La consejera Jimena de la Torre propuso aplicarle una multa equivalente al 35% de su salario al juez civil Carlos Goggi por declarar de manera reiterada la inconstitucionalidad de la Ley de Honorarios Profesionales. El expediente reabre el debate sobre los límites de la independencia judicial.
Con la reanudación de la actividad del Consejo de la Magistratura tras la feria judicial, uno de los expedientes que promete generar discusión es el dictamen presentado por la consejera Jimena de la Torre para sancionar al juez nacional en lo Civil Carlos Goggi.
La propuesta plantea aplicarle una multa equivalente al 35% de sus haberes mensuales por considerar que incurrió en una conducta incompatible con los deberes de un magistrado al declarar, de manera reiterada y de oficio, la inconstitucionalidad de la Ley 27.423 de Honorarios Profesionales.
La propuesta presentada por de la Torre apunta a sancionar al titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 91 con una multa equivalente al 35% de sus haberes mensuales. La investigación, que se inició a partir de una presentación del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF), cuestiona al magistrado por declarar de manera reiterada y de oficio la inconstitucionalidad de la Ley 27.423 de Honorarios Profesionales.
Los argumentos para impulsar la multa
El dictamen detalla que Goggi incurrió en un patrón de actuación en el que dejó sin efecto el sistema de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) utilizando fundamentos idénticos para distintas causas. Al hacer esto, no acreditó un perjuicio constitucional concreto ni acató las múltiples revocaciones dictadas por las Salas I, K y E de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, las cuales contaron además con el respaldo del Ministerio Público Fiscal.
Para la consejera de la Torre, la conducta del juez excede una simple discrepancia interpretativa. “Los honorarios profesionales tienen carácter alimentario”, sostuvo, agregando que cuando un abogado es forzado a apelar sistemáticamente para lograr que se aplique la ley vigente, se afecta la seguridad jurídica, la previsibilidad y el normal funcionamiento del servicio de justicia. En sus palabras: “Esa independencia no puede transformarse en la facultad de desconocer reiteradamente una ley vigente”.

El descargo del magistrado
Durante su descargo ante el Consejo de la Magistratura, el juez Carlos Goggi defendió su actuación y negó haber incumplido las decisiones de la Cámara de Apelaciones.
“Sí, la Cámara ha revocado muchas de esas resoluciones”, reconoció durante la audiencia celebrada el 24 de junio. Sin embargo, afirmó que siempre acató esos pronunciamientos y que cumplió “escrupulosamente todas y cada una de ellas”.
El magistrado también explicó que el criterio que aplicó respondió a su intención de proteger a personas en situación de vulnerabilidad. Según sostuvo, la UMA genera una situación de desigualdad al garantizar la actualización permanente de los honorarios profesionales, mientras que otros créditos de naturaleza alimentaria -como determinadas indemnizaciones- no cuentan con un mecanismo equivalente de resguardo.
La tensión entre magistrados y abogados
El análisis de esta sanción en la Comisión de Disciplina (y su eventual elevación al Plenario) estará enmarcado por un fuerte lobby y choque de posturas institucionales.
Por un lado, diversas asociaciones y listas representativas de magistrados, como la Red Mujeres para la Justicia, han expresado su rechazo a la citación del juez Goggi. Para este sector, la embestida disciplinaria representa un grave avance sobre la independencia judicial y un intento de disciplinar el criterio jurisdiccional de los magistrados al interpretar la ley.
Como contrapartida, la abogacía organizada cerró filas a favor de la sanción. El CPACF, la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA) y la Asociación de Abogadas y Abogados de Buenos Aires (AABA) emitieron un contundente comunicado conjunto. Los abogados aclararon que no se busca censurar fallos ni evaluar el contenido jurisdiccional, sino sancionar “su reiterada conducta de insistir porfiadamente» en desconocer una norma cuando las instancias superiores ya han zanjado la cuestión pacíficamente”.
Los representantes de los abogados denunciaron que las prácticas del juez Goggi “perforan reiteradamente los mínimos legales previstos por la normativa arancelaria”, generando demoras, un dispendio jurisdiccional innecesario y mayores costos para quienes ejercen la profesión. Argumentan que, si bien el juez puede dejar a salvo su opinión personal en los fallos, tiene la obligación institucional de acatar lo resuelto por sus superiores.

El debate de fondo en el Consejo de la Magistratura
Al regreso de la feria judicial, el Consejo tendrá la difícil tarea de armonizar dos valores fundamentales del sistema republicano: garantizar que los jueces tengan plena libertad para interpretar las normas, y a la vez asegurar que no se vulneren la seguridad jurídica y la confianza ciudadana mediante conductas obstinadas que dilatan los procesos.
La resolución de este expediente sentará un precedente crucial. Se definirá si el apartamiento constante de una ley (especialmente la que regula el carácter alimentario de los honorarios de los abogados) es un derecho amparado por la independencia judicial o, como sostiene el dictamen, un patrón funcional incompatible con los deberes de un magistrado que merece ser sancionado conforme a la Ley 24.937.
