El juez concluyó que no existió engaño ni perjuicio económico para los donantes y cerró definitivamente la causa iniciada por una denuncia de la Inspección General de Justicia. La investigación se había originado por la captación de aportes para la denominada Fundación Chocobar.
Cinco años después de la denuncia que dio origen al expediente, la Justicia Nacional en lo Criminal y Correccional cerró definitivamente la investigación contra Luis Chocobar y otras tres personas vinculadas a la denominada Fundación Chocobar, al considerar que no existió una maniobra de estafa ni un perjuicio económico para quienes realizaron aportes.
La decisión fue adoptada por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 42, que dictó el sobreseimiento de Luis Chocobar, Fernando Oscar Soto, Luis Jorge Cevasco y Ricardo Daniel Galeano en la causa iniciada a partir de una denuncia promovida por la Inspección General de Justicia (IGJ).
El fallo fue firmado el 11 de septiembre y notificado este martes. En la resolución, el magistrado dispuso el sobreseimiento en los términos del artículo 336 inciso 3° del Código Procesal Penal y dejó expresamente establecido que la formación del proceso “no afecta el buen nombre y honor” de los imputados.
Una causa nacida al calor del caso Chocobar
La investigación tenía como telón de fondo una de las causas penales más conocidas de los últimos años.
Chocobar, entonces agente de la Policía Local de Avellaneda, adquirió notoriedad pública tras intervenir en diciembre de 2017 en un episodio ocurrido en el barrio de La Boca, cuando persiguió y disparó contra uno de los delincuentes que había apuñalado a un turista estadounidense durante un robo. El caso generó un intenso debate político y judicial sobre el uso de la fuerza por parte de las fuerzas de seguridad y convirtió al policía en una figura de alcance nacional.
Años después, en medio de ese nivel de exposición pública y luego de distintas campañas de apoyo impulsadas por simpatizantes, surgió la iniciativa de crear una fundación destinada a brindar asistencia a policías involucrados en procesos judiciales o atravesados por situaciones similares.
Fue precisamente esa iniciativa la que terminó bajo investigación.
Según la denuncia, la denominada “Fundación Chocobar” habría captado donaciones del público presentándose como una entidad formalmente constituida cuando aún no contaba con inscripción registral. La acusación sostenía que esa circunstancia podía haber inducido a error a quienes realizaron aportes económicos.
Qué investigó la Justicia
Durante la instrucción se analizaron cuentas bancarias, movimientos de Mercado Pago, documentación vinculada al proceso de constitución de la fundación y declaraciones de donantes.
La empresa Mercado Pago informó que la cuenta investigada recibió 32 donaciones por un total de $69.100 entre junio y septiembre de 2021 y que, al momento de responder el requerimiento judicial, no registraba movimientos de salida ni transferencias posteriores. Según el informe incorporado al expediente, los fondos permanecían disponibles en la cuenta y no existían evidencias de que alguno de los imputados hubiera retirado o utilizado ese dinero en beneficio propio.
La investigación también incluyó la declaración de 25 donantes. De acuerdo con el fallo, todos manifestaron haber colaborado por solidaridad con Chocobar y no por la situación registral de la entidad. Además, 24 de ellos afirmaron expresamente no sentirse perjudicados económicamente.
Otro de los puntos analizados fue la existencia de gestiones reales para constituir la fundación. El expediente reunió testimonios de abogados que participaron de consultas para inscribir la entidad y acreditó que el trámite continuó activo ante la IGJ. También se verificó la existencia de publicaciones ofreciendo reintegrar los aportes a quienes así lo solicitaran.
Los argumentos del sobreseimiento
Al resolver el caso, el juez analizó los elementos que exige el delito de estafa: la existencia de un engaño idóneo, un error provocado en la víctima, un acto de disposición patrimonial y un perjuicio económico efectivo.
La resolución concluyó que ninguno de esos extremos pudo acreditarse.
Por un lado, sostuvo que los impulsores del proyecto actuaron públicamente, utilizando sus nombres reales y exponiendo su participación en la iniciativa, una conducta que el fallo consideró incompatible con una maniobra fraudulenta.
Por otro, entendió que las declaraciones testimoniales demostraron que los aportes fueron realizados por apoyo personal a Chocobar y no porque los donantes hubieran creído que la fundación ya estaba formalmente constituida.
El tribunal también destacó que no se comprobó un perjuicio patrimonial concreto, ya que los fondos permanecían disponibles y la gran mayoría de los aportantes aseguró no sentirse damnificada.
Finalmente, la resolución señaló que el ordenamiento jurídico admite la existencia de fundaciones y asociaciones en formación y que la búsqueda de aportes para constituir el patrimonio inicial puede formar parte de ese proceso, siempre que no exista una finalidad defraudatoria.
Cierre definitivo
Tras considerar agotadas todas las medidas de prueba, el juzgado concluyó que no existían elementos para sostener la acusación y dispuso el sobreseimiento definitivo de todos los imputados.
Con esa decisión quedó cerrada una investigación que se había iniciado en 2021, en pleno auge de la figura pública de Chocobar, y que buscaba determinar si la creación de la fundación vinculada a su nombre había sido utilizada para engañar a quienes realizaron donaciones. Para la Justicia, después de cinco años de trámite, la respuesta fue negativa.
