La Justicia procesó a José Luis Espert por lavado de dinero, sin prisión preventiva, y le prohibió salir del país

El juez federal 2 de San Isidro, Lino Mirabelli, dictó el procesamiento del ex diputado como autor de lavado de activos, le prohibió la salida del país, deberá informar cualquier cambio en su domicilio y le impuso un embargo por mil millones de pesos. En el expediente se investigaba el cobro de 200 mil dólares que José Luis Espert había recibido del empresario Federico Machado, condenado por la justicia de Estados Unidos por fraude y lavado de activos.

Los procesamientos incluyen también a la empresa Varianza S.A., una firma registrada a nombre de José Luis Espert y su esposa y al contador del ex diputado libertario, Mariano Cosentino, como partícipe necesario del delito de lavado de dinero y los embargó, respectivamente, en 500 y 700 millones de pesos.

El fallo describe que en el año 2020 Espert recibió una transferencia de 200 mil dólares en su cuenta del Morgan Stanley de Miami, procedente de una firma controlada por “Fred” Machado y Debra Lynn Mercer-Erwin, investigados y condenados en los Estados Unidos por integrar una organización dedicada al lavado de dinero y el fraude electrónico. Machado admitió esos cargos a cambio de no ser condenado por narcotráfico.

La ruta del dinero

El juez federal 2 de San Isidro Lino Mirabelli reconstruye que esos dólares ingresados desde Miami en su cuenta del BBVA en Buenos Aires fueron parcialmente utilizados para la compra de vehículos, un fideicomiso en Costa Esmeralda, pero también menciona otro ingreso desde Estados Unidos, en junio de 2020, esta vez por 50 mil dólares, que fueron retirados en efectivo.

El juez desestimó en su resolución la justificación de los ingresos planteada por la defensa del economista, según la cual los 200.000 dólares correspondían al cobro de un anticipo de un contrato de consultoría por un millón de la moneda estadounidense, firmado en junio de 2019 con Machado, quien actuó en representación de la empresa minera guatemalteca Minas del Pueblo S.A.

Sin embargo, la Justicia determinó que los servicios pactados nunca se prestaron, no existieron y que el documento sirvió como una pantalla para disimular la llegada del dinero de la red de Machado.

Las pericias tecnológicas sobre las que se apoya en parte la decisión del juez federal de San Isidro, permitieron constatar que Espert les mintió a sus propios contadores iniciales sobre la naturaleza del acuerdo, afirmando que se trataba de un asesoramiento al Estado guatemalteco para reestructurar su deuda pública.

Con respecto de la sociedad Varianza S.A., constituida en diciembre de 2019 por Espert y su esposa, María Mercedes González, la resolución sostiene que se creó únicamente para simular la generación de ingresos lícitos mediante la facturación interna y el pago ficticio de sueldos.

Los descargos rechazados

En sus escritos defensistas, Espert solicitó el sobreseimiento asegurando que actuó de buena fe, que las operaciones se hicieron a su nombre de forma transparente y que conservó el dinero porque la frustración del contrato de respondió a un incumplimiento de la empresa contratante. Por su parte, el contador Cosentino alegó que su asesoramiento iniciado en 2021 fue meramente impositivo y dentro del marco técnico profesional, absolutamente ajeno a las maniobras investigadas.

No obstante, el juez Mirabelli rechazó estas explicaciones al analizar los mensajes y documentos hallados en los celulares de los acusados. El fallo destaca que, tras conocerse la detención de Fred Machado en abril de 2021, a raíz de un pedido de extradición de Estados Unidos, Espert, Cosentino y un abogado mantuvieron múltiples reuniones para evaluar diversas alternativas. Los tres terminaron acordando no declarar la transferencia ni la cuenta bancaria en las presentaciones juradas ante la autoridad fiscal ni en las declaraciones de bienes públicas, con la finalidad de mantener oculta la operación.

A partir de 2019 “Fred” Machado mantuvo un fuerte vínculo con el economista libertario, efectuando aportes para su campaña política, prestándole su avión privado en decenas de vuelo, su automóvil blindado y financiándole la publicación de un libro.

Por qué no hay prisión preventiva pero sí prohibición de salida

Al momento de definir la situación de Espert y Cosentino, el juez los procesó por lavado de activos pero sin prisión preventiva porque tuvo en cuenta que ambos se mantuvieron a derecho, se presentaron cada vez que fueron convocados, sin que hubieran aparecido indicios de fuga o entorpecimiento de la justicia.

La prohibición de salir del país es una medida de control que el magistrado puede imponer cuando, como en este caso, la pena en expectativa es superior a los ocho años de prisión. En cuanto a los embargos, quedan fijados preventivamente para asegurar el pago futuro de potenciales responsabilidades económicas.

En el tramo final de la resolución, Mirabelli remarcó la trascendencia de las maniobras investigadas, señalando el peligro que representa para el sistema democrático la eventual introducción de dinero de procedencia delictiva en el financiamiento de dirigentes o estructuras políticas.

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