El constitucionalista Alberto Garay cuestionó la iniciativa contra la Corte Suprema y sostuvo que el máximo tribunal se limitó a resolver la falta de legitimación del CECIM. “No se pronunció sobre el fondo”, explicó. La controversia reavivó además la batalla en el Congreso por el DNU 70.
El pedido de juicio político contra los tres integrantes de la Corte Suprema de Justicia por el reciente fallo vinculado a la Ley de Tierras sumó una fuerte respuesta desde el ámbito jurídico. El constitucionalista y ex presidente del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires Alberto Garay calificó la iniciativa como “un disparate sin pies ni cabeza” y advirtió que la controversia política se construyó alrededor de una decisión en la que, según explicó, el máximo tribunal no se pronunció sobre la cuestión de fondo.
El diputado nacional Juan Marino (Unión por la Patria) anunció la presentación de un pedido de juicio político contra Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, a quienes acusó de haber avalado la extranjerización del territorio.
Consultado sobre la iniciativa durante una entrevista en el programa Entrelazados, emitido por Radio Cultura, Garay sostuvo que resulta insólito pretender sancionar a los jueces por aplicar de manera rigurosa la jurisprudencia histórica del propio tribunal sobre legitimación activa.
Para el constitucionalista, el expediente es procesalmente “fácil” y buena parte de la controversia que se generó alrededor de la sentencia responde a motivaciones de índole estrictamente política.
Garay: la Corte no resolvió sobre la Ley de Tierras
El punto central de la explicación de Garay pasa por diferenciar aquello que efectivamente resolvió la Corte de la discusión política que se abrió después.
Según explicó, para que el Poder Judicial pueda intervenir en cualquier expediente se requiere la existencia de un “caso o controversia” concreto entre dos partes con intereses contrapuestos. Asimismo, la persona u organización que acude a la Justicia debe contar con “legitimación activa”, es decir, un interés particular, directo y reconocido por el ordenamiento jurídico que la autorice a litigar sobre esa materia.
En la causa analizada, la demanda había sido promovida por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) contra el artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, el cual derogó la Ley 26.737 de Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de Tierras Rurales.
No obstante, la Corte determinó que la entidad carecía de legitimación procesal para llevar adelante el reclamo. Garay remarcó que la defensa de la “soberanía nacional” invocada por los excombatientes constituye un atributo e interés inherente al propio Estado y no un derecho de incidencia colectiva que pueda ser representado por cualquier asociación de la sociedad civil.
En consonancia con este análisis, el máximo tribunal difundió un comunicado redactado en “lenguaje claro” para precisar el alcance estricto de su pronunciamiento.
En dicho texto, la Corte aclaró enfáticamente que no se pronunció sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la derogación de la Ley de Tierras, sino que se limitó a revocar la sentencia de la Cámara Federal de La Plata por razones formales. De este modo, el tribunal dejó la discusión de fondo plenamente abierta para eventuales reclamos planteados por partes que efectivamente acrediten legitimación activa.
Cómo llegó la discusión hasta la Corte
El conflicto judicial se remonta a diciembre de 2023, momento en que el Poder Ejecutivo dictó el DNU 70/2023. La derogación del régimen de tierras rurales generó una inmediata reacción del CECIM, que presentó una acción de amparo alegando que la medida generaría un “daño irreparable al pueblo argentino” al fomentar el latifundio y la extranjerización de tierras en zonas estratégicas.
A partir de allí se desencadenó un complejo recorrido por los tribunales federales de La Plata:
- Durante la feria judicial de enero de 2024, el juez federal Ernesto Krepak dictó una medida cautelar que frenó los efectos del DNU y repuso temporalmente la Ley de Tierras.
- Al finalizar el receso, el juez Alberto Recondo asumió el juzgado, dejó sin efecto la cautelar y rechazó la demanda tras constatar la falta de legitimación del CECIM.
- Posteriormente, la Sala III de la Cámara Federal de La Plata revocó el fallo de Recondo, admitió la demanda como proceso colectivo y declaró la inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/2023.
- Ante esta resolución, el Estado Nacional interpuso un recurso extraordinario que elevó la discusión al máximo tribunal del país.
Al resolver el recurso, la Corte Suprema dejó sin efecto la decisión de la Cámara de La Plata al advertir que admitir la intervención judicial sin un “caso o controversia” violaría los límites impuestos por el artículo 116 de la Constitución Nacional y afectaría el principio de división de poderes.
El fallo aclaró que la soberanía territorial forma parte de los elementos constitutivos del Estado y no constituye un “bien colectivo” apropiable por asociaciones privadas. Asimismo, el tribunal incluyó una severa advertencia a los jueces inferiores para que se apeguen a la jurisprudencia consolidada en materia de legitimación.
Cabe destacar que la normativa derogada por el DNU 70 -la Ley 26.737- establecía un límite máximo del 15% a la propiedad de tierras rurales en manos de extranjeros a nivel nacional, provincial y municipal, además de fijar un tope de 1.000 hectáreas por titular en la denominada zona núcleo agrícola del país.
La otra crítica de Garay: los DNU ómnibus
En su paso por Radio Cultura, Alberto Garay también analizó los problemas normativos y constitucionales que derivan de la utilización de decretos de necesidad y urgencia que abarcan más de un centenar de materias heterogéneas.
El constitucionalista advirtió que incluir modificaciones sobre alquileres, régimen de tierras, desregulación económica y empresas públicas en un solo paquete genera una grave inestabilidad e incertidumbre jurídica.
Para contextualizar el debate, Garay repasó antecedentes históricos de la técnica legislativa:
- Antigua Roma: En el siglo I a.C. y II d.C. se prohibió expresamente la sanción de legibus saturae o leyes con múltiples contenidos inconexos.
- Reino Unido: Durante el siglo XVII se vetó la inclusión de temáticas heterogéneas en un mismo texto legal.
- Estados Unidos: Más de 40 estados de la Unión contemplan cláusulas constitucionales que exigen que cada ley trate sobre un único objeto o materia.
Garay fundamentó que estas prohibiciones históricas buscan evitar “extorsiones legislativas” y dispersiones en la atención de los legisladores al momento de votar.

Respecto al marco legal argentino, el jurista cuestionó la Ley 26.122 -sancionada durante la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner-, la cual regula el trámite de los DNU. Explicó que esta norma exige que ambas cámaras del Congreso voten el rechazo para invalidar un decreto y no fija plazos de caducidad, permitiendo que medidas controversiales se mantengan vigentes de manera indefinida.
Asimismo, Garay señaló una paradoja procesal: si un tribunal declara la inconstitucionalidad de un DNU ante el reclamo de un particular afectado, la ley actual no permite la invalidación parcial de la norma, por lo que una sentencia definitiva podría voltear el decreto en su totalidad con consecuencias administrativas imprevistas.
Del juicio político a la marcha frente a Tribunales
La ofensiva contra la Corte no quedó limitada al Congreso. En paralelo a la vía parlamentaria, diversas organizaciones políticas y sindicales -entre las que se encuentran el Frente de Izquierda, Unión por la Patria y las dos centrales obreras CTA- convocaron a una marcha frente al Palacio de Tribunales para repudiar el fallo judicial.
La reacción se produce pese a que el propio máximo tribunal enfatizó que su decisión fue estrictamente procesal y que no ingresó en la discusión sobre la constitucionalidad de la derogación de la Ley de Tierras.
La pelea por la Ley de Tierras llega a Diputados
En el plano legislativo, el fallo aceleró las negociaciones entre los bloques opositores para asestar un golpe definitivo al megadecreto presidencial. Distintas bancadas oficializaron la convocatoria a una sesión especial en la Cámara de Diputados para el jueves 15 de octubre, fecha que coincidirá con la realización de la Marcha Federal Universitaria.
La solicitud de sesión cuenta con las firmas de representantes de Unión por la Patria, el Frente de Izquierda, la Coalición Cívica, Encuentro Federal, sectores de Provincias Unidas y los monobloques de Natalia de la Sota y Marcela Pagano. Para alcanzar el quórum de 129 diputados, la oposición busca sumar cerca de 20 votos clave que responden a gobernadores provinciales, muchos de los cuales integraron la comitiva oficial junto al presidente Javier Milei en París durante la Argentina Week.
Cabe recordar que el DNU 70/2023 ya fue rechazado por el Senado el 14 de marzo de 2024, por lo que un eventual voto en contra en la Cámara baja significaría su derogación definitiva y la caída de las desregulaciones en materia de alquileres, comercio, salud prepaga, aviación y tierras.
Frente a este escenario, conviven distintas posturas dentro del arco opositor y el propio oficialismo:
- Derogación integral: La diputada Myriam Bregman (Frente de Izquierda) impulsó el tratamiento del decreto completo en el recinto para obligar a cada legislador a fijar posición. En similar sentido, el diputado Esteban Paulón (Provincias Unidas) afirmó que el rechazo del DNU permitiría restablecer la Ley de Tierras en un plazo de 15 días.
- Derogación parcial del artículo 154: Sectores del peronismo y bloques dialoguistas evalúan proyectos alternativos para anular únicamente la derogación de la Ley de Tierras, evitando voltear otras desregulaciones económicas como la derogación de la Ley de Alquileres.
- Estrategia parlamentaria de Pichetto: El diputado Miguel Ángel Pichetto propuso reintroducir los límites a la venta de campos a extranjeros dentro del proyecto de Ley de Defensa de la Soberanía Nacional que se debate en comisiones.
- Alternativa oficialista: Desde La Libertad Avanza analizan incorporar restricciones mínimas a la compra de tierras en la ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, ofreciendo una salida legislativa a los gobernadores aliados para no poner en riesgo la totalidad del DNU 70.
Los otros temas que entran en la negociación por el quorum
Para consolidar la masa crítica necesaria y garantizar el quórum en el recinto, los convocantes incluyeron en el temario otros dos proyectos de fuerte sensibilidad social.
Proyectos sobre sobreendeudamiento de consumidores
Durante el debate en comisiones, el oficialismo logró imponer el dictamen de mayoría al proponer un esquema centrado en la educación financiera y la transparencia de tasas, calificando el problema como un acuerdo entre privados sin topes de interés ni costo fiscal.
En contraste, la oposición acude dividida con dos propuestas alternativas:
- Peronismo, Coalición Cívica y Provincias Unidas: Proponen declarar la emergencia por 180 días y establecer un plan de refinanciación para deudas que no superen dos canastas básicas totales del INDEC, aplicando la tasa TAMAR más un 25% anual, en hasta 12 cuotas que no excedan el 30% de los ingresos del deudor.
- Argentina Federal (Misiones y Salta): Promueve la emergencia por un año con un tope a los intereses cobrados por entidades financieras fijado en 1,5 veces la tasa de plazo fijo a 30 días del Banco Central, además de crear un Programa Nacional de Desendeudamiento con una Tasa Nominal Anual fija de hasta el 35% y plazos mínimos de 24 meses.
Declaración de la Emergencia en Discapacidad
La discusión en materia de discapacidad cobró fuerte dinamismo tras las tensiones generadas por el proyecto de Presupuesto 2027 enviado por el Poder Ejecutivo, el cual contemplaba recortes en la partida del área. Tras intensas negociaciones con bloques aliados (UCR, PRO, Producción y Trabajo, MID y La Neuquinidad), La Libertad Avanza consensuó un texto que garantiza el nomenclador único de prestaciones actualizado por inflación y el uso del Certificado Único de Discapacidad (CUD) para acceder a pensiones, asegurando cerca de 127 votos.
Sin embargo, los sectores más duros de la oposición denuncian que la redacción propuesta por el oficialismo diferencia la invalidez laboral de la discapacidad con CUD, consolidando dos regímenes de pensiones con diferente cobertura de salud. Por este motivo, buscarán imponer la prórroga lisa y llana de la Ley de Emergencia vigente por el término de un año.
De este modo, una discusión que comenzó alrededor de la legitimación procesal del CECIM terminó escalando hasta un pedido de juicio político contra los tres integrantes de la Corte y reabriendo, en paralelo, la batalla parlamentaria por el futuro del DNU 70.
