Antes de la sanción de la modificación de la Ley en la Cámara de Diputados, la entidad porteña destacó la nueva redacción y su encuadre constitucional, aunque reclamó sostener estándares de protección y rigor científico.
En medio del acalorado debate por la modificación de la Ley de Glaciares, el Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires fijó posición con un pronunciamiento en el que valoró los cambios introducidos y puso el foco en su encuadre constitucional. El respaldo se conoció pocas horas antes que la Cámara de Diputados convirtiera en ley la reforma de la norma que regula la protección de los glaciares y el ambiente periglacial.
En un comunicado, la entidad sostuvo que el nuevo texto “realiza una adecuada armonización entre la protección ambiental de los glaciares y el respeto por el diseño federal de la Constitución Nacional”.
La reforma fue aprobada este miércoles 8 de abril en Diputados con 137 votos afirmativos, 111 negativos y 3 abstenciones, tras haber obtenido previamente media sanción del Senado. En la discusión, el oficialismo defendió la iniciativa como una herramienta para fortalecer el federalismo y compatibilizar desarrollo y ambiente, mientras que sectores de la oposición cuestionaron su constitucionalidad y advirtieron sobre un posible retroceso en la protección de los recursos naturales.
El Colegio destacó la modificación del artículo 1° de la Ley 26.639, que incorpora de manera expresa la necesidad de interpretar la protección ambiental en consonancia con los artículos 41 y 124 de la Constitución Nacional. Según el Colegio, este cambio no es menor, ya que reconoce tanto el derecho a un ambiente sano como el dominio originario de las provincias sobre sus recursos naturales.
En ese sentido, la entidad remarcó que la normativa vigente había sido cuestionada por restringir en los hechos las facultades provinciales, y consideró que la reforma “clarifica esta situación” al otorgar a cada jurisdicción un rol central en la identificación de glaciares y en la evaluación de las actividades que puedan afectarlos.
Otro de los puntos que resaltaron fue la incorporación del artículo 3° bis, que introduce el principio precautorio. Para el Colegio esta inclusión “constituye un acierto del proyecto de ley en tanto fortalece el estándar de protección ambiental”, al establecer que todos los glaciares incluidos en el inventario serán considerados protegidos hasta que estudios científicos determinen lo contrario.
El texto recordó el antecedente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en particular el caso “Barrick”, y destacó la necesidad de evitar conflictos entre Nación y provincias y privilegiar mecanismos de coordinación dentro del federalismo.
Al mismo tiempo, señalaron que el proyecto “otorga a las provincias el lugar que constitucionalmente les corresponde”, sin afectar —en principio— los niveles de protección ambiental, plantaeado que ese equilibrio resulta clave para garantizar seguridad jurídica.
Finalmente, el Colegio exhortó al Congreso a preservar los criterios de sustentabilidad, federalismo y rigurosidad científica durante la implementación de la norma, al considerarlos pilares de una política ambiental “robusta, equilibrada y respetuosa del orden constitucional argentino”.
