Los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz rechazaron los recursos de los tres condenados, de la fiscalía y de la familia de la víctima. Las penas van de seis años y medio a siete años y seis meses de cárcel.
La noche del 19 de junio de 2020 en el Casino de Oficiales del Grupo de Artillería de Monte 3, los oficiales de mayor jerarquía obligaron a los recién egresados a tomar alcohol sin límite y a meterse en una pileta con temperaturas bajo cero.
Ezequiel Chirino, oriundo de Córdoba, terminó sin poder valerse por sí mismo. Cuando perdió el conocimiento, lo acostaron en el piso, sobre un colchón, sin abrigo ni calefacción. Las pericias establecieron que murió por “asfixia mecánica por broncoaspiración de contenido gástrico”, producto de una intoxicación alcohólica severa.
De homicidio a abandono de persona
La causa se inició como homicidio: así fueron los procesamientos y así lo pidieron la fiscalía y la querella, con pedidos de penas de hasta 21 años. El Tribunal Oral Federal de Corrientes, en noviembre de 2024, consideró en cambio que los hechos constituían abandono de persona en concurso con abuso de autoridad condenó a ocho años a seis militares y absolvió a otros tres.

La Cámara de Casación revisó el fallo en diciembre de 2025. Mantuvo las condenas pero redujo las penas de prisión: siete años y seis meses para Luis Facundo Acosta y Claudio Andrés Luna; siete años para Rubén Darío Ruiz y Hugo Reclus Martínez Tárraga; seis años y medio para Darío Emanuel Martínez y Exequiel Emanuel Aguilar. También revocó la absolución del subteniente Gerardo Sebastián Bautista, que recibió seis años y medio, y confirmó la de Franco Damián Grupico y Claudia Daniela Cayata.
El punto final de la Corte
El máximo tribunal rechazó las quejas de las defensas de Luna, Ruiz y Martínez y, también por inadmisibles, los recursos de la fiscalía y de la familia de Chirino, que buscaban volver a la figura de homicidio simple y anular las dos absoluciones.
