaidó a operar filiales como Citgo. De hecho, se produjo una paradoja jurídica: el gobierno de Maduro conservaba el control territorial, pero carecía de legitimación para litigar por los activos en cortes extranjeras.

El embargo petrolero

En abril de 2019 se prohibió la importación de crudo venezolano y se sancionó a terceros que utilizaran el sistema financiero estadounidense para comerciar con PDVSA. La economía venezolana sufrió un impacto inmediato, mientras los acreedores iniciaban acciones para ejecutar activos “protegidos” por sanciones pero disponibles en la práctica.

El giro penal: narcoterrorismo y recompensas (2020)

El 26 de marzo de 2020, el Departamento de Justicia acusó formalmente a Nicolás Maduro y a otros altos funcionarios por narcoterrorismo en el Distrito Sur de Nueva York. La imputación describió al llamado “Cártel de los Soles” como una organización criminal transnacional asociada con las FARC.

La oferta de recompensas millonarias por la captura de los acusados reforzó la lógica penal: Venezuela dejaba de ser tratada como un Estado soberano tradicional para ser presentada como una estructura crimina

El caso Alex Saab: inmunidad diplomática en disputa (2020–2023)

La detención y extradición de Alex Saab puso a prueba los límites de la inmunidad diplomática. Cabo Verde ignoró fallos de la CEDEAO y medidas cautelares de la ONU, y autorizó la extradición a Florida.

El caso se resolvió de manera política: en diciembre de 2023, el presidente Joe Biden otorgó un perdón presidencial como parte de un canje de prisioneros, cerrando un expediente que había tensionado al máximo el derecho diplomático clásico.

Activos soberanos en la mira: oro y Citgo (2020–2025)

El oro en Londres

Las reservas del Banco Central de Venezuela depositadas en el Banco de Inglaterra quedaron atrapadas en la doctrina de reconocimiento: mientras Londres no reconociera a Maduro, ningún órgano venezolano podía disponer del oro.

Citgo y los bonos 2020

En Delaware, la justicia consideró a PDVSA “alter ego” del Estado venezolano, habilitando a los acreedores a ejecutar sus activos. En 2025, una jueza de Nueva York validó los bonos PDVSA 2020, permitiendo avanzar sobre la garantía del 50,1 % de Citgo. Para entonces, la deuda superaba ampliamente el valor de mercado de la empresa.

De la judicialización a la fuerza: 2025–2026

El segundo mandato de Trump llevó la lógica judicial a su extremo. La designación del Tren de Aragua como organización terrorista extranjera y la invocación del derecho a la legítima defensa bajo el artículo 51 de la Carta de la ONU sirvieron de base para operaciones militares en el Caribe.

La captura de Maduro

El 3 de enero de 2026, fuerzas especiales estadounidenses capturaron a Nicolás Maduro en Caracas y lo trasladaron a Nueva York. El Departamento de Justicia presentó una acusación sustitutiva y anunció la incautación de activos por cientos de millones de dólares. El episodio evocó el precedente de Manuel Noriega y reavivó el debate sobre la doctrina Ker-Frisbie, que mantiene la jurisdicción judicial aun cuando la detención se haya producido de manera irregular.

Implicancias y precedentes

La judicialización de la crisis venezolana plantea interrogantes profundos:

  • Inmunidad soberana: ¿puede un jefe de Estado ser privado de ella por decisión unilateral de otro país?
  • Jurisdicción extraterritorial: ¿hasta dónde pueden extenderse las leyes domésticas frente a delitos transnacionales?
  • Diplomacia coercitiva: ¿se consolida un nuevo modelo de intervención basado en tribunales y sanciones?

La respuesta a estas preguntas se jugará, en buena medida, en el juicio de Nicolás Maduro en Nueva York. Allí no sólo se juzgará a un dirigente político, sino también la arquitectura jurídica que permitió convertir un conflicto geopolítico en un expediente judicial global.

Entre 2014 y 2026, Estados Unidos construyó un camino que fue de la sanción administrativa a la acusación penal y, finalmente, a la intervención armada con respaldo judicial. Ese itinerario marca un antes y un después en la relación entre soberanía estatal y justicia transnacional. Su legado -y sus riesgos- ya forman parte del derecho internacional del Siglo XXI.

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