Martín Romeo presentó un escrito ante la Cámara Federal para intentar recuperar la condición de querellante que perdió junto con otros cinco inversores. El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi, quien investiga la presunta criptoestafa, había hecho lugar a un planteo de la defensa del imputado Mauricio Novelli al considerar que las pérdidas invocadas respondían a los riesgos propios del mercado de criptoactivos y que los perjuicios alegados no habían sido debidamente acreditados. Como consecuencia de esa decisión, la acusación quedó exclusivamente en manos del fiscal Eduardo Taiano.
Martín Romeo, patrocinado por su abogado Nicolás Ozsust, presentó un memorial ante la Sala I de la Cámara Federal, con el propósito de ser tenido nuevamente por parte querellante en la causa en la que el Juzgado Federal 8 a cargo de Marcelo Martínez de Giorgi investiga el presunto dolo en el derrumbe de la criptomoneda propiciada a través de un tuit del presidente Javier Milei el 14 de febrero del año pasado.
El tribunal había citado a los presuntos damnificados que apelaron su apartamiento como parte querellante para el próximo lunes, pero Romeo optó por argumentar por escrito las razones por las que entiende que los camaristas Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia deberían devolverle su status de querellante, para controlar la acción del fiscal, pedir pruebas y apelar sobreseimientos o archivos.
La información privilegiada
Martínez de Giorgi sostuvo que la caída de $LIBRA fue producto de la volatilidad normal de una “memecoin”, es decir un criptoactivo cuyo valor no está respaldado por una empresa o un producto, sino que depende casi enteramente de la especulación.
En su escrito, Ozsust desmiente que el derrumbe de $LIBRA haya sido producto de la volatilidad inherente a los mercados. El abogado asegura que se debió a un “rug pull” (literalmente “tirón de alfombra”), que es como se denomina a una maniobra en la que quienes controlan un token inflan artificialmente su valor y después retiran el dinero de golpe, dejando a los demás inversores con un activo que se desploma.

Para sostener que fue un rug pull planificado y no una pérdida de mercado, la querella afirma que 74 billeteras cripto, que atribuye a los imputados Mauricio Novelli y Manuel Terrones Godoy, operadas por bots, compraron $LIBRA masivamente 22 segundos antes de que el presidente Milei publicara el tuit que promocionó la moneda.
La lectura de Romeo, como inversor damnificado, es que esas billeteras sabían que el tuit venía y compraron antes de que subiera el precio. El tuit, según esta visión, generó el “FOMO” (sigla en inglés de “fear of missing out”, el miedo a quedar fuera de una suba, que empuja a comprar en masa) y fue con ese precio ya inflado por la compra masiva del público que los imputados habrían retirado los 44,5 millones de dólares.
En el mismo párrafo el escrito menciona una supuesta “infiltración” de la Comisión Nacional de Valores (CNV) a través de una persona identificada como Sergio Morales, quien daba cursos de blockchain en la CNV y había sido socio de Terrones Godoy, como parte de lo que llama “tráfico de influencias”.
¿Los inversores realmente fueron damnificados?
Martínez de Giorgi al momento de negarle su condición de querellante señaló que Martín Romeo solo aportó “links” y afirmaciones sobre la tenencia de sus claves privadas para probar que las billeteras cripto eran suyas, y que eso era insuficiente para demostrar que esos activos virtuales le pertenecían.
Pero el memorial argumenta ante los camaristas federales de la Sala I que Romeo no aportó sólo links, sino actas notariales fechadas el 6 de marzo del año pasado, en las que una escribana certificó personalmente que él era el titular y tenía el control de dos billeteras cripto: una en la plataforma Phantom y otra en Lemon (ambas son exchanges donde se guardan y operan criptomonedas).
La escribana constató de manera presencial el desbloqueo del celular de Romeo, el acceso a esas billeteras, y las operaciones de compra y venta de $LIBRA. Además, Ozsust incluye en el memorial una captura de pantalla certificada por esa escribana donde figuran el nombre, apellido y número de documento de su cliente asociados a la cuenta.

También se agrega un certificado de la plataforma Lemon de esa misma fecha, donde consta que Romeo es cliente y que su cuenta está habilitada para recibir criptomonedas en la red Solana, la blockchain sobre la que estaba construida $LIBRA.
Con esos dos elementos, actas notariales y certificado de Lemon, el presunto damnificado sostiene que la afirmación del juez de que “sólo hubo links” ignora prueba documental que sí estaba incorporada en el expediente, y por eso pide que se declare arbitraria esa parte de la resolución.
La trazabilidad y el origen de los fondos
El juez sostuvo que la tecnología blockchain sólo permite ver transferencias entre direcciones “pseudoanónimas”, es decir identificadas por códigos alfanuméricos, no por nombres, sin datos que identifiquen a sus titulares, por lo que no alcanzaría para probar quién es el dueño de qué.
El escrito ironiza acerca de que eso es lo mismo que decirle a alguien a quien le robaron la billetera en la calle que no puede denunciar porque no tiene el ticket de compra de esa billetera, o porque no existe un “registro nacional de carteras”. Sostiene que el derecho procesal penal no exige pruebas imposibles de conseguir para que alguien sea considerado víctima en esta etapa temprana de la instrucción.
También se lee en el memorial que la blockchain, lejos de ser un obstáculo, en realidad aporta una trazabilidad matemática, pública y exacta de cada transacción y que en este caso ese “pseudoanonimato” ya fue superado, porque las actas notariales conectaron esas billeteras con la identidad real de Romeo.
Con respecto a la exigencia de probar el origen de los fondos invertidos en $LIBRA, Romeo dice que en ningún artículo del Código Procesal Penal se le exige a la víctima de un delito contra la propiedad, por ejemplo, alguien a quien le roban el auto o le desvalijan la casa, que muestre su declaración jurada de impuestos o rinda cuentas del origen de su patrimonio antes de poder denunciar. De mantenerse ese criterio, de acuerdo con el escrito, se estaría garantizando la impunidad para los fraudes con criptoactivos en el país, por imponer un estándar de prueba imposible de cumplir.
La condición de querellante ya no podía modificarse
Según Ozsust, la Cámara Federal ya se había expedido antes en esta misma causa reconociendo que Romeo y los demás querellantes tenían legitimación para actuar como parte, es decir que ya habían sido aceptados como querellantes en una decisión previa y firme. Por lo tanto, según este agravio, el juez de primera instancia no tendría facultades para volver a discutir esa cuestión, porque eso violaría la “cosa juzgada”.
En ese pronunciamiento la Cámara, había dejado abierta la posibilidad de que, si aparecían nuevos elementos a partir de diligencias futuras (investigaciones, pericias, pruebas), se pudiera revisar lo decidido, pero de acuerdo con el punto de vista del inversor, el juez malinterpretó esa salvedad: esa revisión únicamente estaba disponible para el caso de que surgiera prueba nueva que demostrara que los querellantes no habían sido perjudicados, o que la prueba que habían aportado era falsa, pero eso no ocurrió.

No hay ninguna diligencia, pericia o prueba nueva que contradiga el perjuicio patrimonial de Romeo o la veracidad de las actas notariales. Al contrario, el escrito destaca que informes de la UFECI (Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia) y de la PFA (Policía Federal Argentina) confirmaron la trazabilidad del vaciamiento de fondos. Por eso concluye que el juez usó esa salvedad de manera indebida para reabrir una cuestión ya cerrada.
La decisión de la Cámara
Una vez que los camaristas hayan analizado el escrito de Romeo y, el lunes próximo, los informes de los abogados que representan a otros inversores que también aseguran haber sido víctimas de una maniobra dolosa que los dañó patrimonialmente a partir del derrumbe de la cripto, estarán en condiciones de decidir si deben o no recuperar su condición de querellantes en la causa.
