Condenan al Arzobispado de Mendoza y a dos monjes a pagar más de 18 millones de pesos por abusos en un monasterio

La reparación fue fijada por el Tribunal de Gestión Asociada Nº 1 a favor de un ex seminarista que denunció años de abuso sexual, sometimiento psicológico y manipulación espiritual en el monasterio Cristo Orante de Tupungato.

Cuando llegó al monasterio Cristo Orante de Tupungato tenía 17 años y la intención de convertirse en monje. Atraído por la vida religiosa, dejó atrás su entorno familiar para iniciar una formación que, según denunció años después, terminó convirtiéndose en una pesadilla marcada por los abusos sexuales, el sometimiento psicológico y una profunda manipulación espiritual.

Más de una década después de aquellos hechos, finalmente la Justicia civil de Mendoza le dio la razón y condenó al Arzobispado provincial y a los monjes Diego Roque Moreno y Oscar Portillo a pagar una indemnización de 18.592.000 pesos por los daños ocasionados.

La sentencia fue firmada el 4 de junio pasado por el juez Fernando Games, titular del Tribunal de Gestión Asociada Nº 1, quien consideró acreditado que el joven fue víctima de varios delitos durante los años que permaneció en el monasterio y que las secuelas de esa experiencia continúan afectándolo hasta la actualidad.

El monasterio Cristo Orante de Tupungato permanece cerrado desde enero de 2019 por decisión del Arzobispado de Mendoza.

La demanda civil avanzó en paralelo a la causa penal iniciada por la víctima contra Moreno y Portillo, a quienes acusó de haber cometido reiterados abusos sexuales entre los 2009 y 2015. Aunque ambos religiosos fueron sobreseídos en primera instancia, en marzo de este año la Suprema Corte de Mendoza anuló esa decisión y ordenó que vuelvan a ser juzgados.

En el expediente civil, el magistrado reconstruyó el vínculo que existía entre el denunciante y los religiosos dentro del monasterio y concluyó que no podía analizarse como una relación entre personas que actuaban en igualdad de condiciones. Por el contrario, entendió que existía una marcada asimetría de poder derivada de la autoridad espiritual que los monjes ejercían sobre el joven en el monasterio, que permanece cerrado desde enero de 2019.

Uno de los puntos centrales del fallo fue el rechazo a la postura defensiva que intentó presentar los hechos como relaciones consentidas. Para el juez, cualquier supuesto consentimiento estaba condicionado por el temor reverencial, la dependencia emocional y la manipulación de conciencia ejercida sobre quien buscaba convertirse en religioso.

La sentencia describe un escenario mucho más amplio que los episodios de abuso sexual denunciados. Para Games se acreditaron “hechos de violencia, maltrato, acoso sexual, sometimiento físico y psicológico, abuso sexual reiterado, reducción a servidumbre bajo el pretexto de ‘servir a Dios’”.

El fallo también hizo referencia a la privación de contacto con familiares directos y a la ausencia de controles efectivos sobre el proceso formativo que se desarrollaba dentro del monasterio. Para el juez, esa sucesión de episodios configuró una cadena de vejámenes que provocó daños de difícil reparación.

El Monasterio se encuentra en la zona de Gualtallary, en el Departamento de Tupungato, a unos 85 kilómetros de la Ciudad de Mendoza.

Las consecuencias quedaron reflejadas en distintas pericias psicológicas y psiquiátricas incorporadas a la causa. Los especialistas describieron secuelas compatibles con trastorno de estrés postraumático, ataques de pánico, sentimientos persistentes de culpa, alteraciones en la vida afectiva y una afectación significativa de su proyecto personal y religioso.

Ideas suicidas

La sentencia señala además que el joven atravesó episodios de llanto incontrolable, desmayos, ideación suicida y pesadillas recurrentes, mientras que actualmente continúa bajo tratamiento psiquiátrico y con medicación.

Al momento de cuantificar el daño, el juez consideró especialmente relevante que los hechos denunciados comenzaron cuando la víctima aún era menor de edad y se extendieron durante años. Esa situación, sostuvo, generó una dependencia que terminó convirtiéndolo en “un rehén de la situación”.

Games concluyó que las experiencias vividas en el Cristo Orante provocaron una “fractura en la personalidad” y fueron determinantes en el desarrollo de un cuadro de estrés postraumático.

El papel del Arzobispado

Otro de los aspectos destacados de la resolución fue la responsabilidad atribuida al Arzobispado de Mendoza. La defensa eclesiástica había sostenido que el monasterio funcionaba de manera autónoma y que no existía una relación de dependencia que justificara responsabilizar a la Iglesia por los hechos denunciados. Sin embargo, el magistrado rechazó ese planteo y concluyó que el Arzobispado ejercía facultades concretas de supervisión, control y disciplina sobre la institución religiosa y sus integrantes.

La sentencia también valoró que las propias actuaciones internas de la Iglesia demostraban que las autoridades habían tomado conocimiento de conductas impropias atribuidas a los religiosos, lo que terminó reforzando la responsabilidad institucional analizada en el expediente.

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