Irá a juicio por publicar mensajes antisemitas y amenazar de muerte a Milei y a tres periodistas

Un jubilado que publicó en redes sociales imágenes del Presidente y de tres periodistas con un punto rojo sobre la frente -en alusión directa a un disparo- y acompañó esos posteos con expresiones antisemitas, utilizando fotografías de Gaza y del primer ministro israelí Benjamín Netanyahu, irá a juicio oral. La decisión se adoptó luego de que la Justicia le rechazara la suspensión del juicio a prueba que había solicitado.

Daniel Vera fue detenido el 2 de julio de 2025 en su casa de Resistencia por personal de la Sección de Relevamiento en Investigaciones Complejas, dependiente de la División de Delitos Tecnológicos Complejos de la Policía de la ciudad de Buenos Aires, por orden del juez federal Ariel Lijo, quien se basó sobre los elementos que se reunieron en tareas de “ciberprevención”.

Algunos días más tarde fue procesado por los presuntos delitos de “amenazas anónimas e incitación al odio”. La investigación se inició en febrero del año pasado a partir de la detección de publicaciones en Facebook vinculadas con el apoyo a la causa palestina. Bajo el usuario “Elpidio Sánchez”, Vera enlazó un video donde se veía a soldados israelíes detenidos fuera de su país por su presunta participación en los ataques contra Hamas, con la frase “como a ratas hay que eliminarlos y cazarlos”.

Bajo el mismo usuario, compartió imágenes del Presidente, del ex diputado José Luis Espert y de los periodistas Luis Majul, Jonatan Viale y Eduardo Feinmann con un punto rojo en la frente, como si estuvieran siendo apuntados por un francotirador. A fines del año pasado, el conductor de la primera mañana de radio Mitre fue aceptado como parte querellante en el expediente.

El pedido de la probation para no ir a juicio

Tras su detención y el procesamiento con prisión preventiva, el jubilado fue trasladado a la sede de la Policía Federal en Resistencia donde permaneció 10 días, hasta que la Sala Primera de la Cámara Federal le negó la excarcelación, pero aceptó concederle la prisión domiciliaria. Los camaristas Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi le prohibieron salir del país mientras durara el proceso.

Vera sigue con domiciliaria y pese a que su defensa niega que haya cometido delitos, se presentó ante el Tribunal Oral Federal en lo Criminal 3 para proponer una suspensión del juicio a prueba, vulgarmente conocido como “probation” y evitar el juicio. Ofreció realizar tareas comunitarias y pagar una multa económica, en la convicción de que las conductas que se le reprochan merecerían en cualquier caso penas en suspenso ya que no tiene antecedentes y las escalas penales involucradas son bajas.

Sin embargo la propuesta fue rechazada por el fiscal, quien sostuvo que “se encontraba sometida a estudio la incorporación de la agravante por discurso de odio y discriminación, por lo que resultaba necesaria la realización de un debate oral y público, además de una resolución judicial que determine si el imputado actuó en ejercicio de su libertad de expresión o si cometió los delitos enrostrados”.

También aludió “a la gravedad de los hechos investigados en esta causa… las publicaciones cuestionadas encuadran como antisemitismo” y agregó el interés del Ministerio Público en “la determinación judicial de que los hechos reprochados constituyen delitos y son
actos discriminatorios”. Señaló por último que “la suspensión de juicio a prueba no permitiría arribar a un pronunciamiento judicial sobre la naturaleza de los hechos” e indicó también que “debe ponderarse la trascendencia pública y el daño colectivo ocasionado”.

Pese a que la querella había anticipado que aceptaría una probation y que deseaba que la multa se destinara a una entidad benéfica, el Tribunal recordó que “la concesión de la suspensión del juicio no es automática”. En un escrito firmado por Fernando Machado Pelloni, se rechaza el planteo del acusado en estos términos: “Ahora bien, en consonancia con el análisis llevado a cabo por el acusador, la naturaleza de los hechos achacados a Vera, más allá de la decisión final, corresponde dilucidar la imputación del acusado ante la ley y la sociedad”.

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