La Sala III de la Cámara Nacional de Casación resolvió dejar sin efecto el sobreseimiento dictado por la jueza de la instancia anterior, quien había apartado a la denunciante por carecer de abogados, y dispuso por mayoría que el intendente de Fernando Espinoza fuera a juicio oral “a la brevedad”, acusado exclusivamente por la querella, ya que el Ministerio Público se pronunció en su momento por la absolución del funcionario.
La causa comenzó a principios de mayo de 2021, cuando la flamante secretaria de Fernando Espinoza, Melody Rakauskas, denunció que el intendente de La Matanza fue a su departamento con la excusa de un asunto laboral y, una vez allí, intentó abusar sexualmente de ella, cosa que el funcionario siempre negó.
La mujer había sido apartada del expediente porque sus abogados habían ido renunciando sucesivamente. Ella, según el fallo al que tuvo acceso Quorum, le pidió a la jueza Inés Cantisani, del Tribunal Oral en lo Criminal 16, que le concediera un plazo mayor para tratar de conseguir un nuevo letrado que la representara.
No obstante, la magistrada consideró que el hecho de que Rakauskas no contara con un abogado, denotaba “desinterés” en el progreso de la causa y por eso decidió apartarla del expediente, en el que la fiscalía ya se había manifestado por la absolución de Espinoza y por ende, sobreseer al imputado.
Casación revoca por “arbitrariedad”
Los camaristas Alberto Huarte Petite y Horacio Días, dejaron sin efecto tanto el apartamiento de Rakauskas como el sobreseimiento del intendente matancero por “arbitrariedad”. Huarte Petite destacó que la ley no permite suponer un “desetimiento tácito” de la presunta víctima y subrayó que Rakauskas le informó a la magistrada que necesitaba más tiempo para conseguir un nuevo abogado, lo que demostraba su “persistente voluntad de continuar en el proceso”.
Días, por su parte, deploró el maltrato procesal de la jueza Cantisani, quien no obró “de modo razonable” al emplazar a la denunciante a que encontrara un nuevo abogado en sólo 72 horas, en una época cercana a las Fiestas de fin de año. La designación más tarde recaería en Ignacio Fernando Barrios, pero para entonces, Cantisani ya había desplazado a Rakauskas del expediente.
El tercer juez de la Sala, Pablo Jantus, votó en disidencia porque estimó que “no es aceptable la figura del querellante exclusivo” en casos como el de esta investigación, en la que la fiscalía ya optó por pedir el sobreseimiento. Por mayoría, el tribunal le ordenó al Tribunal Oral en lo Criminal 16, la instancia anterior, que “a la brevedad” arbitrara las medidas necesarias y fijara la fecha para la realización del juicio oral y público contra el intendente matancero.
